Reglamento (CE) no 896/2009 de la Comisión de 25 de septiembre de 2009 relativo a la autorización de un nuevo uso de Saccharomyces cerevisiae MUCL 39885 como aditivo para la alimentación de cerdas (titular de la autorización: Prosol S.p.A.) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2009/896@2009-09-25/es
Índice
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal, y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.
(2) Se presentó una solicitud de autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Dicha solicitud estaba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.
(3) La solicitud se refiere a la autorización de un nuevo uso del preparado de microorganismos de Saccharomyces cerevisiae MUCL 39885 como aditivo para la alimentación de cerdas, que debe ser clasificado en la categoría de aditivos zootécnicos.
(4) El uso del preparado de microorganismos de Saccharomyces cerevisiae MUCL 39885 fue autorizado sin límite de tiempo para los lechones destetados por el Reglamento (CE) no 1200/2005 de la Comisión, para los bovinos de engorde por el Reglamento (CE) no 492/2006 de la Comisión, y para las vacas lecheras por el Reglamento (CE) no 1520/2007 de la Comisión.
(5) Se presentaron nuevos datos en apoyo de una solicitud de autorización para las cerdas. En su dictamen de 3 de febrero de 2009, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo, la Autoridad) concluyó que Saccharomyces cerevisiae MUCL 39885 puede considerarse seguro para las especies objetivo, los consumidores y el medio ambiente en general. Según dicho dictamen, el preparado puede producir un efecto beneficioso considerable en el peso de las camadas y los lechones. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, dio el visto bueno al informe sobre el método de análisis de este aditivo para piensos presentado por el laboratorio comunitario de referencia que establece el Reglamento (CE) no 1831/2003.
(6) La evaluación de dicho preparado muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, debe autorizarse el uso de este preparado en las condiciones indicadas en el anexo del presente Reglamento.
(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de aditivos zootécnicos y al grupo funcional de estabilizadores de la flora intestinal, en las condiciones establecidas en el mismo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 2009. Por la Comisión Androulla Vassiliou Miembro de la Comisión
ANNEX
ANEXO
Número de identificación del aditivo Nombre del titular de la autorización Aditivo Composición, fórmula química, descripción y método analítico Especie o categoría de animales Edad máxima Contenido mínimo Contenido máximo Otras disposiciones Expiración del período de autorización UFC/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: estabilizadores de la flora intestinal 4b1710 Prosol S.p.A. Saccharomyces cerevisiae MUCL 39885 Cerdas — 6,4 × 109 — En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense la temperatura de conservación, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación. 19 de octubre de 2019
Composición del aditivo: Preparado de Saccharomyces cerevisiae MUCL 39885 con un contenido mínimo de: formas en polvo y granulada 1 × 109 UFC/g aditivo.
Caracterización de la sustancia activa:
Saccharomyces cerevisiae
MUCL 39885.
Método analítico:
Recuento: vertido en placa con un extracto de levadura-glucosa-cloramfenicol-agar.
Identificación: método de reacción en cadena de la polimerasa (RCP).