Decisión (UE) 2016/288 de la Comisión de 27 de marzo de 2015 relativa al régimen de ayudas SA.34775 (13/C) (ex 12/NN) aplicado por el Reino Unido — Impuesto sobre los áridos [notificada con el número C(2015) 2141] (El texto en lengua inglesa es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2016/288@2015-03-27/es
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),
Tras haber emplazado a los interesados a que presenten sus observaciones, de conformidad con las citadas disposiciones, y teniendo en cuenta dichas observaciones,
Considerando lo siguiente: PROCEDIMIENTO
(1) Por carta de 20 de diciembre de 2001 (registrada el 28 de diciembre de 2001), las autoridades del Reino Unido (autoridades del Reino Unido) notificaron a la Comisión un régimen de ayudas denominado Introducción por etapas del impuesto sobre los áridos en Irlanda del Norte. En su notificación, las autoridades del Reino Unido informaron a la Comisión de que tenían previsto introducir un impuesto sobre los áridos con efecto a partir del 1 de abril de 2002. Este impuesto se introduciría en la Ley de Presupuestos de 2001, parte 2, artículos 16 a 49 y anexos 4 a 10. El régimen de ayudas (Introducción por etapas del impuesto sobre los áridos en Irlanda del Norte) se describió como la introducción del impuesto en varias etapas en Irlanda del Norte con el fin de preservar la competitividad internacional de las empresas de Irlanda del Norte que fabrican productos procesados, como hormigón y asfalto, a partir de áridos. Esta introducción por etapas del impuesto en Irlanda del Norte se introduciría en la Ley de Presupuestos de 2002.
(2) Además de la notificación, la Comisión recibió el 27 de septiembre de 2001 una denuncia de dos empresas que se dedican a la extracción y el tratamiento de áridos y, el 15 de abril de 2002, otra denuncia más, presentada por la British Aggregates Association (la BAA). Los denunciantes consideraban que la Ley de Presupuestos de 2001 suponía ayuda estatal para los productos y procesos exentos del impuesto sobre los áridos (el AGL) y consideraban también que las excepciones relativas a Irlanda del Norte constituían ayudas incompatibles con el mercado interior.
(3) Después de que el 21 de febrero de 2002 se presentara información adicional, el 24 de abril de 2002 la Comisión adoptó la Decisión de no formular objeciones respecto al AGL. La Comisión consideró que las diferentes exenciones previstas en la Ley de Presupuestos de 2001 estaban justificadas por la lógica del impuesto y que dicha Ley no suponía ayuda estatal. La Comisión consideró, además, que la introducción por etapas del AGL en Irlanda del Norte constituía ayuda que era compatible con el mercado interior.
(4) El 12 de julio de 2002, la BAA interpuso un recurso de anulación contra la Decisión de la Comisión de 24 de abril de 2002, registrado como asunto T-210/02. El 13 de septiembre de 2006, el Tribunal General desestimó el recurso en su totalidad. El 27 de noviembre de 2006, la BAA presentó un recurso contra la sentencia del Tribunal General. Mediante sentencia de 22 de diciembre de 2008 en el asunto C-487/06 P, el Tribunal de Justicia anuló la sentencia recurrida y devolvió el caso al Tribunal General.
(5) El 7 de marzo de 2012, en su sentencia sobre el asunto T-210/02 RENV, el Tribunal General anuló la Decisión de la Comisión mencionada en el considerando 3. El Tribunal General consideró que la Comisión no había demostrado que la diferenciación fiscal asociada a la exención estuviera justificada sobre la base del principio de imposición normal en que se apoyaba el AGL ni sobre la base del objetivo medioambiental del AGL. El Tribunal General constató, en particular, que la Comisión no había tenido en cuenta el principio de imposición normal para determinar el carácter selectivo de las eventuales ventajas generadas por el AGL. En este sentido, el Tribunal General señaló las incoherencias en la terminología utilizada por la Comisión en su Decisión, a saber, en lo que se refiere a los términos virgen, primario y secundario para designar los áridos, que no correspondían a los términos utilizados en la Ley de Presupuestos de 2001 con sus correspondientes modificaciones. Además, la Comisión no explicó en su Decisión por qué ciertos materiales exentos (utilizados como áridos, como los áridos de arcilla) no estaban en la misma situación de hecho y de Derecho que los materiales gravados.
(6) Tras la anulación de la Decisión de la Comisión de 24 de abril de 2002, se exigió a la Comisión que volviera a evaluar si las exenciones, exclusiones y deducciones fiscales previstas en la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, constituían ayuda estatal. La Comisión registró el expediente con una referencia NN, puesto que el AGL ha estado en vigor desde el 1 de abril de 2002. La cuestión de la compatibilidad de la introducción por etapas del AGL en Irlanda del Norte se ha examinado en el contexto de otro procedimiento [véase SA.18859 (11/C) — Reino Unido — Deducciones del impuesto sobre los áridos en Irlanda del Norte].
(7) Además de las observaciones realizadas y la información presentada durante el procedimiento ante los Tribunales de la Unión, el denunciante presentó más observaciones e información a la Comisión el 13 de junio de 2012 y el 26 de octubre de 2012. Esas observaciones fueron transmitidas al Reino Unido el 15 de mayo de 2013. El 27 de septiembre de 2012 y el 27 de mayo de 2013, las autoridades del Reino Unido facilitaron más información sobre el AGL.
(8) Por carta con fecha de 31 de julio de 2013, la Comisión informó al Reino Unido de que había decidido incoar el procedimiento previsto en el artículo108, apartado 2, del Tratado en relación con las exenciones fiscales, exclusiones fiscales y deducciones fiscales establecidas en el artículo 17, apartado 3, letra e), en el artículo 17, apartado 3, letra f), incisos i) y ii), en el artículo 17, apartado 4, letra a) (en la medida en que el material exento consiste en su totalidad en carbón, lignito, esquisto o pizarra destinados a su uso como áridos o si consiste principalmente en carbón, lignito, esquisto y pizarra), en el artículo 17, apartado 4, letra c), incisos i) y ii) (cuando consiste principalmente en desechos), en el artículo 17, apartado 4, letra f) (en lo que se refiere a la arcilla), en el artículo s 18, apartado 2, letra b) (si se refiere a un proceso exento que proporciona materiales usados como áridos) y en el artículo 30, apartado1, letra b) (si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo 18, apartado 2, letra b), para materiales utilizados como áridos), de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007. La Comisión no planteó objeción alguna a las exenciones fiscales, exclusiones fiscales y deducciones fiscales establecidas en los artículos 17, apartado 2, letra b), 17, apartado 2, letra c), 17, apartado 2, letra d), 17, apartado 3, letra b), 17, apartado 3, letra c), 17, apartado 3, letra d), 17, apartado 3, letra d bis), 17, apartado 4, letra d), y 17, apartado 4, letra e), en el artículo 17, apartado 4, letra a) (si el material exento consiste en su totalidad en carbón, lignito, esquisto o pizarra destinados a usos distintos al de áridos), en el artículo 17, apartado 4, letra c) (cuando se compone en su totalidad de residuos), en el artículo 17, apartado 4, letra f) (excepto arcilla), en el artículo 18, apartado 2, letra a), en el artículo 18, apartado 2, letra b) (si se refiere a materiales que no se usan como áridos), en el artículo 18, apartado 2, letra c), en el artículo 30, apartado 1, letra a), en el artículo 30, apartado 1, letra b) [si se refiere a procesos exentos a tenor del artículo 18, apartado2, letras a) y c)], en el artículo 30, apartado 1, letra b) (si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo 18, apartado 2, letras a) y c), el artículo 30, apartado 1, letra b),(si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo 18, apartado 2, letra b), (para materiales no utilizados como áridos) y en el artículo 30, apartado 1, letra c), de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, en razón de que no constituyen una ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
(9) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (la Decisión de incoación). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda.
(10) La Comisión recibió numerosas observaciones de dieciséis interesados entre el 20 de diciembre de 2013 y el 17 de enero de 2014, e información complementaria de un miembro de la British Aggregates Association el 10 de febrero de 2014 y de la British Aggregates Association el 5 de marzo de 2014. Estas se transmitieron el 27 de mayo de 2014 y el 13 de junio de 2014 al Reino Unido, al que se ofreció la posibilidad de responder. El Reino Unido presentó su respuesta por carta con fecha de 30 de junio de 2014. Además, presentó observaciones sobre la Decisión de incoación el 1 de octubre de 2013, el 31 de octubre de 2013 y el 28 de febrero de 2014.
(11) La Comisión solicitó más información al Reino Unido el 14 de julio de 2014, el 1 de septiembre de 2014, el 8 de septiembre de 2014 y el 28 de noviembre de 2014. El Reino Unido facilitó dicha información el 29 de agosto de 2014, el 9 de septiembre de 2014, el 18 de septiembre de 2014 y el 8 y 9 de diciembre de 2014.
(12) Tras una reunión tripartita el 15 de julio de 2014, la Comisión solicitó la presentación de más información de manera conjunta por el Reino Unido y la BAA el 18 de julio de 2014. Dicha información se presentó a la Comisión el 8 de septiembre de 2014. La BAA presentó información adicional en respuesta a las preguntas de la Comisión el 15 de septiembre de 2014. La información presentada se transmitió posteriormente el 17 de octubre de 2014 a las autoridades del Reino Unido, que respondieron el 12 de noviembre de 2014, el 14 de noviembre de 2014 y el 17 de noviembre de 2014.
(13) La Comisión solicitó información adicional a la BAA el 10 de julio de 2014 y el 16 de octubre de 2014. La BAA facilitó dicha información el 6 de noviembre de 2014 y el 21 de noviembre de 2014. La información fue transmitida a las autoridades del Reino Unido el 2 de diciembre de 2014 y estas respondieron el 18 de diciembre de 2014.
DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA MEDIDA CONCEPTO DE ÁRIDOS
(14) Los áridos se utilizan en el sector de la construcción. En general pueden describirse como el material granuloso o en partículas que debido a sus propiedades inertes físicas y químicas es apropiado para su utilización, como tal o añadiéndole cemento, cal o material bituminoso, en el sector de la construcción como hormigón, pavimentos de cantos rodados, asfalto o drenajes, o como material de relleno para la construcción. Los áridos pueden ser naturales, fabricados o reciclados. La Decisión de incoación describe en detalle el concepto de los áridos y el uso de los áridos en los considerandos 8 a 13.
(15) La definición de áridos está intrínsecamente ligada a los posibles usos en el sector de la construcción de determinados materiales granulosos o en partículas extraídos de canteras, como se explica más arriba, en el considerando 14, ya que esto es lo que principalmente distingue el concepto de áridos del concepto de minerales.
(16) Los áridos naturales son áridos que surgen naturalmente y que pueden utilizarse sin transformación industrial. Son la arena, la grava y la roca triturada y se extraen de canteras y graveras o mediante dragado marino.
(17) Los áridos reciclados se derivan del reprocesamiento de materiales previamente utilizados en la construcción, incluidos los residuos de obras y demoliciones.
(18) Los áridos manufacturados suelen ser áridos ligeros y de alta densidad manufacturados para fines especiales. Se producen después de la aplicación de un proceso industrial (generalmente, un proceso térmico). Algunos ejemplos son: áridos de escoria de alto horno, áridos de arcilla expandida, áridos de perlita expandida, áridos de cuentas de poliestireno expandido.
(19) Los materiales aptos para su uso como áridos también se pueden utilizar para fabricar otros productos. En ese sentido, la industria distingue entre los usos como áridos de la arena, la grava y la roca triturada, y los usos como materiales no áridos de la arena, la grava y la roca triturada. Los usos como materiales no áridos de la roca, la arena y la grava son, por ejemplo, la producción de cemento, vidrio y otros usos industriales o agrícolas.
ANTECEDENTES DEL AGL Y SU OBJETIVO
(20) Los áridos son un recurso natural limitado, en cuanto a los lugares de los que se puede extraer de manera aceptable. La explotación de canteras de áridos ocupa terrenos a medio y largo plazo y provoca daños en el medio ambiente y contaminación.
(21) Tras una serie de acciones encaminadas a solucionar los problemas medioambientales de la explotación de canteras de áridos que se describen en los considerandos 15 a 18 de la Decisión de incoación, en abril de 2002 se introdujo el AGL con el objetivo de fomentar un uso más eficiente de los áridos en el sector de la construcción con las medidas siguientes:
Inclusión en el precio de los áridos de algunos de los costes medioambientales de la extracción de áridos, como el ruido, el polvo, la intrusión visual y la pérdida de biodiversidad. En este sentido, el AGL debe fomentar la extracción eficiente de áridos y estimular la economía de uso y menos residuos en la obra.
Política de desviación de la demanda de áridos extraídos deliberadamente hacia alternativas como:
áridos reciclados,
residuos y subproductos de otros procesos, incluida la extracción de otros minerales (residuos de la extracción de arcilla y carbón, residuos de vidrio y neumáticos).
