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Reglamento (CE) no 227/2009 de la Comisión de 19 de marzo de 2009 relativo a la expedición de certificados de importación para las solicitudes presentadas durante los siete primeros días del mes de marzo de 2009 en el marco del contingente arancelario de carne de aves de corral abierto por el Reglamento (CE) no 1385/2007

En vigorVersión 2009-03-19desde el 2009-03-20
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2009/227@2009-03-19/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM),

Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación, y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

Visto el Reglamento (CE) no 1385/2007 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 774/94 del Consejo en lo que respecta a la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios en el sector de la carne de aves de corral, y, en particular, su artículo 5, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1) Las solicitudes de certificados de importación presentadas con cargo a algunos contingentes durante los siete primeros días del mes de marzo de 2009 para el subperíodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2009 superan las cantidades disponibles. Por consiguiente, es preciso determinar en qué medida pueden expedirse los certificados de importación, mediante la fijación de un coeficiente de asignación que se aplicará a las cantidades solicitadas.

(2) Las solicitudes de certificados de importación presentadas con cargo a algunos contingentes durante los siete primeros días del mes de marzo de 2009 para el subperíodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2009 se refieren a cantidades inferiores a las disponibles. Procede, por lo tanto, determinar las cantidades por las que no se han presentado solicitudes y añadirlas a la cantidad fijada para el subperíodo siguiente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1. Se aplicarán los coeficientes de asignación que figuran en el anexo del presente Reglamento a las solicitudes de certificados de importación presentadas en virtud del Reglamento CE) no 1385/2007 para el subperíodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2009.

2. En el anexo se fijan también las cantidades por las que no se han presentado solicitudes de certificados de importación, que se añadirán a la cantidad fijada para el subperíodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2009.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 20 de marzo de 2009.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2009. Por la Comisión Jean-Luc Demarty Director General de Agricultura y Desarrollo Rural

ANNEX

ANEXO

No de grupo No de orden Coeficiente de asignación de las solicitudes de certificados de importación presentadas para el subperíodo comprendido entre el 1.4.2009-30.6.2009 (%) Cantidades no solicitadas que se añaden a la cantidad fijada para el subperíodo comprendido entre el 1.7.2009-30.9.2009 (kg) 1 09.4410 0,597613 — 2 09.4411 2550000 3 09.4412 0,633719 — 4 09.4420 1,033551 — 5 09.4421 6,135039 — 6 09.4422 1,160906 —

Versiones

  1. 2009-03-19