Decisión de la Comisión de 5 de abril de 2006 por la que se modifica la Decisión 2002/613/CE en lo que atañe a los centros de recogida de esperma de porcino autorizados de Canadá [notificada con el número C(2006) 1258] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2006/271/CE)
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2006/271@2006-04-05/es
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 90/429/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, por la que se fijan las normas de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma de animales de la especie porcina, y, en particular, su artículo 8, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2002/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2002, por la que se establecen las condiciones de importación de esperma de animales domésticos de la especie porcina, establece la lista de terceros países, incluido Canadá, desde los que los Estados miembros deben autorizar la importación de esperma de animales domésticos de la especie porcina.
(2) Canadá ha solicitado que se introduzca una modificación en la lista de centros de recogida de esperma autorizados en virtud de la Decisión 2002/613/CE en lo que se refiere a los centros de dicho país.
(3) Canadá ha aportado garantías sobre el cumplimiento de las normas aplicables de la Directiva 90/429/CEE, y los servicios veterinarios de dicho país han otorgado al nuevo centro que ha de añadirse a la lista la autorización oficial para exportar a la Comunidad.
(4) Así pues, la Decisión 2002/613/CE debe modificarse en consecuencia.
(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo V de la Decisión 2002/613/CE queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 10 de abril de 2006.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 5 de abril de 2006. Por la Comisión Markos Kyprianou Miembro de la Comisión
ANNEX
ANEXO
En el anexo V de la Decisión 2002/613/CE, se añade la siguiente línea a la lista de Canadá: CA 4-AI-29 CIA des Castors 317 Rang Ile aux Castors Ile Dupas Québec J0K 2P0