(22) En este sentido, las autoridades del Reino Unido han explicado con motivo de la Decisión de incoación que los áridos para usos en la construcción son un producto de valor relativamente bajo, especialmente en comparación con el coste total de los proyectos de construcción en los que se usan áridos. Los áridos pueden extraerse del suelo de manera relativamente fácil. Por lo tanto, sin otras señales de precios, como la que proporciona el AGL, no hay ningún incentivo concreto para utilizar los áridos de manera eficiente.
(23) Además, sin otras señales de precios, el reciclaje de los áridos no sería económicamente viable. Las autoridades del Reino Unido consideran que incentivar el uso de los áridos reciclados, aunque no sin sus propios costes medioambientales tales como la utilización de energía y la generación de ruido, es un aspecto importante de la reducción de los costes medioambientales asociados con la extracción de materiales del suelo (tales como el impacto en la biodiversidad a largo plazo). De hecho, el uso de materiales reciclados no requiere la alteración de nuevos terrenos o del fondo marino.
(24) Además de fomentar el uso de los áridos reciclados como alternativa a los materiales nuevos extraídos de canteras, la estructura del AGL también busca reducir la extracción de arena, grava y roca específicamente para su uso como áridos, incentivando el uso de otros materiales que de otro modo se descartarían. Los subproductos, desechos y residuos de otros procesos de extracción o de procesos industriales se consideran generalmente de menor calidad y especificación que los materiales extraídos y explotados específicamente para su uso como áridos. Pueden tener usos y aplicaciones algo distintos. Por ejemplo, debido a su menor densidad o tamaño desigual, pueden no resultar seguros para su uso en la construcción de algunas carreteras o en otras situaciones donde los áridos deben soportar altas presiones y desgaste. Sin embargo, los subproductos, desechos y residuos pueden constituir una alternativa viable a los áridos de la más alta calidad en muchas situaciones. Los subproductos, desechos y residuos de los procesos especificados en la Ley de Presupuestos de 2001 se descartarían sin la existencia del AGL. No obstante, como son un subproducto inevitable de una serie de procesos que proporcionan materiales importantes para el sector de la construcción (como tejas de pizarra) u otras industrias (como el feldespato para la industria del vidrio), las autoridades del Reino Unido consideran que es más eficiente para el medio ambiente fomentar el uso como áridos de esos materiales, en lugar de depositarlos como residuos. Esto evita costes medioambientales adicionales al utilizar un producto ya extraído que de otro modo quedaría como residuos, a diferencia de una (adicional) extracción de áridos con costes medioambientales adicionales innecesarios (perturbación de terreno nuevo). Además, esto ayuda a rehabilitar terrenos ya degradados por residuos de gran volumen y escombreras. Las autoridades del Reino Unido añadieron que la aplicación del AGL a esos materiales podría tener el efecto no deseado de desalentar el poco uso que ya se hace de dichos materiales y, por lo tanto, aumentar las escombreras en lugar de reducirlas. El considerando 23 de la Decisión de incoación contiene una exposición detallada de las estimaciones de las cantidades disponibles de alternativas.
(25) Las proyecciones iniciales sugerían que el AGL reduciría la demanda de áridos vírgenes en un promedio de 20 Mt/año.
(26) Las autoridades del Reino Unido indicaron que, dada la finalidad de inducir una extracción más eficiente y un uso más eficiente de los áridos vírgenes, el impuesto recae en aquellos que realicen la explotación de canteras con el fin de explotar comercialmente los áridos. En este sentido, las autoridades del Reino Unido explicaron que, aunque la explotación de canteras de materiales de alta especificación para su uso en el sector de la construcción también produce materiales de menor calidad y, por tanto, de menor precio, no es posible en la práctica eximir esos materiales de manera similar a los subproductos de procesos industriales u otras actividades de extracción. En primer lugar, la proporción de áridos de alta calidad y de baja calidad variará de una cantera a otra debido a factores geológicos, pero tampoco es una cifra inmutable para una cantera concreta, puesto que prácticas más eficientes pueden ayudar a reducir la proporción de áridos de baja calidad. Por otra parte, el término árido de baja calidad es, en cierta medida, un término subjetivo. Lo que una empresa que explota una cantera puede considerar de baja calidad puede formar parte de la gama principal de productos de otra. Por consiguiente, eximir los áridos de baja calidad podría traducirse en un trato desigual de las empresas explotadoras y dar lugar a fraude o evasión fiscales. Una amplia consulta pública entre el sector sobre esta cuestión en el contexto de la introducción del AGL no produjo una definición viable de cómo distinguir entre materiales de alta calidad (que deben ser gravados) y subproductos de menor calidad del proceso de extracción de áridos de alto valor. Las autoridades del Reino Unido observaron también que gravar los áridos de baja calidad también refleja el deseo de abordar los costes medioambientales de la extracción de áridos, independientemente de si se considera en última instancia que el producto extraído es de alta o de baja calidad.
(27) Por último, las autoridades del Reino Unido observaron que el AGL no se ha concebido como un impuesto general sobre la extracción de minerales, sino como un impuesto sobre la extracción de roca, arena y grava utilizadas como áridos en el sector de la construcción y objeto de explotación comercial en el Reino Unido. Las autoridades del Reino Unido han explicado que, si bien la extracción de otros materiales similares puede tener un impacto sobre el medio ambiente parecido, no todos tienen opciones adecuadas para reducir la intensidad de la extracción mediante el uso de materiales alternativos como materiales reciclados y desechos. Además, la extracción de áridos era la mayor actividad de extracción de minerales en el Reino Unido (en el año 2002, representó cerca del 70 %, en tonelaje, de la extracción total de minerales) y, por lo tanto, constituía la principal fuente de daño medioambiental derivado de la extracción de minerales en el Reino Unido en su conjunto. El ámbito de aplicación del impuesto se definió con el fin de lograr el mayor beneficio para el medio ambiente en forma de una reducción de la extracción de áridos y en lo que se refiere a la conservación de los recursos estratégicos, y al mismo tiempo no imponer una carga fiscal de peso muerto sobre los materiales para los que no existe una alternativa.
LEY DE PRESUPUESTOS DE 2001, ENTRADA EN VIGOR, MODIFICACIONES Y DURACIÓN
(28) El Derecho primario que rige el AGL se establece en la Ley de Presupuestos de 2001, artículos 16 a 49 y anexos 4 a 10. La Ley de Presupuestos de 2001 se adoptó el 11 de mayo de 2001 y ha sido objeto de varias modificaciones, tal y como se describe en los considerandos 28 y 29 de la Decisión de incoación. La presente Decisión hace referencia a la Ley de Presupuestos de 2001 en su forma modificada posteriormente. El AGL entró en vigor el 1 de abril de 2002 y sigue estando vigente. La ley no limita la aplicación del AGL en el tiempo.
(29) Después de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido modificaron la Ley de Presupuestos de 2001 con la suspensión de las exenciones de los materiales sobre los que la Comisión había expresado dudas a partir del 1 de abril de 2014.
(30) Las autoridades del Reino Unido explicaron que, al preparar la legislación necesaria para la suspensión, llegaron a la conclusión, basada en las observaciones recibidas de la industria de que determinar si ciertos materiales se habían extraído para su uso como áridos sería poco práctico. En consecuencia, diseñaron un nuevo criterio, para fines de construcción, que está en consonancia con las definiciones de la legislación vigente. No obstante, para lograr el mismo resultado que el previsto en la Decisión de incoación con la aplicación de este último criterio, la legislación de suspensión prevé además que: i) la arcilla (incluidos la arcilla plástica, el caolín y la arcilla refractaria) y la pizarra utilizadas para productos de construcción cerámicos; y ii) el yeso utilizado para escayola y cartón-yeso, deben considerarse procesos exentos. Esto es debido al hecho de que podrían incluirse en el material extraído para fines de construcción, pero que no representan usos como áridos de los materiales respectivos.
ESTRUCTURA DEL AGL Y HECHOS QUE DAN LUGAR A LA IMPOSICIÓN
(31) En el artículo 16, apartado 1, de la Ley de Presupuestos de 2001 se indica que se cargará un impuesto, que se denominará impuesto sobre los áridos, de conformidad con la presente Parte, sobre los áridos objeto de explotación comercial. En el artículo 16, apartado 2, se indica que el cargo del impuesto surgirá cuando una cantidad de áridos gravables sea objeto en o después de la fecha de comienzo, de explotación comercial en el Reino Unido.
(32) Según el artículo 17, apartado 1, árido significa (a reserva del artículo 18 siguiente) roca, grava o arena, junto con cualesquiera sustancias que se incorporen por el momento en la roca, grava o arena u ocurran de manera natural mezcladas con ellas.
(33) En el artículo 18, apartado 1, se establece que: en esta parte, las referencias a áridos: a) incluyen las referencias a los desechos, recortes y otros subproductos resultantes de la aplicación de cualquier proceso exento a cualquier árido, b) pero no incluyen referencias a cualquier otro elemento que resulte de la aplicación de cualesquiera dichos procesos a cualquier árido.
(34) Según el artículo 18, apartado 2, los procesos exentos son:
(34) a)
el corte de cualquier tipo de roca para producir piedra con una o más superficies planas;
b)
cualquier proceso por el cual una sustancia pertinente se extrae o se separa de alguna otra manera (ya sea como parte del proceso u obteniéndola de cualquier terreno o de otro modo) de cualquier árido;
c)
cualquier proceso para la producción de cal o de cemento a partir de piedra caliza o de piedra caliza y cualquier otro material.
(35) En el artículo 18, apartad 3, se enumeran las sustancias pertinentes como a) anhidrita; b) arcilla plástica; c) baritina; e) caolín; f) feldespato; g) arcilla refractaria; i) fluorita; j) tierra de batán; k) piedras preciosas y semipreciosas; l) yeso; m) cualquier metal o el mineral de cualquier metal; n) moscovita; o) perlita; p) potasa; q) piedra pómez; r) fosfato en bruto; s) cloruro de sodio t) talco; u) vermiculita. Las letras d) y h) del apartado 3 del artículo 18 se omitieron con carácter retroactivo a partir del 1 de abril de 2002 por los cambios introducidos por la Ley de Presupuestos de 2002.
(36) El artículo 16, apartado 2, de la Ley de Presupuestos de 2001, en conjunción con el artículo 19, apartado 1, y el artículo 19, apartado 2, determinan que el AGL se origina por cualquiera de los siguientes cuatro tipos de explotación comercial en el Reino Unido que se produjera en primer lugar:
(36) a)
se retira de su sitio de origen o de cualquier sitio registrado a nombre de una persona que explota el sitio de origen, o de cualquier otro sitio al que se había retirado la cantidad de áridos con el fin de aplicarle un proceso de exención en dicho sitio, pero en el que no se haya aplicado tal proceso;
b)
queda sujeto a un acuerdo para suministrarlo a cualquier persona;
c)
se utiliza para fines de construcción;
d)
se mezcla, a excepción de las circunstancias permitidas, con cualquier material o sustancia distinta del agua.
(37) A los efectos del AGL, la Ley de Presupuestos de 2001 distingue esencialmente entre tres tipos de sitios de origen:
(37) a)
el puerto u otro sitio de desembarco en el que los áridos obtenidos en el fondo marino del Reino Unido desembarquen por primera vez [artículo 20, apartado 1, letra a)];
b)
el sitio donde ha tenido lugar un proceso exento [artículo 20, apartado 1, letra b)]. Esto se refiere a las situaciones en las que se ha aplicado un proceso exento, la sustancia exenta se ha extraído y quedan áridos que son explotados. El sitio donde se ha realizado la extracción de la sustancia exenta se convierte en el sitio de origen del árido;
c)
el sitio donde se obtiene el árido del suelo [artículo 20, apartado 1, letra d)].
(38) Como resultado del concepto de la explotación comercial, el AGL se aplica tanto a los áridos extraídos en el Reino Unido como a los áridos importados. Los áridos importados estarán sujetos al AGL, no cuando sean desembarcados en el Reino Unido, sino cuando sean objeto de un acuerdo (y el árido ya esté ubicado en el Reino Unido) o se utilicen para fines de construcción (en el Reino Unido) o se mezclen (en el Reino Unido) con cualquier material o sustancia que no sea agua, a menos que se realice en circunstancias permitidas.
(39) El artículo 19, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001 contiene más detalles sobre el concepto de explotación comercial. Establece en la letra e) que no hay explotación comercial cuando (sin ser objeto de ningún proceso que implique su mezcla con cualquier otra sustancia o material, aparte del agua) vuelva a formar parte de la tierra en el sitio del que se obtuvo.
(40) Las secciones 21 y 22 definen quién es el explotador de un sitio y si el responsable de la explotación es la entidad explotadora de un sitio u otra persona (y por lo tanto, responsable del AGL) en una situación dada.
CONCEPTO DE ÁRIDO GRAVABLE: EXENCIONES DEL AGL Y CRÉDITOS FISCALES
(41) El artículo 17, apartado 2, de la Ley de Presupuestos de 2001 establece que un árido no es gravable en cuatro casos:
(41) a)
si se exime de manera expresa;
b)
si se ha utilizado anteriormente para fines de construcción (tanto si es antes como después de la fecha de comienzo);
c)
si es o se deriva de cualquier árido que ya haya estado sujeto al AGL;
d)
si es un árido que se ha retirado de su sitio de origen antes de la fecha de comienzo.
