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Reglamento (CE) no 1597/2004 de la Comisión de 14 de septiembre de 2004 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

En vigorVersión 2004-09-14desde el 2004-09-15
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2004/1597@2004-09-14/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 14 de septiembre de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 15 de septiembre de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 14 de septiembre de 2004. Por la Comisión J. M. Silva Rodríguez Director General de Agricultura

ANNEX

ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 14 de septiembre de 2004, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg) Código NC Código país tercero Valor global de importación 07020000 052 66,6 999 66,6 07070005 052 106,2 999 106,2 07099070 052 87,3 999 87,3 08055010 382 67,7 388 51,5 524 47,5 528 53,0 999 54,9 08061010 052 86,2 220 130,6 400 169,8 624 144,8 999 132,9 08081020, 08081050, 08081090 388 62,5 400 99,3 508 75,4 512 100,3 528 86,4 800 159,0 804 90,5 999 96,2 08082050 052 104,7 388 71,5 999 88,1 08093010, 08093090 052 117,7 999 117,7 08094005 066 75,0 094 36,7 400 106,6 624 131,0 999 87,3

Versiones

  1. 2004-09-14