Reglamento (CE) no 153/2005 de la Comisión de 28 de enero de 2005 por el que se fija el tipo definitivo de restitución y el porcentaje de expedición de certificados de exportación del sistema B en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, naranjas, limones, uvas de mesa y manzanas)
Calificación B
trasladado del marcado del editor. Una calificación indica cómo se obtuvo la estructura de un documento, no lo fiable que es la ley.
Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2005/153@2005-01-28/es
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas,
Visto el Reglamento (CE) no 1961/2001 de la Comisión, de 8 de octubre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 2200/96 del Consejo en lo que respecta a las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas, y, en particular, el apartado 7 de su artículo 6,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) no 1855/2004 de la Comisión fija las cantidades indicativas en relación con las cuales pueden expedirse certificados de exportación del sistema B.
(2) En relación con los certificados del sistema B solicitados entre el 16 de noviembre de 2004 y el 14 de enero de 2005 para los tomates, las naranjas, los limones, las uvas de mesa y las manzanas, resulta oportuno fijar el tipo definitivo de restitución al nivel del indicativo y determinar el porcentaje de expedición para las cantidades solicitadas.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los porcentajes de expedición y los tipos de restitución aplicables en relación con las solicitudes de certificados de exportación del sistema B presentadas de conformidad con el artículo 1 del Reglamento (CE) no 1855/2004 entre el 16 de noviembre de 2004 y el 14 de enero de 2005, quedan fijados en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 29 de enero de 2005.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 28 de enero de 2005. Por la Comisión J. M. Silva Rodríguez Director General de Agricultura y de Desarrollo Rural
ANNEX
ANEXO Porcentajes de expedición de las cantidades solicitadas y tipos de restitución aplicables en relación con los certificados del sistema B solicitados entre el 16 de noviembre de 2004 y el 14 de enero de 2005 (tomates, naranjas, limones, uvas de mesa y manzanas)
Producto Tipo de restitución (EUR/t neta) Porcentaje de expedición de las cantidades solicitadas Tomates 30 100 % Naranjas 24 100 % Limones 43 100 % Uvas de mesa 35 100 % Manzanas 28 100 %