(42) Se considera que un árido se utiliza para fines de construcción cuando se utiliza como material o apoyo en la construcción o la mejora de cualquier estructura (como carreteras, el trazado en el que se han colocado o se colocarán vías de ferrocarril, terraplenes, edificios y puentes) o si se combina con cualquier otro material como parte del proceso de producción de mortero, hormigón, aglomerado con alquitrán, piedra para pavimentación o cualquier material de construcción similar.
(43) El artículo 17, apartado 3, especifica que el árido queda exento del AGL si:
(43) b)
consta enteramente de árido obtenido al retirarse del terreno del sitio de cualquier edificio o edificio propuesto en el curso de las excavaciones llevadas a cabo legalmente: i) en relación con la modificación o construcción del edificio, y ii) exclusivamente con el propósito de levantar cimientos o de colocar tuberías o cables;
c)
consta enteramente de árido obtenido i) por medio de su retirada del lecho de cualquier río, canal o curso de agua (ya sea natural o artificial) o de cualquier canal de entrada o acceso a cualquier puerto (ya sea natural o artificial), y ii) en el curso de la realización de cualquier dragado realizado exclusivamente con el objetivo de crear, restablecer, mejorar o mantener ese río, canal, curso de agua, canal o acceso;
d)
consta enteramente de árido obtenido por medio de su retirada del terreno situado en el trazado o en el trazado propuesto de cualquier carretera o carretera propuesta y en el curso de las excavaciones llevadas a cabo: i) con el fin de mejorar o mantener la carretera o construir la carretera propuesta, y ii) no con el fin de extraer dicho árido;
d bis)
consta enteramente de árido obtenido mediante su retirada del terreno situado en el trazado o en el trazado propuesto de cualquier vía de ferrocarril, tranvía o monorraíl o vía de ferrocarril, tranvía o monorraíl propuesta y en el curso de las excavaciones llevadas a cabo: i) con el fin de mejorar o mantener la vía de ferrocarril, tranvía o monorraíl o de construir la vía de ferrocarril, tranvía o monorraíl propuesta, y ii) no con el fin de extraer dicho árido;
e)
consta enteramente de los desechos, residuos u otros subproductos, sin incluir el recubrimiento, resultantes de la extracción u otra separación de cualquier cantidad de árido de caolín o arcilla plástica;
f)
consta enteramente de residuos de cualquier proceso por el cual se ha separado de otras rocas i) carbón, lignito, pizarra o esquisto, o ii) una sustancia que figure en el artículo 18, apartado 3, después de su extracción u obtención con las otras rocas.
(44) El apartado 3, letra d bis) del artículo 17 fue insertado por el artículo 22, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2007 y se aplica desde el 1 de agosto de 2007.
(45) Por otra parte, el artículo 17, apartado 4, exime los áridos formados entera o principalmente de uno o más de los siguientes, o que formen parte de cualquier elemento que conste de ellos, a saber:
(45) a)
carbón, lignito, pizarra o esquisto;
c)
los desechoss o residuos u otros subproductos de i) cualquier proceso de combustión industrial, o ii) la fundición o el refinado de metales;
d)
los finos de perforación resultantes de operaciones llevadas a cabo de conformidad con una licencia otorgada en virtud de la Ley del Petróleo de 1998 o la Ley (de Producción) de Petróleo (Irlanda del Norte) de 1964;
e)
cualquier material resultante de obras llevadas a cabo en el ejercicio de las competencias requeridas o concedidas de conformidad con disposiciones en virtud de la Ley de Obras públicas y carreteras nuevas de 1991 o la Orden de Carreteras (Irlanda del Norte) de 1993 o la Orden de Obras públicas (Irlanda del Norte) de 1995;
f)
arcilla, tierra, materias vegetales u otras materias orgánicas.
(46) Según la Comunicación AGL 1, enteramente significa que el 100 % del material en cuestión es uno de los materiales exentos. Principalmente significa que más del 50 % del material es uno de los materiales exentos. La mezcla artificial de áridos con un mayor volumen de material exento no producirá una mezcla exenta, sino que significará que el AGL estará en el árido en el momento de efectuar la mezcla.
(47) El artículo 30, apartado 1, de la Ley de Presupuestos de 2001 establece disposiciones reglamentarias que deben efectuarse para establecer el derecho de una persona a un crédito fiscal si:
(47) a)
el árido sujeto al AGL se exporta desde el Reino Unido en forma de árido;
b)
se aplica un proceso exento al árido sujeto al AGL;
c)
el árido sujeto al AGL se utiliza en un proceso industrial o agrícola prescrito;
d)
el árido sujeto al AGL se elimina de manera que su uso no se dirija a fines de construcción prescritos;
e)
la totalidad o parte de una deuda debida a una persona responsable de someter el árido a su explotación comercial se cancela en sus cuentas como deuda incobrable.
(48) El artículo 30, apartado 1, letra b), de la Ley de Presupuestos de 2001 establece la deducción fiscal en caso de aplicarse un proceso exento en el sentido del artículo 18, apartado 2, letras a), b) y c), de la Ley de Presupuestos de 2001 al material cuando el material ya ha estado sujeto al AGL. Por lo tanto, refleja las exenciones previstas en el artículo 18, apartado 2.
(49) Procesos industriales Procesos agrícolas
Los procesos industriales y agrícolas que pueden beneficiarse de la deducción fiscal en virtud del artículo 30, apartado 1, letra c), se enumeran en el anexo Procesos industriales y agrícolas de la disposición reglamentaria 13 de las Disposiciones reglamentarias (generales) del impuesto sobre los áridos de 2002. La Comunicación AGL 2 describe con más detalle el tipo de procesos de que se trata. Son los siguientes:
Código 001: procesos de fabricación y fundición de hierro, acero y metales no ferrosos, incluidos procesos de fundición, fábricas de aglomeración, plantas de sinterización y trefilado
Código 002: aleación
Código 003: reducción de emisiones en aire, tierra y agua
Código 004: agua potable, filtrado y purificación de aire y aceite
Código 005: tratamiento de aguas residuales
Código 006: producción de energía
Código 007: procesos cerámicos
Código 008: procesos refractarios
Código 009: fabricación de vidrio y productos de vidrio
Código 010: fabricación de fibra de vidrio
Código 011: fibras artificiales
Código 012: producción y procesamiento de alimentos y bebidas
Código 013: fabricación de plásticos, goma y PVC
Código 014: fabricación de productos químicos, por ejemplo carbonato sódico, magnesia de agua de mar, alúmina y sílice
Código 015: fabricación de carbonato cálcico precipitado
Código 016: fabricación de productos farmacéuticos, blanqueadores, productos de tocador y detergentes
Código 017: procesos de aireación
Código 018: fabricación de rellenos para recubrimientos, selladores, adhesivos, pinturas, revestimientos, mástiques, masillas y otros medios de empastado o modificación
Código 019: fabricación de pigmentos, barnices y tintas
Código 020: producción de medios de cultivo y marcas de línea de pistas deportivas y otras instalaciones de ocio
Código 021: incineración
Código 022: fabricación de desecante
Código 023: fabricación de entramado de fondo para alfombras, entredós y espuma
Código 024: procesos de resinas
Código 025: fabricación de aditivos para lubricantes
Código 026: curtido
Código 027: fabricación de papel
Código 028: producción de materiales de arte
Código 029: producción de arena para juegos, por ejemplo para arenales infantiles
Código 030: fabricación de platos de arcilla para tiro al blanco
Código 031: procesos abrasivos: fabricación de chorro de arena de uso especializado, amolación sin hierro (molinos de bolas) y papel de lija
Código 032: uso como agente de sostén en la exploración (o producción) de hidrocarburos, por ejemplo, arenas de fractura y fluidos de perforación
Código 033: desulfuración de gases de combustión y depuración de gases de combustión
Código 034: fabricación de antiminas
Código 035: fabricación de extintores
Código 036: fabricación de materiales utilizados ignifugación
Código 037: neutralización de ácidos
Código 038: fabricación de materiales de fricción, por ejemplo piezas de automoción
Código 039: fabricación de aditivos para el suelo
Código 040: fabricación de piensos
Código 041: producción de material para camas de animales
Código 042: producción de fertilizantes
Código 043: fabricación de pesticidas y herbicidas
Código 044: producción de medios de cultivo, incluido abono, solo para usos agrícolas y hortícolas
Código 045: tratamiento de suelos, incluyendo enriquecimiento mineral y reducción de la acidez
TASA
(50) Originalmente, la tasa del AGL se estableció en 1,60 GBP por tonelada. La tasa aumentó a 1,95 GBP por tonelada para los áridos objeto de explotación comercial en o después del 1 de abril de 2008. La tasa que se aplica en la actualidad es de 2 GBP por tonelada (desde el 1 de abril de 2009).
RAZONES PARA INCOAR EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL
(51) Como se explica en el considerando 170 de la Decisión de incoación, la Comisión dudaba de si las exenciones y exclusiones mencionadas en el considerando 139 de la Decisión de incoación (las exenciones objeto de investigación) estaban justificadas por los principios generales y la lógica del AGL. Dichas exenciones y exclusiones parecían eximir a los beneficiarios de un impuesto que normalmente habrían tenido que pagar y constituían ayudas de funcionamiento. Como no tenía suficientes elementos para llegar a una conclusión sobre si la medida cumplía los requisitos de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente de 2001 (Directrices de 2001) y de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente de 2008 (Directrices de 2008), la Comisión tenía dudas sobre la compatibilidad de las exenciones objeto de investigación y las exclusiones con el mercado interior.
OBSERVACIONES DE LOS INTERESADOS
(52) Como ya se ha mencionado en el considerando 10, la Comisión recibió numerosas observaciones de los interesados tras la publicación de la Decisión de incoación.
(53) Las observaciones de los interesados se referían a i) la Decisión de incoación, ii) la lógica del AGL, iii) las exenciones que previamente se había determinado que no constituían ayuda estatal ya en la Decisión de incoación, y iv) las exenciones objeto de investigación.
(54) Para facilitar la referencia, en esta sección se describen las observaciones recibidas en relación con la Decisión de incoación. El resto de categorías de las observaciones recibidas se presentan en las secciones pertinentes de la presente Decisión.
OBSERVACIONES SOBRE EL CONTENIDO DE LA DECISIÓN DE INCOACIÓN Observaciones de Richard Bird, BAA, recibidas el 20 y el 23 de diciembre de 2013
(55) El señor Bird ha facilitado a la Comisión su aportación a la consulta pública de las autoridades del Reino Unido sobre el planteamiento de suspensión de las exenciones del AGL con respecto a las cuales la Comisión expresó sus dudas en la Decisión de incoación.
(56) Además, el señor Bird alega que la Decisión de incoación contiene una serie de imprecisiones, como las siguientes:
(56) i)
se han identificado varias canteras que demuestran que no hay riesgo de que el Reino Unido se quede sin áridos,
ii)
los áridos de escoria, los áridos de pizarra triturada y la arena de sílice de la producción de caolín siempre han sido una fuente importante de áridos,
iii)
los áridos exentos y los áridos reciclados no podrían sustituir a los áridos de buena calidad necesarios en el sector de la construcción, que se extraen junto con áridos de menor calidad (una tonelada de áridos de buena calidad con una tonelada de menor calidad), y se han creado nuevos depósitos de residuos minerales debido a este material,
iv)
se están produciendo diversos abusos del AGL,
v)
se han abierto canteras con el único fin de producir áridos exentos. El señor Bird alega que hay canteras de pizarra que producen simplemente roca de pizarra y no pizarra para tejados. El señor Bird ofrece como ejemplo los nombres de dos canteras,
vi)
las canteras de áridos de esquisto producen y venden áridos libres de impuestos. Se ha utilizado un millón de toneladas de esquisto para construir una carretera cerca de Edimburgo,
vii)
supuestamente, la Decisión de incoación no reconoce lo que es un árido: trozos pequeños de rocas, trituradas o sin triturar, incluida la grava y arena natural. La roca de protección para defensas contra el mar, la piedra de protección para ríos, la piedra para muros, la piedra para chimeneas, la piedra para zanjas, los adoquines para carreteras y la piedra para rompeolas se gravan como áridos si no son geológicamente pizarra o esquisto,
viii)
el AGL tiene aspectos tan absurdos como que la piedra no tallada para muros esté gravada con el impuesto,
ix)
solo se puede utilizar pizarra del norte de Gales como pizarra para tejados. La pizarra de otras zonas del Reino Unido no se utiliza como pizarra para tejados, sino como piedra para muros o adoquines. La arenisca, la piedra para muros y los adoquines están gravados con el impuesto. El esquisto no se utiliza para tejados. Se han abierto canteras de pizarra y esquisto porque los materiales están exentos del impuesto,
x)
supuestamente, el AGL ha tenido de hecho un impacto negativo sobre el medio ambiente, puesto que las explotaciones de áridos reciclados son perjudiciales para el medio ambiente debido también a las distancias de transporte adicionales de los materiales exentos,
xi)
la arena de sílice de la producción de caolín siempre ha sido una fuente importante de áridos. En Cornualles hay poca arena, por lo que la arena de canteras de caolín no reduce la extracción de arena de origen natural. De hecho, es una fuente importante de arena en la zona. Esta arena falsea el mercado de roca triturada fina, que es un subproducto de las canteras de áridos de roca dura cuyo objetivo primordial es producir gravilla de áridos para hormigón, asfalto y obras de construcción,
xii)
los subproductos de caolín están exentos, mientras que los subproductos de piedra caliza están sujetos al impuesto, aunque la piedra caliza se use para la agricultura o para el procesamiento industrial. Producen el 20 % de los subproductos residuales,
xiii)
supuestamente, una serie de antiguas canteras de caolín se han reabierto con el único fin de explotar los áridos exentos después de haberse extraído el caolín. Por otro lado, alguien que deseara explotar un antiguo vertedero de granito tendría que pagar el impuesto,
xiv)
los subproductos del refinamiento y la fundición de metal no son los mismos que los áridos naturales, pero nunca han sido residuos y tienen un mercado muy bueno. El señor Bird alega que el AGL debería aplicarse a los subproductos que no sean residuos,
xv)
el señor Bird considera que es imposible sustituir áridos de buena calidad por áridos de la mayoría de explotaciones de pizarra, esquisto o caolín.
