Decisión de la Comisión de 30 de octubre de 2013 por la que se modifica la Decisión 2007/742/CE al objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a las bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas [notificada con el número C(2013) 7154] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2013/633/UE)
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2013/633@2013-10-30/es
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE, y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),
Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2007/742/CE de la Comisión, expira el 31 de diciembre de 2013.
(2) Se ha llevado a cabo una evaluación de la pertinencia e idoneidad de los criterios ecológicos actuales, así como de los correspondientes requisitos de evaluación y verificación establecidos mediante esa Decisión. Teniendo en cuenta la fase del proceso de revisión de dicha Decisión, conviene prorrogar el período de vigencia de los criterios ecológicos y de los correspondientes requisitos de evaluación y verificación en ella establecidos. El período de vigencia de los criterios ecológicos y de los requisitos correspondientes de evaluación y verificación establecidos en la Decisión 2007/742/CE debe prorrogarse hasta el 31 de octubre de 2014.
(3) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2007/742/CE en consecuencia.
(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 16 del Reglamento (CE) no 66/2010.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 4 de la Decisión 2007/742/CE se sustituye por el texto siguiente:
Artículo 1
Artículo 4
Los criterios ecológicos correspondientes a la categoría de productos bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de octubre de 2014..
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 2013. Por la Comisión Janez Potočnik Miembro de la Comisión