Decisión de Ejecución de la Comisión de 31 de octubre de 2013 relativa a los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros para el período 2013-2020 de conformidad con la Decisión no 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2013/634/UE)
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2013/634@2013-10-31/es
Índice
- Preámbulo
- ANNEX
- ANEXO I Ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros correspondientes a cada año del período 2013-2020, calculadas aplicando los valores del potencial de calentamiento global del segundo informe de evaluación del IPCC
- ANEXO II Ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros correspondientes a cada año del período 2013-2020, calculados aplicando los valores del potencial de calentamiento global del cuarto informe de evaluación del IPCC
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Unión Europea,
Vista la Decisión no 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020, y, en particular, su artículo 10,
Considerando lo siguiente:
(1) Para aplicar el artículo 10 de la Decisión no 406/2009/CE, deben ajustarse las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros correspondientes al período 2013-2020, determinadas de conformidad con la Decisión 2013/162/UE de la Comisión, con arreglo a la cantidad de:
derechos de emisión que deben expedirse a las instalaciones que realizan actividades previstas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, incluidas en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión (RCDE UE) solo desde 2013,
derechos de emisión expedidos de conformidad con las decisiones de la Comisión por las que se aprueba la inclusión unilateral por parte de ciertos Estados miembros de actividades y gases adicionales en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión en virtud del artículo 24, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE entre 2008 y 2012, y
derechos de emisión correspondientes a las instalaciones excluidas del RCDE UE a partir de 2013 de conformidad con el artículo 27 de la Directiva 2003/87/CE, mientras dure la exclusión.
(2) En el cálculo del ajuste de la asignación anual de emisiones de cada Estado miembro, realizado por la Comisión mediante el factor lineal del 1,74 %, se han utilizado, en su caso, los datos presentados por los Estados miembros de conformidad con el artículo 9 bis, apartado 2, de la Directiva 2003/87/CE y que figuran en las Decisiones C(2011) 3798, C(2008) 7867, C(2009) 3032, C(2009) 9849 y C(2012) 497 de la Comisión, por las que se acepta la inclusión unilateral de gases de efecto invernadero y de actividades adicionales por parte de Italia, los Países Bajos, Austria, Letonia y el Reino Unido de conformidad con el artículo 24 de la Directiva 2003/87/CE, teniendo en cuenta la exclusión del RCDE UE de instalaciones de bajas emisiones por parte de Alemania, Reino Unido, Francia, España, Croacia, Eslovenia e Italia de conformidad con el artículo 27 de la Directiva 2003/87/CE.
(3) La cantidad pertinente para la aplicación del artículo 7 de la Decisión no 406/2009/CE debe calcularse como la diferencia entre las asignaciones anuales de emisiones establecidas en la Decisión 2013/162/UE y los ajustes previstos en la presente Decisión. Si la cifra resultante del ajuste fuera negativa, la cantidad pertinente debe calcularse añadiendo a las asignaciones anuales de emisiones establecidas en la Decisión 2013/162/UE los ajustes previstos en la presente Decisión.
(4) Para garantizar la coherencia entre la determinación de las asignaciones anuales de emisiones, los ajustes de estas y las emisiones de gases de efecto invernadero notificadas respecto a cada año, los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros deben calcularse asimismo mediante la aplicación de los valores del potencial de calentamiento global del cuarto informe de evaluación del Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático, adoptado mediante la Decisión 15/CP.17 de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones así calculados deben aplicarse a partir del primer año respecto al cual resulta obligatoria la notificación de los inventarios de gases de efecto invernadero establecidos mediante esos nuevos valores del potencial de calentamiento global, de conformidad con el artículo 7, apartado 6, letra b), del Reglamento (UE) no 525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
(5) Para velar por la aplicación oportuna de la Decisión no 406/2009/CE y garantizar la seguridad jurídica por lo que respecta a las asignaciones anuales de emisiones ajustadas de los Estados miembros y a la cantidad correspondiente para la aplicación del artículo 7 de la Decisión no 406/2009/CE, la presente Decisión debe entrar en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo I figuran los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de cada Estado miembro para cada año del período 2013-2020.