(57) El señor Bird complementó esta información con información presentada el 10 de febrero de 2014 con respecto a los usos de áridos de escoria, un subproducto de la industria de fabricación de acero. La información presentada tiene por objeto mostrar que la escoria no constituye un residuo, sino un árido de primera clase que se puede utilizar como alternativa al cemento.
Observaciones recibidas de la BAA el 10 de enero de 2014
(58) La BAA considera que el concepto de árido no debe utilizarse para determinar si el AGL constituye ayuda estatal, puesto no hay una definición clara de árido que corresponda al ámbito de aplicación del impuesto. La Comisión define los áridos en la Decisión de incoación como roca, gravilla y arena extraídas con el fin de proporcionar volumen en la construcción. No obstante, supuestamente, el AGL grava muchos materiales que se emplean para fines distintos al de proporcionar volumen en la construcción, como la piedra para construcción sin tallar usada para construir paredes, roca de protección, balasto para ferrocarril, piedra con alto coeficiente de pulimiento acelerado (CPA) para asfalto antideslizante, etc. La BAA menciona que las autoridades de competencia del Reino Unido han evaluado el mercado de los áridos en varias ocasiones y generalmente han llegado a la conclusión de que los materiales especializados, como el balasto para ferrocarril y la piedra con alto CPA están en mercados diferentes entre sí y de los áridos para construcción porque se utilizan para aplicaciones diferentes y no hay sustitución de la demanda ni sustitución de la oferta.
(59) La BAA sostiene que tres de las exenciones sobre las que la Comisión llegó a una conclusión positiva en su Decisión de incoación son selectivas, a saber, la exención de los residuos de construcción reciclados, de áridos excavados en el curso de la construcción de carreteras, ferrocarriles, edificios, etc., y de los residuos/subproductos industriales. La BAA alega que desde la perspectiva del objetivo de basculamiento de la demanda, estas tres categorías de materiales exentos están en la misma posición que los residuos o subproductos de, entre otros, caolín, pizarra y carbón, sobre los que la Comisión expresó sus dudas en la Decisión de incoación.
Observaciones recibidas de Lantoom Quarry el 16 de enero de 2014
(60) Lantoom Quarry alega que la Decisión de incoación ha creado incertidumbre y ha afectado a las inversiones y el empleo.
OBSERVACIONES DEL REINO UNIDO
(61) Las autoridades del Reino Unido han facilitado amplias observaciones sobre las dudas planteadas en la Decisión de incoación e información adicional, así como motivos de compatibilidad para las exenciones objeto de investigación.
(62) No se han recibido observaciones de las autoridades del Reino Unido sobre el contenido de la Decisión de incoación. Para facilitar la referencia, las observaciones y la información recibidas se presentan en las secciones pertinentes de la presente Decisión.
EVALUACIÓN DE LA MEDIDA
(63) Con la adopción de la Decisión de incoación, la Comisión ya ha decidido no plantear objeciones con respecto a las exenciones, exclusiones y deducciones fiscales previstas en las secciones 17, apartado 2, letra b), 17, apartado 2, letra c), 17, apartado 2, letra d), 17, apartado 3, letra b), 17, apartado 3, letra c), 17, apartado 3, letra d) y 17, apartado 3, letra d bis), 17, apartado 4, letra d) y 17, apartado 4, letra e), en el artículo 17, apartado 4, letra a) (si el material exento se compone en su totalidad de carbón, lignito, esquisto o pizarra destinados a usos distintos al de áridos), en el artículo 17, apartado 4, letra c) (cuando se compone en su totalidad de desechos), en el artículo 17, apartado 4, letra f) (excepto arcilla), en el artículo 18, apartado 2, letra a), en el artículo 18, apartado 2, letra b) (si se refiere a materiales que no se usan como áridos), en el artículo 18, apartado 2, letra c), en el artículo 30, apartado 1, letra a), en el artículo 30, apartado 1, letra b) [si se refiere a procesos exentos a tenor del artículo 18, apartado 2, letras a) y c)], en el artículo 30, apartado 1, letra b) (si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo18, apartado 2, letra b), para materiales no utilizados como áridos) y en el artículo 30, apartado 1, letra c), de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, en relación con el AGL, puesto que la Comisión considera que no constituyen una ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado. Por lo tanto, la Comisión no evaluará estas exenciones, exclusiones y deducciones fiscales previstas por la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, en relación con el AGL y limitará su evaluación a las exenciones objeto de investigación.
EVALUACIÓN DE LAS OBSERVACIONES RECIBIDAS SOBRE EL CONTENIDO DE LA DECISIÓN DE INCOACIÓN
(64) La BAA, como se ha mencionado en el considerando 59, sostiene que las exenciones para los residuos de construcción reciclados, para áridos excavados en el curso de la construcción de carreteras, ferrocarriles, edificios, etc., y los residuos o subproductos industriales no se enmarcan en la lógica del AGL desde la perspectiva del objetivo de basculamiento de la demanda.
(65) La Comisión llegó a la conclusión en la Decisión de incoación de que los áridos reciclados y los áridos recién extraídos no se encuentran en una situación comparable a la luz del objetivo del AGL y que la distinción entre áridos reciclados y recién extraídos es resultante de la naturaleza y la lógica del AGL. Está claro que el hecho de usar áridos reciclados, a pesar de que el proceso de reciclaje es menos respetuoso con el medio ambiente que el proceso de excavación de áridos nuevos, impide la excavación de la misma cantidad de áridos nuevos. Por otra parte, incentivar el uso de materiales que son el resultado inevitable de ciertas actividades que se llevarían a cabo en cualquier caso ayuda claramente a reducir la acumulación de residuos y evita la excavación de la misma cantidad de áridos nuevos.
(66) Por lo tanto, estas tres exenciones contribuyen a lograr un mayor beneficio para el medio ambiente al evitar nuevas extracciones en canteras.
(67) Varios interesados han mencionado en este sentido que se han dado casos de excavaciones adicionales exclusivamente con la finalidad de obtener áridos para su venta. No obstante, estos son casos de abusos claros que deben ser denunciados y tratados con arreglo al derecho interno del Reino Unido y, por lo tanto, no constituyen un asunto de legislación sobre ayudas estatales.
(68) Las razones en las que se apoyan las dudas expresadas por la Comisión en su Decisión de incoación en lo que se refiere a los residuo o subproductos de, entre otros, caolín, pizarra y carbón, no afectan a la evaluación de las tres exenciones antes mencionadas, sobre todo las dudas planteadas por la Comisión no excluyen el resultado final del procedimiento de investigación formal y los materiales sujetos a las exenciones son diferentes y tienen diferentes circunstancias.
(69) El señor Bird señala el uso como áridos de una serie de materiales exentos del AGL, lo que demuestra que las exenciones del AGL ayudan a alcanzar su finalidad medioambiental, ya que sustituyen con éxito a los áridos recién extraídos de canteras.
(70) Los datos facilitados por las autoridades del Reino Unido, como se verá en el considerando 143, demuestran que el número de canteras que producen materiales exentos no ha aumentado a raíz de la introducción del AGL, sino que de hecho ha disminuido.
(71) Una de las canteras que el señor Bird enumera en que supuestamente solo se produce roca de pizarra y no pizarra para tejados, según su propio sitio web, produce de hecho pizarra para tejados. En lo que se refiere a la otra cantera, las autoridades del Reino Unido se han comprometido a investigar qué material produce realmente e iniciarán la ejecución en virtud de la legislación nacional en función de los resultados de la investigación.
(72) Tanto las autoridades del Reino Unido como la BAA sostienen que no tienen información de que antiguas canteras de caolín agotadas se hayan reabierto recientemente. Las autoridades del Reino Unido no tienen conocimiento de la concesión de ningún permiso en este sentido y los dos productores de caolín y arcilla plástica no tienen conocimiento de tales aperturas.
AYUDA ESTATAL EN EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 107, APARTADO 1, DEL TRATADO (ANTES ARTÍCULO 87, APARTADO 1, CE)
(73) Una medida constituye ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del TFUE si cumple cuatro condiciones. En primer lugar, la medida confiere una ventaja a los beneficiarios. En segundo lugar, la medida favorece determinadas empresas o actividades económicas (selectividad). En tercer lugar, la medida está financiada por el Estado o mediante fondos estatales. Y en cuarto lugar, la medida podría influir en los intercambios comerciales entre Estados miembros y falsear la competencia en el mercado interior.
(74) De acuerdo con jurisprudencia reiterada, la definición de ayuda es más general que la de subvención, ya que comprende no solo las prestaciones positivas, como las propias subvenciones, sino también las medidas del Estado que, bajo formas diversas, alivian las cargas que normalmente recaen sobre el presupuesto de una empresa y que, por ello, sin ser subvenciones en el sentido estricto del término, son de parecida naturaleza y tienen efectos idénticos.
(75) En lo que se refiere al criterio de la selectividad de la ventaja, es necesario considerar si, en virtud de un determinado régimen legal o régimen tributario, una medida estatal favorece a determinadas empresas o a la producción de determinados bienes en el sentido del artículo 107, apartado 1, del TFUE en comparación con otras empresas con una situación jurídica y de hecho comparable a la luz del objetivo perseguido por el régimen legal o tributario de que se trate.
(76) No obstante, una medida que encuentre justificación en la naturaleza o en el sistema del régimen tributario en el que se inscribe no reúne el requisito de selectividad, aunque constituya una ventaja para su beneficiario. Por consiguiente, un Estado miembro puede demostrar que una medida resulta directamente de los principios básicos o rectores de su régimen tributario.
(77) Con el fin de evaluar la naturaleza selectiva de la ventaja que resulta de la medida en cuestión, es importante determinar qué constituye el marco de referencia, ya que la existencia de una ventaja solo podrá establecerse cuando se la compare con este marco de referencia.
(78) En resumen, la selectividad puede evaluarse siguiendo un planteamiento en tres fases:
(78) i)
determinación del sistema de referencia (o régimen tributario normal), identificando el principio de imposición normal del AGL y el objetivo (medioambiental),
ii)
determinación de si la diferenciación fiscal constituye una excepción al régimen tributario normal en la medida en que distingue entre agentes económicos en una situación de hecho y Derecho comparable, y
iii)
en el caso de la comparabilidad de la situación jurídica y de hecho, la diferenciación fiscal no constituye una excepción si puede justificarse por el objetivo del régimen tributario. En ausencia de dicha justificación, la medida se considerará de hecho selectiva. Al justificar la diferenciación fiscal solo pueden invocarse los mecanismos intrínsecos del régimen tributario necesarios para alcanzar el objetivo perseguido. Los objetivos no relacionados con el régimen tributario no pueden tenerse en cuenta en este sentido.
(79) Como ha confirmado el Tribunal General, el marco de referencia a partir del cual deben determinarse la imposición normal y la existencia de cualquier ventaja selectiva es el propio AGL, ya que establece un régimen tributario aplicable al sector de los áridos en el Reino Unido. Por lo tanto, es por referencia a la imposición normal y al objetivo del AGL como se deberá examinar si la diferenciación fiscal está justificada.
(80) La Comisión ha examinado la Ley de Presupuestos de 2001, modificada con carácter retroactivo por la Ley de Presupuestos de 2002. Como el AGL es un régimen en curso, la Comisión ha examinado también la exención establecida en el artículo 17, apartado 3, letra d bis) introducida por la Ley de Presupuestos de 2007.
IMPOSICIÓN NORMAL EN VIRTUD DEL AGL Y DEL OBJETIVO DEL AGL
(81) El AGL es un impuesto sobre los áridos. El artículo 16, apartados 1 y 2, de la Ley de Presupuestos de 2001 establece un impuesto sobre los áridos gravables que son objeto de explotación comercial en el Reino Unido en o después de su fecha de comienzo.
