Gelex

Decisión 2014/23/PESC del Consejo de 20 de enero de 2014 por la que se deroga la Decisión 2013/350/PESC por la que se modifica y se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para el proceso de paz en Oriente Medio

En vigorVersión 2014-01-20desde el 2014-01-01
Calificación B

trasladado del marcado del editor. Una calificación indica cómo se obtuvo la estructura de un documento, no lo fiable que es la ley.

Preguntar a Gelex sobre esta norma

Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2014/23@2014-01-20/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1 Derogación
    2. Artículo 2 Revisión
    3. Artículo 3 Entrada en vigor

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, su artículo 31, apartado 2, y su artículo 33,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 23 de enero de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/33/PESC por la que se nombra a D. Andreas REINICKE Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el proceso de paz en Oriente Próximo.

(2) El 2 de julio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/350/PESC por la que se prorroga el mandato del REUE hasta el 30 de junio de 2014 y se proporciona un importe de referencia financiera para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013.

(3) El 27 de noviembre de 2013, el Comité Político y de Seguridad reconoció la forma de proceder propuesta por la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, en el sentido de que el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) asumirá de momento las tareas del REUE. Por otra parte, quedarán garantizados la información periódica a los Estados miembros y los contactos a alto nivel.

(4) En consecuencia, procede derogar la Decisión 2013/350/PESC con efecto desde el 1 de enero de 2014.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1 Derogación

Queda derogada la Decisión 2013/350/PESC.

Artículo 2 Revisión

La futura representación de la Unión en relación con el proceso de paz de Oriente Medio se revisará antes de mayo de 2014.

Artículo 3 Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Será aplicable desde el 1 de enero de 2014.

Hecho en Bruselas, el 20 de enero de 2014. Por el Consejo La Presidenta C. Ashton

Versiones

  1. 2014-01-20