Artículo 2
Cuando un acto adoptado de conformidad con el artículo 7, apartado 6, letra b), del Reglamento (UE) no 525/2013 prevea que los Estados miembros notifiquen inventarios de gases de efecto invernadero determinados por medio de los valores del potencial de calentamiento global del cuarto informe de evaluación del IPCC, adoptado mediante la Decisión 15/CP.17 de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones previstas en el anexo II se aplicarán a partir del primer año respecto al cual resulta obligatoria la notificación de los inventarios de gases de efecto invernadero. El artículo 1 no se aplicará cuando se aplique el presente artículo.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 31 de octubre de 2013. Por la Comisión El Presidente José Manuel Barroso
ANNEX
ANEXO I Ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros correspondientes a cada año del período 2013-2020, calculadas aplicando los valores del potencial de calentamiento global del segundo informe de evaluación del IPCC
Estado miembro Ajustes de la asignación anual de emisiones (toneladas equivalentes de dióxido de carbono) 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 Bélgica 4048929 3974598 3900267 3825935 3751604 3677272 3602941 3528609 Bulgaria 1750024 1717896 1685769 1653641 1621514 1589387 1557259 1525132 República Checa 3000270 2945190 2890110 2835031 2779951 2724871 2669791 2614711 Dinamarca 0 0 0 0 0 0 0 0 Alemania 23249263 22822446 22395629 21968812 21541996 21115178 20688361 20261544 Estonia 0 0 0 0 0 0 0 0 Irlanda 334322 328184 322047 315909 309772 303634 297496 291359 Grecia 2057904 2020124 1982344 1944565 1906785 1869006 1831226 1793446 España 7980597 7834086 7687576 7541066 7394555 7248046 7101536 6955025 Francia 14867520 14594578 14321636 14048693 13775751 13502808 13229866 12956923 Croacia 1605875 1576394 1546913 1517431 1487951 1458469 1428988 1399507 Italia 9607019 9430650 9254282 9077913 8901544 8725175 8548807 8372440 Chipre 0 0 0 0 0 0 0 0 Letonia 19186 18834 18482 18130 17778 17426 17072 16720 Lituania 4297664 4218766 4139868 4060971 3982073 3903175 3824277 3745379 Luxemburgo 275161 270110 265058 260007 254955 249904 244852 239801 Hungría 413285 405698 398111 390524 382936 375349 367762 360175 Malta 0 0 0 0 0 0 0 0 Países Bajos 2176364 2136410 2096456 2056502 2016548 1976592 1936638 1896684 Austria 2026990 1989778 1952566 1915354 1878142 1840930 1803718 1766505 Polonia 11073941 10870642 10667343 10464045 10260746 10057447 9854148 9650850 Portugal 563543 553197 542852 532506 522160 511815 501469 491123 Rumanía 7501529 7363813 7226098 7088383 6950667 6812952 6675237 6537521 Eslovenia –46842 –45983 –45122 –44262 –43403 –42543 –41683 –40822 Eslovaquia 2181413 2141366 2101319 2061272 2021225 1981178 1941131 1901084 Finlandia 1769997 1737503 1705009 1672515 1640021 1607527 1575032 1542538 Suecia 1703979 1672697 1641415 1610133 1578851 1547568 1516286 1485004 Reino Unido 238691 234309 229926 225545 221163 216781 212398 208017
ANEXO II Ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros correspondientes a cada año del período 2013-2020, calculados aplicando los valores del potencial de calentamiento global del cuarto informe de evaluación del IPCC
Estado miembro Ajustes de la asignación anual de emisiones (toneladas equivalentes de dióxido de carbono) 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 Bélgica 3996502 3923133 3849764 3776395 3703026 3629657 3556288 3482919 Bulgaria 1728601 1696867 1665133 1633398 1601664 1569930 1538196 1506462 República Checa 2978152 2923478 2868804 2814130 2759457 2704783 2650109 2595435 Dinamarca 0 0 0 0 0 0 0 0 Alemania 23197461 22771595 22345729 21919863 21493997 21068131 20642265 20216399 Estonia 0 0 0 0 0 0 0 0 Irlanda 334322 328184 322047 315909 309772 303634 297496 291359 Grecia 2048785 2011173 1973560 1935948 1898336 1860724 1823111 1785499 España 7987731 7841090 7694448 7547807 7401166 7254525 7107884 6961243 Francia 14686466 14416848 14147230 13877611 13607993 13338373 13068755 12799136 Croacia 1582200 1553154 1524107 1495060 1466014 1436968 1407921 1378875 Italia 9607222 9430849 9254477 9078104 8901732 8725359 8548988 8372615 Chipre 0 0 0 0 0 0 0 0 Letonia 19186 18834 18482 18130 17778 17426 17072 16720 Lituania 4217333 4139910 4062487 3985064 3907641 3830218 3752795 3675371 Luxemburgo 275161 270110 265058 260007 254955 249904 244852 239801 Hungría 397287 389994 382700 375407 368113 360820 353526 346233 Malta 0 0 0 0 0 0 0 0 Países Bajos 2138730 2099466 2060203 2020939 1981676 1942413 1903149 1863886 Austria 2018185 1981135 1944084 1907034 1869984 1832933 1795883 1758832 Polonia 10936568 10735791 10535014 10334238 10133461 9932684 9731907 9531130 Portugal 563543 553197 542852 532506 522160 511815 501469 491123 Rumanía 7450508 7313730 7176951 7040172 6903394 6766615 6629836 6493057 Eslovenia –45241 –44411 –43580 –42749 –41919 –41089 –40258 –39427 Eslovaquia 1854320 1820278 1786236 1752194 1718151 1684109 1650067 1616025 Finlandia 1720524 1688938 1657352 1625766 1594180 1562594 1531009 1499423 Suecia 1701355 1670121 1638887 1607653 1576419 1545185 1513951 1482717 Reino Unido 238830 234446 230061 225676 221292 216908 212523 208138