(82) El AGL se introdujo el 1 de abril de 2002. En el artículo 19 se define lo que constituye explotación comercial. Se prevén cuatro tipos de explotación comercial: a) la extracción de áridos en su sitio de origen; b) la celebración de un acuerdo de suministro; c) el uso para fines de construcción; o d) la mezcla con cualquier material o sustancia que no sea agua.
(83) En lo que respecta al concepto de los áridos, las autoridades del Reino Unido han confirmado en muchas ocasiones que el AGL no se concibe como impuesto sobre todos los minerales extraídos y ni siquiera sobre todos los tipos de roca, grava o arena, sino solo sobre roca, grava y arena extraídas con el propósito de proporcionar volumen en la construcción.
(84) Esto se ve corroborado por los trabajos preparatorios del AGL. Esos trabajos confirman que desde el principio, el AGL estaba destinado a ser un impuesto sobre los áridos y no sobre ningún mineral extraído concreto. Esto también ha sido reconocido por el Tribunal General.
(85) Como se ha indicado en el considerando 14, los áridos pueden describirse en general como material en grano o en partículas que, debido a sus propiedades inertes físicas y químicas, es apropiado para su utilización, en su estado o añadiéndole cemento, cal o material bituminoso, en el sector de la construcción como hormigón, pavimentos de cantos rodados, asfalto o drenajes, o como material de relleno para la construcción. Los áridos naturales son la arena, la roca y la grava. Sin embargo, los materiales que se utilizan como áridos también pueden servir a otros fines. Dicho de otro modo, a los efectos del AGL, el que un material deba considerarse un árido o no dependerá de su uso y no de su composición geológica.
(86) En el curso de la redacción de la legislación del AGL, las autoridades del Reino Unido se dieron cuenta de que una definición basada en el uso del ámbito de aplicación del impuesto iba a resultar problemática, puesto que el uso previsto del producto podría cambiar después de haber pasado la fecha de exigibilidad. Con el fin de resolver esta dificultad, las autoridades del Reino Unido optaron por otra técnica. En lugar de utilizar una definición precisa del término árido o criterios fiscales generales, la Ley de Presupuestos de 2001 comienza por someter la arena, grava o roca al impuesto, pero, a continuación, restringe la aplicación y el ámbito de aplicación del impuesto por medio de exclusiones, exenciones y deducciones fiscales en el caso de roca, arena o grava que hayan sido utilizadas para ciertos fines o hayan sido sometidos a determinados procesos.
(87) El objetivo asignado al AGL es garantizar que el impacto medioambiental de la extracción de áridos (en particular los daños a la biodiversidad y el impacto visual) se reflejen de manera más completa en los precios con el fin de inducir una extracción y un uso más eficientes de los áridos. También tiene por objeto estimular un basculamiento de la demanda de los áridos, de los áridos recién extraídos hacia áridos alternativos, como los áridos reciclados y los áridos que sean subproductos o residuos de ciertos procesos industriales o de extracción. A su vez, el basculamiento de la demanda reducirá la necesidad de áridos recién extraídos y, por tanto, limitará los daños al medio ambiente asociados con la actividad de extracción.
(88) La Comisión consideró en la Decisión de incoación que era necesario determinar el objetivo asignado al régimen tributario del AGL sin hacer referencia a la terminología de los áridos vírgenes o primarios, sino haciendo referencia a su contenido. La terminología se describe detalladamente en los considerandos 64 y 65 de la Decisión de incoación.
(89) Con independencia de la terminología utilizada, las autoridades del Reino Unido se oponen a los áridos (recién) extraídos para su uso como áridos en diversos materiales que, o bien no son recién extraídos como áridos o que se obtienen necesariamente como resultado de otras actividades que no están destinadas a la extracción de áridos, pero que podrían servir como alternativa a los áridos recién extraídos y extraídos específicamente.
(90) Teniendo en cuenta las explicaciones facilitadas por las autoridades del Reino Unido, la Comisión llegó a la conclusión en la Decisión de incoación de que el principio de imposición normal del AGL es la aplicación del impuesto a la roca, gravilla y arena (recién) extraídas para su uso como áridos y que sean objeto de explotación comercial en el Reino Unido a partir del 1 de abril de 2002.
(91) En lo que respecta a su objetivo, la Comisión observó que el AGL pretende lograr que la extracción de áridos sea más eficiente al agregar los costes medioambientales de esa actividad. Además, pretende bascular la demanda: de la extracción intencionada de roca, grava y arena para su uso como áridos en el sector de la construcción hacia el uso de áridos que sean subproductos o residuos de ciertos procesos o de áridos reciclados.
(92) La Comisión ha recibido numerosas observaciones de los interesados en lo que respecta al principio de imposición normal y al objetivo del AGL.
OBSERVACIONES RECIBIDAS SOBRE EL PRINCIPIO DE IMPOSICIÓN NORMAL Y EL OBJETIVO DEL AGL Observaciones recibidas de la BAA el 15 de septiembre de 2014
(93) La BAA reiteró sus declaraciones de comunicaciones anteriores en cuanto a que el AGL carece intrínsecamente de toda lógica. La BAA sostiene que no existe una definición clara de áridos que pueda explicar el ámbito de aplicación del AGL. La BAA sostiene que el AGL grava muchos materiales que se encuentran fuera del ámbito de la definición que se establece en la Decisión de incoación, es decir, materiales que se utilizan para otros fines que el de proporcionar volumen en la construcción o que se utilizan en hormigón, pavimentos de cantos rodados, asfalto, drenajes, o como material de relleno para la construcción. Alega que la roca de protección para defensas contra el mar, que está sujeta al impuesto, no se utiliza para añadir volumen en la construcción y que es mucho más grande y pesada que los áridos que se utilizan para el hormigón o los otros usos enumerados. Además, la piedra para construcción sin tallar está gravada con el AGL si se utiliza para construir las paredes de los edificios y cercos tradicionales (por ejemplo, muros de separación de campos) en lugar de para cualquiera de los usos enumerados. La BAA argumenta que no puede alegarse que estos materiales son áridos y que la pizarra para tejados, la piedra tallada para construcción o la arcilla para la fabricación de ladrillos no son áridos. Todos los materiales son rocas extraídas del suelo, pero que se usan para distintos fines y no son intercambiables. Por otro lado, supuestamente no habría base medioambiental para etiquetar algunos de estos materiales de áridos y otros no.
(94) La BAA sostiene que el hecho de que las exenciones se basen en la geología del material es problemático, ya que los términos geológicos de arcilla, esquisto y pizarra cubren una gama geológica muy amplia de rocas que se extraen de las canteras que no podrían producir tejas de pizarra o productos cerámicos. No obstante, ese material se califica como arcilla, esquisto y pizarra exentos desde una perspectiva geológica. La BAA facilita algunas declaraciones de la Dra. Rachel Hardie, geóloga especialista, por lo que se refiere a la mala elección de términos geológicos para diferenciar las rocas. Por otra parte, las exenciones de materiales que constan principalmente de ciertos grupos geológicos añaden aún más dificultades. La BAA ha facilitado a este respecto un informe elaborado en 2003 por la British Geological Society para las autoridades fiscales del Reino Unido con el fin de ayudar a los funcionarios de Hacienda en la aplicación de las exenciones de la pizarra, el esquisto y la arcilla de manera correcta en cuanto a la geología (el Informe). El Informe trata de definir el esquisto, la pizarra y la arcilla en función de sus características y origen geológico con el fin de ayudar a las autoridades fiscales del Reino Unido. No obstante, también menciona que se cree que la elección original de estos términos a los efectos de la Ley se ha basado en su uso como productos minerales en lugar de entidades geológicas. También establece que la arcilla, el esquisto, la arcilla esquistosa y la pizarra se dan ampliamente en el Reino Unido, a menudo interestratificados con arenisca.
(95) La BAA sostiene que las autoridades del Reino Unido han tratado el esquisto y la arcilla esquistosa como sinónimos y que, en consecuencia, toda la familia de rocas ha sido tratada como exenta. Por otra parte, la BAA sostiene que las definiciones de los tres materiales determinadas en el Informe son muy restrictivas y que otros materiales podrían haberse clasificado como esquisto, pizarra o arcilla. Por ejemplo, la roca de pizarra con la pizarrosidad necesaria para producir tejas es relativamente rara y las rocas que presentan una pizarrosidad débil y que no serían aptas para el troceo pueden ser mucho más extensas, pero aún así se podrían clasificar como pizarra. Por otra parte, la BAA sostiene, citando el Informe, que la pizarra también se extrae para usos decorativos en arquitectura (es decir, rocas ornamentales, revestimientos, pavimentación, antepechos, chimeneas, bandejas de mesa y adornos para la casa y el jardín), para los que la pizarrosidad se supone que es menos importante que la talla y el pulido. La BAA presenta el ejemplo de una cantera de pizarra que produce pizarra diferente de la pizarra para tejados y respecto de la cual, supuestamente, no está claro si el material debe clasificarse en absoluto como pizarra.
(96) La BAA sostiene que, según su experiencia, se suele buscar la opinión experta de un geólogo para determinar qué roca está presente en una cantera a los efectos del AGL y si hay una exención disponible para su extracción.
(97) La BAA sostiene que, aunque no tiene información sobre la evolución del volumen de desechos de pizarra y esquisto desde la introducción del AGL, ha aumentado el volumen de subproductos de los áridos gravados con el impuesto. La BAA presenta ejemplos de tres canteras donde se han acumulado subproductos. Una cantera tuvo que enviar más de 1 millón de toneladas de subproductos, mientras que otra tuvo que invertir 2 millones GBP en una instalación nueva para tratar sus subproductos y así poder ponerlos en venta.
Observaciones recibidas de la BAA el 17 de enero de 2014
(98) La BAA sostiene que cuando las autoridades del Reino Unido suspendieron las exenciones del AGL respecto de las cuales planteaba dudas la Comisión en su Decisión de incoación, dichas autoridades introdujeron, de hecho, dos nuevas exenciones, a saber, para la arcilla y la pizarra utilizadas en productos cerámicos para la construcción y el yeso usado en la escayola y el cartón-yeso. Sostiene que no se puede considerar que estos materiales estén en una situación diferente de los materiales gravados con el AGL a la luz de su lógica medioambiental. La BAA sostiene que estos materiales se encuentran en la misma situación que la roca, la arena y la grava, puesto que se han extraído para fines de construcción. Alega que estas exenciones adicionales constituyen una ayuda estatal que la Comisión no podría determinar como compatible, ya que no se cumplen las condiciones pertinentes.
(99) La BAA sostiene que la extracción de arcilla y esquisto utilizados para la producción de productos cerámicos para la construcción podría reducirse mediante el uso de productos de hormigón para la construcción que pueden producirse con residuos/subproductos de las canteras (que a menudo están sujetos al impuesto).
(100) La BAA afirma que no importa que la arcilla se someta a un cambio químico cuando se utiliza en la fabricación de ladrillos y otros productos cerámicos utilizados en la construcción, ya que esto es irrelevante desde el punto de vista del medio ambiente.
Observaciones recibidas de Cloburn Quarry Company Ltd el 17 de enero de 2014
(101) Cloburn Quarry sostiene que extrae granito y grauvaca. Esta última se usa para áridos con coeficiente de pulimiento acelerado y áridos antideslizantes con un valor de CPA superior a 70. Como no hay ninguna exención para los subproductos de dicho material, se están acumulando grandes volúmenes de grauvaca, lo que constituirá un importante problema en el futuro.
(102) Cloburn Quarry sostiene que los volúmenes de ventas de la cantera han disminuido recientemente de 1,3 millones de toneladas en 2007/2008 a 0,5 millones de toneladas. Supuestamente, esto es debido no tanto a la recesión como a las ventas exentas de canteras de la competencia.
(103) Según Cloburn Quarry, el AGL disminuye considerablemente las posibilidades de la cantera para competir con áridos importados, ya que sus subproductos se venden sin impuestos en otro lugar y, externamente, con canteras que no tienen que pagar un impuesto similar.
(104) Cloburn Quarry sostiene que el AGL ha conducido a un mercado deprimido, es decir, de bajo precio para los áridos, y que las canteras exentas pueden transportar sus materiales más lejos.
(105) Según Cloburn Quarry, en 2013 se perdieron ventas de áridos por valor de 50000 toneladas debido a las canteras exentas. Existe un problema concreto con los depósitos de esquisto que se utilizan en grandes obras de construcción, especialmente a lo largo del corredor Glasgow-Edimburgo. Se ha utilizado alrededor de 1 millón de toneladas de esquisto para la construcción de carreteras. Esto ha afectado a la competencia, ya que otras canteras no podían vender sus subproductos de bajo valor. Por otra parte, los áridos de color rojo brillante de la cantera compiten con la pizarra decorativa color rojo ciruela, que está exenta.
(106) La cantera alega que se ha enfrentado a la competencia y ha perdido licitaciones en proyectos frente a canteras que sospecha se benefician de una exención del AGL. Según la cantera, uno de los contratos se perdió frente a una cantera que había recibido licencia de obras para trabajar en la extracción de áridos de un depósito de esquisto exento. Según la cantera, había al menos 800000 toneladas de esquisto disponibles que podrían haber sido vendidas a plazo al contratista principal.
