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Reglamento (CE) no 769/2009 de la Comisión de 24 de agosto de 2009 por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

En vigorVersión 2009-08-24desde el 2009-08-25
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2009/769@2009-08-24/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM),

Visto el Reglamento (CE) no 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) no 2200/96, (CE) no 2201/96 y (CE) no 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas, y, en particular, su artículo 138, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

El Reglamento (CE) no 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XV, parte A, de dicho Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) no 1580/2007.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 25 de agosto de 2009.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 24 de agosto de 2009. Por la Comisión Jean-Luc Demarty Director General de Agricultura y Desarrollo Rural

ANNEX

ANEXO Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg) Código NC Código país tercero Valor global de importación 07020000 MK 33,6 XS 27,8 ZZ 30,7 07070005 MK 33,2 TR 101,7 ZZ 67,5 07099070 TR 108,1 ZZ 108,1 08055010 AR 84,2 UY 79,3 ZA 88,3 ZZ 83,9 08061010 EG 174,8 IL 86,7 TR 110,7 ZA 151,7 ZZ 131,0 08081080 AR 111,5 BR 72,6 CL 81,1 NZ 83,2 US 95,4 UY 42,1 ZA 84,4 ZZ 81,5 08082050 AR 113,9 CN 60,3 TR 132,7 ZA 100,6 ZZ 101,9 080930 TR 134,5 ZZ 134,5 08094005 TR 90,9 ZZ 90,9

Versiones

  1. 2009-08-24