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Decisión de Ejecución (UE) 2015/315 de la Comisión de 25 de febrero de 2015 relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar de alta patogenicidad del subtipo H5N8 en Alemania [notificada con el número C(2015) 1004] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE)

En vigorVersión 2015-02-25desde el 2015-02-26
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2015/315@2015-02-25/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO
  4. PARTE A
  5. PARTE B

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior, y, en particular, su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior, y, en particular, su artículo 10, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1) La gripe aviar es una enfermedad vírica contagiosa de las aves, incluidas las aves de corral. En las aves de corral domésticas, la infección por los virus de la gripe aviar causa dos formas principales de esta enfermedad, que se distinguen por su virulencia. La forma de baja patogenicidad suele causar solamente síntomas leves, mientras que la forma de alta patogenicidad provoca tasas de mortalidad muy elevadas en la mayor parte de las especies de aves de corral. Esta enfermedad puede tener repercusiones graves en la rentabilidad de la cría de estas aves.

(2) La gripe aviar aparece principalmente en las aves, pero en algunas circunstancias también puede transmitirse a las personas, si bien el riesgo es generalmente muy bajo.

(3) En caso de brote de gripe aviar, existe el riesgo de que el agente de la enfermedad se propague a otras explotaciones en las que se críen aves de corral u otras aves cautivas. En consecuencia, puede propagarse de un Estado miembro a otros, así como a terceros países, a través del comercio de aves vivas o de sus productos.

(4) La Directiva 2005/94/CE del Consejo establece medidas preventivas relativas a la vigilancia y la detección temprana de esta enfermedad, así como las medidas mínimas de lucha que deben aplicarse en caso de brote de esta enfermedad en aves de corral u otras aves cautivas. Dicha Directiva dispone el establecimiento de zonas de protección y zonas de vigilancia en caso de brote de gripe aviar de alta patogenicidad.

(5) Alemania ha notificado a la Comisión dos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad del subtipo H5N8 en explotaciones no comerciales situadas en Mecklemburgo-Pomerania Occidental en las que se crían aves de corral, y ha adoptado inmediatamente las medidas exigidas de conformidad con la Directiva 2005/94/CE, incluido el establecimiento de zonas de protección y de vigilancia, que deben delimitarse en las partes A y B del anexo de la presente Decisión.

(6) La Comisión ha examinado dichas medidas en colaboración con Alemania y considera que los límites de las zonas de protección y de vigilancia establecidas por la autoridad competente de ese Estado miembro se encuentran a una distancia suficiente de las explotaciones en las que se han confirmado los brotes.

(7) Con objeto de prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio dentro de la Unión y evitar la imposición de obstáculos injustificados al comercio por parte de terceros países, es necesario describir rápidamente a nivel de la Unión las zonas de protección y de vigilancia establecidas en relación con la gripe aviar de alta patogenicidad en Alemania.

(8) Por consiguiente, deben delimitarse en la presente Decisión las zonas de protección y de vigilancia de Alemania en las que se aplican las medidas de control zoosanitario establecidas en la Directiva 2005/94/CE, y debe fijarse la duración de esta regionalización.

(9) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Alemania garantizará que las zonas de protección y de vigilancia establecidas de conformidad con el artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2005/94/CE abarquen, como mínimo, las zonas que figuran en las partes A y B del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2015. Por la Comisión Vytenis Andriukaitis Miembro de la Comisión

ANNEX

ANEXO

PARTE A

Zona de protección mencionada en el artículo 1: Código ISO del país Estado miembro Código (si existe) Nombre Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 29 de la Directiva 2005/94/CE DE Alemania Código postal Zona que incluye: 16.2.2015 Mecklemburgo-Pomerania Occidental 17389 En la ciudad de Anklam: 17390 En el municipio de Murchin, la parte de Relzow

la zona urbana de Anklam

la parte de Gellendin

PARTE B

Zona de vigilancia mencionada en el artículo 1: Código ISO del país Estado miembro Código (si existe) Nombre Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE DE Alemania Código postal Zona que incluye: 25.2.2015 Mecklemburgo-Pomerania Occidental 17389 En la ciudad de Anklam, las partes siguientes: 17390 En el municipio de Groß Polzin, las partes siguientes: 17390 En el municipio de Klein Bünzow, las partes siguientes: 17390 En el municipio de Murchin, las partes siguientes: 17390 En el municipio de Rubkow, las partes siguientes: 17390 En el municipio de Ziethen, las partes siguientes: 17391 En el municipio de Medow, la parte de Nerdin 17391 El municipio de Postlow 17391 En el municipio de Stolpe, las partes siguientes: 17392 El municipio de Blesewitz 17392 El municipio de Butzow 17392 En el municipio de Neuenkirchen, las partes siguientes: 17392 En el municipio de Sarnow, la parte de Panschow 17398 El municipio de Bargischow 17398 En el municipio de Bugewitz, las partes siguientes: 17398 En el municipio de Ducherow, la parte de Busow 17398 El municipio de Neu-Kosenow 17398 El municipio de Rossin 17406 En el municipio de Usedom, las partes siguientes: 17440 En el municipio de Buggenhagen, las partes siguientes:

Pelsin

Stretense

Groß Polzin

Klein Polzin

Konsages

Quilow

Groß Bünzow

Klein Bünzow

Klitschendorf

Ramitzow

Salchow

Johanneshof

Libnow

Murchin

Pinnow

Bömitz

Daugzin

Krenzow

Rubkow

Zarrentin

Jargelin

Menzlin

Ziethen

Neuhof

Stolpe an der Peene

Müggenburg

Neuenkirchen

Bugewitz

Kamp

Lucienhof

Rosenhagen

Kölpin

Zecherin

Klotzow

Wangelkow

Versiones

  1. 2015-02-25