Reglamento (CE) no 1988/2004 de la Comisión de 18 de noviembre de 2004 por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1501/2004, relativo a la interrupción de la pesca de camarón boreal por parte de los buques que enarbolan pabellón de Suecia
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2004/1988@2004-11-18/es
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LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 2847/93 del Consejo, de 12 de octubre de 1993, por el que se establece un régimen de control aplicable a la política pesquera común, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 21,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) no 1501/2004 de la Comisión establece la interrupción de la pesca de camarón boreal en aguas noruegas al sur de 62o00’ N por parte de los buques que enarbolan pabellón de Suecia o están registrados en dicho país.
(2) Debido a una transferencia de posibilidades de pesca, Suecia vuelve a disponer de una cuota. Por consiguiente, debería autorizarse la pesca de camarón boreal en aguas noruegas al sur de 62o00’ N efectuada por buques que enarbolan pabellón de Suecia o están registrados en dicho país. Conviene, pues, derogar el Reglamento (CE) no 1501/2004 de la Comisión.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda derogado el Reglamento (CE) no 1501/2004 de la Comisión.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de octubre de 2004.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2004. Por la Comisión Jörgen Holmquist Director General de Pesca