(107) La cantera también presentó una serie de observaciones generales en relación con la falta de ámbito de aplicación medioambiental del AGL.
Observaciones recibidas de Blinkbonny Quarry (Borders) Ltd. (Blinkbonny Quarry) el 8 de enero de 2014
(108) Blinkbonny Quarry informa de que ha tenido que hacer frente a la competencia de otra cantera que, posiblemente, vende material exento incluido en hormigón preamasado y que, por lo tanto, podría ofrecer precios más bajos. Considera que, de no haber sido por la exención, la cantera de la competencia no habría abierto y que no habría sido capaz de competir en el mercado. La cantera alega que la exención permite que su competidor transporte su material a distancias más largas, lo que perjudica al medio ambiente.
(109) Blinkbonny Quarry ha facilitado además una serie de observaciones en respuesta a la Decisión de incoación. Sostiene que la medida favorece a aquellos que gozan de exenciones al permitirles vender productos en un mercado abierto sin los mismos costes que aquellos que no se benefician de esta ventaja.
(110) Blinkbonny Quarry considera que el AGL ha fracasado en su objetivo medioambiental, porque ha comportado la creación de un material más barato que se transporta a distancias más lejanas y que alienta la extracción de áridos exentos para producir materiales más baratos que no sean subproductos ni residuos. Por otra parte, la cantera afirma que el esquisto y la pizarra exentos se venden como áridos para fines de construcción y que, a causa de la exención, se extrae más esquisto y pizarra para su uso como áridos.
Observaciones recibidas de Kinegar Quarries Ltd (Kinegar Quarries) el 15 de enero de 2014
(111) Kinegar Quarries sostiene que todas las canteras producen áridos de baja calidad. En su opinión, es irrelevante si el producto es pizarra que se exporta a todo el mundo o si se trata de áridos cotidianos utilizados a 25 km de la cantera. Kinegar Quarries sostiene que los áridos son productos secundarios que se pueden utilizar de muchas formas y que siempre han sido baratos. Kinegar Quarries considera además que el coste de los áridos es bajo porque son un subproducto de un producto de calidad superior y, con el fin de mantener un equilibrio de existencias, tienen un precio en función de la oferta y la demanda. No obstante, alega que los áridos siempre aportaron ingresos hasta la introducción del AGL. A partir de ese momento, se han necesitado áridos secundarios para competir con los áridos que se benefician de la exención y que en determinadas circunstancias no se ha podido competir. Sin embargo, la producción de áridos secundarios no ha disminuido, ya que hay demanda del producto de mayor calidad. Sencillamente no pueden venderse en la misma medida. Esto, supuestamente, lleva al aumento de las reservas de áridos secundarios. Por otra parte, Kinegar Quarries alega que no hay beneficios para el medio ambiente a causa del transporte adicional de los áridos.
(112) Kinegar Quarries alega que el Gobierno del Reino Unido había tratado de garantizar que las empresas que no producen áridos puedan vender sus subproductos como áridos exentos del impuesto para minimizar sus existencias de subproductos. Consideran que este objetivo ha sido alcanzado por las exenciones concedidas a las empresas que no producen áridos (y a un creciente número de productores de áridos) para productos que en realidad deberían llamarse áridos, ya que se venden con la misma finalidad que los materiales de un productor de áridos. Sin embargo, las existencias de subproductos han pasado de las empresas que no producen áridos a los productores de áridos que pagan el impuesto.
(113) Kinegar Quarries menciona que a raíz de la introducción del AGL, sus ventas de áridos secundarios disminuyeron en más de 50000 toneladas en 2007 a 9000 toneladas en 2013 y que esto no podía atribuirse exclusivamente a la recesión económica. Sostiene que ya no puede competir con los áridos exentos, puesto que cotiza entre 1,5 GBP y 2,0 GBP más que los de sus competidores.
Observaciones recibidas de Torrington Stone Ltd. (Beam Quarry & Vyse Quarry) (Torrington Stone) el 17 de enero de 2014
(114) Torrington Stone alega que si sus dos canteras no tuvieran el mismo propietario, no habrían sido viables hoy debido a la introducción del AGL. Sostiene que los clientes hacen su elección de compra basándose en las descripciones de los materiales, tales como la calidad y el tamaño, y no en la geología de los materiales. Los clientes no saben si un material está sujeto a impuestos o no.
(115) Una de las canteras produce principalmente esquisto con subproductos de arcilla esquistosa, mientras que la otra produce principalmente gravilla con desechos de esquisto. Todos se venden como áridos. El subproducto de la arcilla esquistosa no puede venderse para obtener beneficios y, por tanto, se vuelca en el vertedero.
Observaciones recibidas de Mineral Products Association Ltd. (la Mineral Products Association) el 2 de enero de 2014
(116) La Mineral Products Association sostiene que la capacidad de algunos explotadores para extraer materiales exentos, como el esquisto y la pizarra con el fin de suministrar a los mercados de áridos es contraria a los principios originales del diseño del AGL. La Mineral Products Association considera que los materiales extraídos que se utilizan como áridos deben estar sujetos al AGL y que las exenciones deben limitarse a los usos como materiales no áridos.
(117) La Mineral Products Association afirma que los materiales que surgen como resultado de procesos de combustión individuales o de la fundición y refinación de metales son subproductos auténticos de estos procesos y deberían estar exentos, ya que cumplen el objetivo que subyace al AGL de fomentar el uso de materiales reciclados y mejorar la eficiencia de los recursos. En comparación, las exenciones de esquisto, pizarra y otros materiales extraídos provocan falseamientos del mercado local, ya que suponen la sustitución de materiales gravados con el impuesto por materiales que no lo están.
Observaciones recibidas de la BAA el 10 de enero de 2014
(118) La BAA sostiene que el objetivo medioambiental del AGL es hacer bascular la demanda en favor de los materiales procedentes de residuos/subproductos en contraposición con la aplicación del principio de quien contamina paga, como la Comisión presuntamente afirma en la Decisión de incoación. Este objetivo principal sugerido del principio de quien contamina paga, si de hecho fuera aplicable, comportaría un planteamiento selectivo respecto a los materiales (al sector de los áridos, pero no a otras actividades de extracción de minerales), lo que tiene como resultado inevitable una ayuda estatal. En lugar de ello, el objetivo medioambiental del AGL es promover el uso de áridos que sean subproductos de residuos de ciertos procesos o de áridos reciclados, con el fin de reducir el uso de áridos extraídos de canteras (lógica de basculamiento de la demanda).
(119) La BAA sostiene que el efecto de una posible lógica de basculamiento de la demanda del impuesto significaría, en la práctica, que el AGL se limitaría a roca, arena o grava utilizados para añadir volumen en la construcción y que, en vista de este objetivo, solo los subproductos o residuos que pudieran sustituir a los minerales extraídos deberían beneficiarse de la exención. Sin embargo, la BAA señala que esta limitación no es el principio rector de la fiscalidad del AGL, que permite gravar los materiales que no se pueden reemplazar.
(120) La BAA considera que, aun cuando las exenciones objeto de investigación se retiraran, el ámbito de aplicación del AGL no sería coherente con su lógica medioambiental, es decir, con la lógica de basculamiento de la demanda. Según la BAA, la retirada de las exenciones de los materiales de subproductos o residuos haría que el AGL estuviera menos en consonancia con su objetivo medioambiental. Por el contrario, afirma que la retirada de las exenciones de material extraído para su uso como árido, como pizarra y esquisto, estaría en consonancia con el objetivo medioambiental del AGL.
(121) La BAA considera que el hecho de que el ámbito de aplicación del AGL no corresponde al objetivo medioambiental de basculamiento de la demanda se ve respaldado por el hecho de que los subproductos o residuos de cal o piedra tallada para construcción y materiales como el balasto para ferrocarril y la piedra con un valor de CPA alto, para los que no hay sustitutos, están gravados con el impuesto.
(122) La BAA considera que el ámbito de aplicación del AGL se aleja demasiado de su lógica medioambiental. Esto se debería al hecho de que algunos de los materiales que no están gravados con el impuesto se podrían sustituir por subproductos o residuos. Pone como ejemplo la arcilla usada para ladrillos y la arcilla plástica usada para tejas.
Observaciones recibidas de la BAA el 17 de enero de 2014
(123) La BAA presentó una copia de la Cornish Building Stone and Slate Guide 2007 y observó que en esa publicación, varias canteras de granito y pizarra se anuncian como productoras de tipos de productos y piedra para construcción similares. La BAA sostiene que esta guía revela que las exenciones del AGL no son coherentes con su lógica, es decir, lograr que la demanda de materiales extraídos para su utilización como áridos bascule hacia residuos que se puedan usar como áridos.
(124) La BAA alega que hay pruebas de que la disponibilidad de exenciones para los subproductos o residuos de canteras de caolín ha fomentado la extracción de más material del necesario, simplemente para beneficiarse de las exenciones para los supuestos subproductos, es decir, granito de alta calidad. La BAA sostiene, además, que también hay indicios de que algunos explotadores de canteras de caolín concentran sus esfuerzos en la extracción de estos supuestos subproductos en lugar del material de caolín original. La BAA se refiere a un mensaje de correo electrónico de un explotador de una cantera dirigido a la BAA en el que alega que desde la introducción del AGL ha experimentado graves dificultades a la hora de competir con los áridos de las canteras de caolín, puesto que los áridos que producen son más baratos y se han adueñado del mercado. Según el correo electrónico, los áridos vendidos por las canteras de caolín son piedras de alta calidad y no un producto secundario o un subproducto. La producción del respectivo explotador de la cantera se ha reducido a la mitad y no ha logrado beneficios durante más de nueve años. Sus materiales residuales no se pueden vender.
(125) La BAA sostiene que la manera en que se aplica el AGL en el contexto de la extracción de cal plantea problemas. La extracción de cal no está sujeta al impuesto, pero sus residuos o subproductos sí lo están. Por otra parte, el AGL se aplica a la gravilla, subproductos o residuos de ciertas canteras utilizables en la fabricación de bloques prefabricados de hormigón que se podrían utilizar para sustituir la fabricación de ladrillos con arcilla no sujeta al impuesto.
Observaciones recibidas de Quarry Products Association Northern Ireland Limited (QPANI) el 8 de enero de 2014
(126) QPANI sostiene que representa aproximadamente al 95 % de las empresas que participan en el suministro de productos extraídos de canteras al sector de la construcción en Irlanda del Norte. QPANI considera que el AGL tenía un diseño imperfecto desde el principio, porque los materiales deberían haber sido gravados en función de su uso, en lugar de su geología.
(127) QPANI cree que no debería existir una exención del impuesto sobre los áridos para el esquisto y la pizarra si se utilizan como áridos. La pizarra y el esquisto se utilizan como áridos en los mercados de la construcción del Reino Unido y pueden tener importantes consecuencias sobre el mercado local cuando se suministran a los mercados de los áridos. Esto es particularmente cierto en Irlanda del Norte. Mientras que el suministro de esquisto y pizarra para su uso como áridos puede constituir materiales que son, en efecto, subproductos de la extracción para usos distintos de áridos (por ejemplo, la extracción de pizarra para la producción de pizarra para tejados), estos materiales también se extraen principalmente para su suministro a los mercados de los áridos.
(128) QPANI también cuestiona la exención de materiales que se componen principalmente de carbón, lignito, pizarra o esquisto. Según QPANI, sería más sencillo y coherente hacer una distinción sencilla entre los materiales utilizados como áridos, por un lado, y los que tienen usos distintos de áridos, por el otro. Los materiales utilizados como áridos deben estar sujetos al AGL y los materiales que se utilizan con otros fines no deben estar sujetos al impuesto.
(129) QPANI sostiene que el AGL ha causado daños al medio ambiente debido a la posibilidad de transportar materiales exentos a distancias más grandes.
(130) QPANI afirma que en Irlanda del Norte ha habido centenares de miles de toneladas de esquisto importadas de Donegal, Irlanda. El esquisto de Irlanda se vende en los mercados de la construcción en todo el territorio de Irlanda del Norte. Los proyectos de construcción a lo largo de la frontera con Irlanda han utilizado áridos exentos de Irlanda clasificados como esquisto.
(131) Asimismo, QPANI hace referencia a la piedra que se describe como esquisto y, por tanto, que se beneficia indebidamente de la exención.
Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(132) Las autoridades del Reino Unido mantienen su postura de que las exenciones y deducciones fiscales objeto de investigación no dan lugar a ayuda estatal. En particular, afirman que la distinción que se hace en el impuesto se justifica por la naturaleza o el sistema general del régimen tributario y, por lo tanto, no satisface la condición de selectividad.
(133) Las autoridades del Reino Unido reconocen la descripción de los áridos que figura en el considerando 8 de la Decisión de incoación. Además, están de acuerdo con la lógica del AGL tal como se describe en el considerando 67 de la Decisión de incoación.
