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Reglamento (CE) no 1495/2007 de la Comisión de 18 de diciembre de 2007 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

En vigorVersión 2007-12-18desde el 2007-12-19
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2007/1495@2007-12-18/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 18 de diciembre de 2007, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2) En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 19 de diciembre de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 2007. Por la Comisión Jean-Luc Demarty Director General de Agricultura y Desarrollo Rural

ANNEX

ANEXO del Reglamento de la Comisión, de 18 de diciembre de 2007, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg) Código NC Código país tercero Valor global de importación 07020000 MA 96,3 TN 157,6 TR 122,8 ZZ 125,6 07070005 JO 237,0 MA 57,0 TR 83,9 ZZ 126,0 07099070 MA 68,1 TR 81,5 ZZ 74,8 07099080 EG 359,4 ZZ 359,4 08051020 AR 24,3 MA 76,3 TR 78,8 ZA 40,6 ZW 19,3 ZZ 47,9 08052010 MA 74,1 ZZ 74,1 08052030, 08052050, 08052070, 08052090 HR 15,2 IL 66,8 TR 74,8 ZZ 52,3 08055010 EG 49,3 MA 119,9 TR 103,7 ZZ 91,0 08081080 CA 86,7 CN 106,6 MK 30,0 US 83,2 ZZ 76,6 08082050 AR 71,1 CN 68,6 US 121,4 ZZ 87,0

Versiones

  1. 2007-12-18