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Reglamento (CE) no 1880/2005 de la Comisión de 17 de noviembre de 2005 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

En vigorVersión 2005-11-17desde el 2005-11-18
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Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 17 de noviembre de 2005, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de noviembre de 2005.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 17 de noviembre de 2005. Por la Comisión J. M. Silva Rodríguez Director General de Agricultura y Desarrollo Rural

ANNEX

ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 17 de noviembre de 2005, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg) Código NC Código país tercero Valor global de importación 07020000 052 56,5 096 36,8 204 37,6 999 43,6 07070005 052 134,2 204 30,3 999 82,3 07099070 052 109,2 204 71,8 999 90,5 08052010 204 74,1 388 85,5 999 79,8 08052030, 08052050, 08052070, 08052090 052 87,3 624 88,1 999 87,7 08055010 052 70,4 388 71,6 999 71,0 08061010 052 104,8 400 214,6 508 267,0 624 162,5 720 99,7 999 169,7 08081080 388 99,6 400 118,3 404 99,0 512 132,0 800 141,8 999 118,1 08082050 052 126,0 720 43,1 999 84,6

Versiones

  1. 2005-11-17