(134) Las autoridades del Reino Unido mencionan que el Tribunal General observó en el apartado 55 de su sentencia de 7 de marzo de 2012 que: el principio de imposición normal que sustenta el AGL se apoya exclusivamente en el concepto de la explotación comercial en el Reino Unido de un material gravado en cuanto árido. Las autoridades del Reino Unido sostienen que, dado que el AGL no tiene como fin gravar la roca, arena o grava explotadas para su uso en procesos industriales o agrícolas, cualquier impuesto pagado por materiales utilizados para tales fines distintos de áridos es recuperable como crédito fiscal. Siguiendo la misma lógica, la roca, la arena o la grava que se extraen pero que no se explotan comercialmente (tal como se define en la legislación) quedan fuera del ámbito de aplicación del impuesto.
(135) El Reino Unido, citando la sentencia del Tribunal General, explicó que el objetivo del AGL: …consiste en esencia en promover en el sector de la construcción la utilización de áridos que constituyen subproductos o residuos derivados de ciertos procesos (áridos también denominados secundarios), o de áridos reciclados, para reducir así el empleo de los áridos extraídos en las canteras (áridos también llamados primarios), que son recursos naturales no renovables y limitar así los daños al medio ambiente que están ligados a ese proceso de extracción (en lo sucesivo, el objetivo del basculamiento de la demanda u objetivo medioambiental del AGL).
(136) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la lógica de este impuesto se estableció claramente desde el principio en la Evaluación de impacto de la legislación: El principal objetivo de la opción elegida por el Gobierno sería reducir los costes medioambientales de la extracción en canteras que se imponen a individuos y empresas en la sociedad en general y fomentar el reciclado.
(137) Las autoridades del Reino Unido afirman que el AGL trata de lograr su objetivo medioambiental de dos maneras distintas pero relacionadas entre sí. En primer lugar, la imposición del impuesto ayuda a interiorizar algunos de los daños causados por la extracción y el transporte de los áridos. Así pues, el impuesto conduce a una disminución de la demanda de áridos recién extraídos a medida que aumentan los costes. En segundo lugar, se conceden exenciones y deducciones fiscales para los residuos y los materiales reciclados con el fin de promover un basculamiento de la demanda de los áridos recién extraídos hacia esos materiales y, al mismo tiempo, no se desalienta la producción de materiales no utilizados como áridos. Con el fin de alcanzar el objetivo medioambiental del AGL, este impuesto se diseñó para garantizar que haya alternativas interesantes desde el punto de vista económico a los áridos recién extraídos gravados con el impuesto.
(138) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, con sus exenciones, el AGL tiene el objetivo de fomentar el uso de materiales reciclados o subproductos (que surjan durante un proceso cuyo objetivo no sea el de producir áridos), así como de reducir la demanda de áridos vírgenes y reducir así los daños medioambientales asociados con la extracción de áridos. Las excepciones al ámbito de aplicación del impuesto pueden clasificarse en dos categorías: áridos reciclados y subproductos de residuos inevitables. Estos últimos se pueden definir como materiales que se explotan comercialmente en el Reino Unido y se utilizan como áridos para la construcción, pero que surgen como consecuencia inevitable de un proceso que no se lleva a cabo deliberadamente para producir áridos. A su vez, estos productos se clasifican en dos categorías: a) materiales que surgen necesariamente en la extracción de un mineral no árido; o b) aquellos que surgen necesariamente en un proceso de excavación o dragado que no pretende extraer ningún material para su explotación comercial.
(139) Las autoridades del Reino Unido sostienen que los materiales que se extraen para su explotación comercial como áridos o que surgen como subproductos de un proceso que tiene la intención de producir áridos para su explotación comercial están en una situación de hecho distinta de la de los materiales exentos.
(140) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, de conformidad con las excepciones descritas más arriba, las exenciones del impuesto distinguen entre los materiales residuales que surgen como subproductos de la extracción de un mineral no árido, que están exentos, y los materiales residuales que son subproductos de la extracción de áridos (como los residuos de piedra caliza), que siguen estando sujetos al impuesto. La distinción, en su opinión, se deriva del objetivo de desalentar la extracción de piedra caliza para su uso como árido y de no desincentiva la producción de material no árido. El AGL desincentiva la extracción de áridos de roca natural a la vez que fomenta el uso de fuentes alternativas de áridos.
(141) Las autoridades del Reino Unido afirman que las exenciones del impuesto son decisivas para alcanzar el objetivo medioambiental del AGL, ya que reducen el daño causado por la extracción. Sostienen que lo que hace bascular la demanda de la extracción es la diferencia de precio entre los materiales exentos y sujetos al impuesto. Las exenciones son coherentes con el objetivo medioambiental del AGL en la medida en que el uso de materiales exentos en última instancia reduce la demanda de áridos recién extraídos y los daños medioambientales asociados con ellos.
(142) Las autoridades del Reino Unido sostienen que hay muchos ejemplos de materiales exentos que reemplazan a áridos de alta calidad. Por ejemplo, la construcción del Parque Olímpico de 2012 requirió más de un millón de toneladas de materiales áridos de relleno. Se utilizaron subproductos de la producción de caolín de Cornualles junto con áridos reciclados en lugar de áridos de alta calidad, como piedra caliza o granito recién extraídos. Los residuos de pizarra de una cantera de pizarra […] se utilizaron como fundación para tuberías en […]. Esta pizarra triturada se utilizó en lugar de otros áridos de roca triturada. Los subproductos de la pizarra de la misma cantera también se utilizaron en la construcción de […] en lugar de áridos de alta calidad.
(143) Las autoridades del Reino Unido demuestran que el número de canteras exentas no ha aumentado después de la introducción del AGL, como se muestra en el cuadro siguiente, que contiene el número de canteras activas en un determinado momento: 2001 2002 2003 2004 2005 2006 Arcilla plástica 20 20 22 18 18 18 Caolín 17 17 17 17 15 15 Piedra caliza 348 348 359 336 340 319 Rocas ígneas y metamórficas 211 211 210 204 213 199 Pizarra 43 43 44 43 40 35 Arcilla y esquisto 177 177 180 172 169 172 2007 2008 2009 2010 2011 2012 Arcilla plástica 18 18 18 18 18 18 Caolín 13 12 16 17 16 15 Piedra caliza 338 335 324 331 317 322 Rocas ígneas y metamórficas 208 203 207 195 204 191 Pizarra 36 37 32 33 33 32 Arcilla y esquisto 175 165 156 159 155 155
(144) En 2009, la roca triturada representó el 59,4 % de las ventas de áridos primarios en el Reino Unido. El resto de las ventas fue de arena y grava. La piedra caliza fue, con diferencia, la fuente más importante de áridos de roca triturada (el 66 % del total), seguida de las rocas ígneas, como el granito (24 %) y la arenisca (9 %). La piedra caliza, las rocas ígneas y la arenisca tienen otros usos, por ejemplo, como piedras para la construcción, o en el caso de la piedra caliza, como cal industrial.
(145) En 2012, una tonelada de áridos de piedra caliza se vendía a un precio entre 7,16 GBP y 11,70 GBP. Una tonelada de granito se vendía a un precio de entre 6,12 GBP y 12,82 GBP. Una tonelada de áridos de pizarra se vendía a un precio de entre 2 GBP y 8 GBP.
(146) En lo que respecta a los áridos decorativos, las autoridades del Reino Unido junto con la BAA presentaron información que demuestra que son un uso atípico de los áridos. Los que se usan en paisajismo se utilizan en pequeñas cantidades y se eligen en función de propiedades visuales como el color y la forma. Sus propiedades de construcción, como la solidez, son una consideración menor, a diferencia de otros usos como áridos. Dadas estas pequeñas cantidades, los áridos decorativos forman una pequeña parte de la demanda del mercado de los áridos en el Reino Unido.
EVALUACIÓN DE LAS OBSERVACIONES RECIBIDAS
(147) La Comisión ya había llegado a la conclusión en la Decisión de incoación de que el principio de imposición normal del AGL puede resumirse como la aplicación del impuesto a la roca, grava y arena recién o intencionadamente extraídas para ser utilizadas como áridos y sometidas a explotación comercial en el Reino Unido a partir del 1 de abril de 2002.
(148) Además de las observaciones formuladas por las autoridades del Reino Unido más arriba por lo que se refiere al principio de imposición que sustenta el AGL, la Comisión hace las siguientes observaciones.
(149) Varios terceros han observado que el AGL no trata los materiales de una manera coherente porque los subproductos de otros materiales exentos [la roca utilizada para producir piedra con una o más superficies planas (en lo sucesivo, piedra cortada), la cal, la roca con alto CPA, la roca de protección para defensas contra el mar, la roca para muros y los subproductos o residuos de la extracción de áridos primarios de alta calidad] no están exentos. Presuntamente, estarían en la misma situación de hecho y Derecho que los subproductos actualmente exentos de materiales no áridos o que los materiales con usos especiales que no están sujetos al impuesto.
(150) La Comisión planteó la pregunta en la Decisión de incoación de por qué motivo se considera justificado conceder exenciones en el caso de subproductos de arcilla plástica, caolín, carbón, lignito, esquisto y pizarra, pero no en el caso de subproductos de cal para uso agrícola y piedra tallada.
IMPOSICIÓN DE SUBPRODUCTOS DE EXTRACCIÓN DE PIEDRA TALLADA Y CAL
(151) Tras la recepción de una gran cantidad de información de terceros y de las autoridades del Reino Unido, la Comisión observa que los residuos o subproductos de la extracción de piedra tallada y cal constan del mismo tipo de roca que la piedra tallada y la cal: i) es probable que los residuos procedentes de la extracción de piedra caliza para producir cal también consten de piedra caliza, y ii) es probable que los residuos procedentes de la extracción de roca para producir piedra tallada consten en gran parte de fragmentos del mismo tipo de roca que se talla.
(152) Las exenciones del AGL distinguen entre los materiales residuales que surgen como subproductos de materiales extraídos para usos distintos de áridos (como los residuos procedentes de la extracción de caolín, arcilla plástica, carbón, lignito y pizarra), que están exentos, y los materiales residuales que son subproductos de la extracción deliberada de materiales para su uso como áridos (como los residuos de piedra caliza), que siguen estando sujetos al impuesto.
(153) Esta distinción fiscal se origina en el objetivo de desalentar la nueva extracción de piedra caliza, granito, arenisca, etc., para su uso como áridos sin afectar a la producción de materiales no utilizados como áridos.
(154) Tal como lo describen las autoridades del Reino Unido, la piedra caliza, la arenisca y el granito son los materiales más habituales extraídos para su uso como áridos. Una exención del AGL para los subproductos de piedra tallada o de piedra caliza utilizados para producir cal mantendría de hecho, como mínimo, el mismo nivel si no alentara la nueva extracción de estos materiales.
(155) Por otra parte, no hay costes (de tratamiento) adicionales relacionados con la obtención de piedra tallada y cal de los principales materiales extraídos. Esta situación es diferente, por ejemplo, de la extracción de arcilla plástica y caolín, en que la separar estos materiales de los residuos es muy costoso.
(156) Las autoridades del Reino Unido han explicado que tanto la piedra para tallar como la piedra caliza utilizada para obtener cal se extraen intencionadamente para su uso como áridos. Además, sus subproductos y residuos pueden venderse de manera independiente, incluso sin el material principal, puesto que suponen un material de buena calidad para su uso como áridos. Como prueba de ello, las autoridades del Reino Unido presentaron información sobre los precios que demuestra que, de hecho, los precios de la cal y la piedra tallada no son mucho más altos en la mayoría de los casos que los precios de sus respectivos subproductos. El coste de la piedra caliza para cal es de alrededor de 12,50 GBP a 19,50 GBP por tonelada, mientras que el precio de su subproducto es de 7,16 GBP a 11,70 GBP por tonelada. Las rocas ígneas (incluido el granito), que también se usan para producir piedra tallada, cuestan alrededor de 5,51 GBP a 12,91 GBP por tonelada, mientras que su subproducto tiene un precio aproximado de entre 6,12 GBP y 12,82 GBP por tonelada. Esto significa que, aunque no hubiera demanda de productos especializados de alta calidad, la cantera continuaría con la nueva extracción, ya que, desde el punto de vista económico, tiene sentido vender el producto recién extraído y su subproducto para su uso como áridos. No puede excluirse la posibilidad de que la exención de los subproductos, por lo tanto, fomentase nuevas extracciones yendo así en detrimento de la lógica medioambiental del AGL.
(157) Por otra parte, no hay ningún método objetivo para distinguir entre la piedra caliza como subproducto de la producción de cal para uso agrícola y la piedra caliza extraída específicamente para su uso como árido. Lo mismo es aplicable al granito y a la arenisca y a los subproductos de la piedra tallada. Por lo tanto, estos materiales recién extraídos y sus subproductos son intercambiables y, por consiguiente, el explotador de la cantera puede decidir, en función de la demanda, vender ambos para el mismo uso como áridos.
(158) Sobre la base de las consideraciones especificadas en los considerandos 151 a 157, la Comisión observa que los subproductos de la extracción de cal y piedra tallada no están en situaciones de hecho y Derecho distintas que los productos recién extraídos. Además, cualquier posible exención para los desechos derivados de la extracción de piedra caliza y roca utilizada para piedra tallada o para otros fines distintos de los áridos solo serviría para fomentar una mayor extracción de roca y piedra caliza y no contribuiría al basculamiento de la demanda.
ROCA CON ALTO CPA, ROCA DE PROTECCIÓN PARA DEFENSAS CONTRA EL MAR, ROCA PARA MUROS, ÁRIDOS PRIMARIOS DE ALTA CALIDAD Y SUS SUBPRODUCTOS O RESIDUOS
(159) Los materiales utilizados para roca con alto CPA, roca de protección, piedra para muros y áridos primarios de alta calidad representan de hecho usos especializados de los materiales respectivos o usos en que no pueden ser sustituidos por áridos reciclados o por residuos de materiales que no están sujetos al impuesto.
(160) No obstante, todos los materiales que se utilizan para roca con alto CPA, roca de protección, piedra para muros y áridos primarios de alta calidad y sus subproductos son de la misma roca. Por ejemplo, la roca de protección se produce a partir de la misma roca que la gravilla de áridos más pequeña resultante como subproducto.
(161) Por lo general, estas rocas son aptas para su uso como áridos y los explotadores de las canteras tienen la posibilidad de elegir cómo vender o explotar la roca de que se trate de acuerdo con la demanda.
(162) Por los motivos expuestos en los considerandos 151 a 157 en lo que se refiere a los subproductos de la piedra tallada y la cal, la Comisión no puede excluir la posibilidad de que una exención para la roca con alto CPA, la roca de protección para defensas contra el mar, la roca para muros, los áridos primarios de alta calidad y sus subproductos o residuos fomentaría la extracción de estos materiales para su uso como áridos.
(163) En lo que respecta al hecho de que varios interesados cuestionaran la lógica del AGL en vista del hecho de que la roca con alto CPA y la roca de protección están sujetas al impuesto, mientras que la arcilla para defensas contra inundaciones o los materiales para otros usos especializados no lo están, las autoridades del Reino Unido junto con la BAA presentaron información sobre el hecho de que los áridos con alto CPA (que mide la resistencia de un árido al pulimiento) se utilizan en una mezcla bituminosa extendida en la superficie de carreteras para dar un alto nivel de resistencia al deslizamiento. Los áridos con el CPA más alto se utilizan en lugares tales como curvas y zonas de frenado y se especifican según su CPA y coeficiente de abrasión de los áridos (CAA). Estas son propiedades inherentes a los depósitos de roca y que se refuerzan en el proceso de fabricación. Los materiales siguen siendo áridos y este uso se clasifica como de áridos a los efectos del AGL.
(164) La roca de protección se utiliza para proteger las costas del Reino Unido contra a la erosión. Los requisitos de la especificación dependen de la crudeza concreta de los entornos marinos. Las cualidades que se especifican incluyen la densidad y el coeficiente de abrasión de los áridos. Esto se clasifica como uso de árido a los efectos del AGL, ya que se utiliza para aportar resistencia y volumen.
(165) Por otra parte, el hecho de que un material utilizado para un fin determinado sea o no intercambiable no afecta a la lógica del AGL y las exenciones concedidas a otros materiales. De hecho, la Comisión observa que el AGL se aplica a una variedad de usos distintos que no son intercambiables. Sin embargo, en la medida en que tales materiales pueden y son ampliamente utilizados como áridos y en que su uso como áridos tiene sentido desde el punto de vista económico, una exención para tales materiales, incluso para ciertos usos, socavaría el objetivo del AGL.
(166) Muchos interesados señalan el hecho de que los áridos exentos reemplazan a los productos de áridos secundarios y no a los productos de calidad superior. La Comisión observa, en primer lugar, que esta consideración no arroja duda alguna sobre el hecho de que el AGL esté alcanzando su objetivo medioambiental, puesto que los materiales exentos que son subproductos inevitables de los materiales extraídos para un uso distinto de áridos están reemplazando a los áridos recién extraídos. No importa si reemplazan a áridos de alta o de baja calidad, siempre que se reduzca la nueva extracción. Por otra parte, la Comisión observa que en algunas ocasiones, los materiales exentos podrían incluso reemplazar a los áridos de alta calidad, tal como detallan las autoridades del Reino Unido en el considerando 142.
(167) La Comisión reconoce los problemas de la aplicación del AGL y sus exenciones basándose en la geología de los materiales. Sin embargo, la Comisión también observa que habría sido más difícil basar las exenciones en los usos de los materiales, ya que esto podría dar lugar a dificultades en la aplicación y dejar más margen a posibles abusos. Por otra parte, parece que las autoridades del Reino Unido han obtenido el Informe como un apoyo para la aplicación del AGL y que siguen las definiciones y las pruebas de los materiales previstos en el mismo. La misma BAA ha reconocido que las autoridades del Reino Unido utilizan a un geólogo experto para determinar los materiales producidos por las canteras.
(168) En lo que se refiere a la exclusión de la arcilla y el esquisto utilizados para productos cerámicos de la suspensión del AGL, la Comisión señala que se trata de un proceso industrial exento que ya ha sido considerado en la Decisión de incoación y que se ha determinado que no constituye una ayuda estatal.
(169) Por lo que se refiere al contenido de la Cornish Building Stone and Slate Guide 2007, presentada por la BAA, la Comisión observa que no se puede usar como fuente fidedigna de información para una visión global exhaustiva de todos los productos de una cantera. Se trata de una guía creada con fines promocionales en la que las canteras anuncian sus productos y que está dirigida al sector de la construcción. La Comisión, por lo tanto, considera que las canteras que figuran en la Cornish Building Stone and Slate Guide 2007 debieron de presentar sus productos en línea con su estrategia de marketing hacia el sector de la construcción. Las autoridades del Reino Unido mencionaron que permiten a las canteras anunciar sus productos como deseen, independientemente de la composición geológica de los materiales respectivos, y que no consideran tales descripciones promocionales como pertinentes para la calificación de los materiales a los efectos del AGL.
(170) De ello se desprende que la imposición de roca con alto CPA, roca de protección para defensas contra el mar, roca para muros, áridos primarios de alta calidad y sus subproductos o residuos se enmarca en el principio de imposición normal del AGL y que está justificada por el objetivo perseguido.
CONCLUSIÓN SOBRE LA IMPOSICIÓN NORMAL EN VIRTUD DEL AGL Y EL OBJETIVO DEL AGL
(171) La Comisión considera que las observaciones recibidas de todos los interesados no proporcionan razones para apartarse de las conclusiones que exponía en la Decisión de incoación en lo que respecta al principio de imposición normal en virtud del AGL y el objetivo del AGL.
(172) El principio de imposición normal del AGL es que la roca, grava y arena definidas como áridos con arreglo al artículo 17, apartado 1, deben estar sujetas al impuesto cuando están sometidas a la explotación comercial definida en el artículo19 en el Reino Unido a partir del 1 de abril de 2002.
(173) De conformidad con la descripción facilitada por las autoridades del Reino Unido antes de la Decisión de incoación y confirmada por los trabajos preparatorios del AGL, la Comisión constató en la Decisión de incoación que los áridos pueden describirse en general como materiales granulosos o en partículas que, debido a sus propiedades inertes físicas y químicas, son apropiados para su utilización, en su estado o añadiéndoles cemento, cal o material bituminoso, en el sector de la construcción como hormigón, pavimentos de cantos rodados, asfalto o drenajes, o como material de relleno para la construcción (uso como áridos).
(174) Todos los interesados y las autoridades del Reino Unido reconocieron el término uso como áridos en sus comunicaciones y presentaron sus observaciones en consonancia. La BAA ha presentado observaciones destinadas a demostrar que el AGL carece de lógica, ya que ciertos materiales que no cumplen esta definición están sujetos al impuesto. La Comisión ha examinado en detalle estas observaciones en los considerandos 151 a 158 y 159 a 165.
(175) Por lo tanto, en otras palabras, el principio de imposición normal del AGL es, como se ha señalado, la imposición de roca, grava o arena cuando se extraen para su uso como áridos o cuando se extraen para su explotación comercial como áridos.
(176) La descripción anterior también está en consonancia con el objetivo del AGL, a saber, lograr que la extracción de áridos sea más eficiente internalizando los costes medioambientales de esa actividad. Como también ha confirmado el Tribunal General, el objetivo del AGL es promover en el sector de la construcción la utilización de áridos que constituyen subproductos o residuos derivados de ciertos procesos (áridos también denominados secundarios), o de áridos reciclados, para reducir así el empleo de los áridos extraídos en las canteras (áridos también llamados primarios), que son recursos naturales no renovables, y, por consiguiente, limitar los daños medioambientales ligados a ese proceso de extracción (el objetivo de basculamiento de la demanda).
DIFERENCIACIÓN FISCAL
(177) Inicialmente, la Ley de Presupuestos de 2001 establece una amplia base para la imposición del AGL. El ámbito de aplicación de esta imposición se restringe posteriormente a través de exclusiones y exenciones. Además, la Ley de Presupuestos de 2001 también prevé un cierto número de deducciones fiscales. La Comisión examinará una vez más si las exclusiones, exenciones y deducciones fiscales respecto a las cuales planteó dudas en la Decisión de incoación están en consonancia con los principios de imposición normal a la luz del objetivo del AGL.
(178) Con el fin de evaluar la diferenciación fiscal en virtud del AGL, el marco de referencia/principio de imposición normal utilizado por la Comisión es la imposición del AGL en materiales que se explotan comercialmente en el Reino Unido como áridos. Tal como se ha descrito en el considerando 173, el uso como áridos está intrínsecamente vinculado a la explotación comercial de rocas, grava y arena para fines de construcción, es decir, su uso como material o apoyo en la construcción o mejora de cualquier estructura (incluidos carreteras y caminos, el trayecto en el que se hayan colocado o vayan a colocarse vías de ferrocarril y terraplenes) o su mezcla como parte del proceso de producción de mortero, hormigón, aglomerado con alquitrán, piedra para pavimentación o cualquier material de construcción similar.
(179) Además, el concepto de uso como áridos, como se ha definido anteriormente, se utiliza en el artículo 30, apartado 1, letra d), de la Ley de Presupuestos de 2001, que prevé el derecho de una persona a solicitar un crédito fiscal si el árido sujeto al AGL se elimina de manera que no constituya un uso para los fines de construcción prescritos.
(180) Si se extrae un material exento para su uso como áridos o si se somete a explotación comercial para fines de construcción según lo expuesto más arriba, deberá estar comprendido dentro de la imposición normal en virtud del AGL, ya que se trata de una situación de hecho y Derecho comparable a la de los materiales gravados con el impuesto, cuya exención solo se podría justificar a la luz del objetivo intrínseco del AGL.
(181) En cuanto a las exenciones objeto de investigación relativas a los subproductos, desechos o residuos de otros materiales o procesos, la Comisión mantendrá los criterios de evaluación utilizados en la Decisión de incoación. La Comisión tendrá en cuenta en su evaluación si los respectivos subproductos, desechos o residuos se originan necesariamente de una actividad que no esté relacionada con la extracción intencionada de materiales para su uso como áridos, es decir, de la extracción de un material que no se extraiga de manera deliberada para su uso como árido o de un proceso que no esté relacionado con la extracción de áridos. La extracción del material principal como material no árido proporciona una indicación de si la exención de los respectivos subproductos, desechos o residuos puede contribuir al objetivo subyacente del AGL.
(182) En el caso de los subproductos, desechos o residuos resultantes de la extracción de material para su uso como áridos, la Comisión evaluará si su exención puede llevar a una disminución de la nueva extracción de materiales para su uso como áridos y, por tanto, contribuir al objetivo del AGL.
(183) Los criterios de evaluación mencionados son coherentes con los principios de imposición normal del AGL para determinar si los materiales exentos se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que los materiales gravados y tienen en cuenta las consideraciones hechas por las autoridades del Reino Unido según las cuales el AGL no debe afectar a procesos que no tienen relación con la extracción para uso como áridos.
EXCLUSIÓN Y DEDUCCIÓN FISCAL PARA CIERTOS MINERALES [ARTÍCULO 18, APARTADO 2, LETRA b),, Y ARTÍCULO 30, APARTADO 1, LETRA b),, EN LA MEDIDA EN QUE SE RELACIONEN CON UN PROCESO EXENTO QUE PREVEA MATERIALES QUE SE USEN COMO ÁRIDOS
(184) En el contexto de las observaciones presentadas antes de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido habían indicado que ninguna de las sustancias exentas en virtud del artículo 18 se extrae de canteras o minas para su uso como áridos.
(185) En la medida en que tales minerales no se utilizan para proporcionar volumen en el sector de la construcción, la Comisión considera que la exclusión de esos minerales del ámbito de aplicación del AGL estaba en consonancia con sus principios de imposición normal.
(186) En el considerando 74 de la Decisión de incoación, la Comisión concluyó que, en la medida en que los minerales de que se trata no se utilicen como áridos, su exención o exclusión del AGL no da lugar a una ventaja selectiva en el sentido del artículo 107, apartado 1, del TFUE.
(187) No obstante, constató que algunos de esos minerales se extraen también en ocasiones para servir como áridos. Por ejemplo, la vermiculita y la perlita sirven para producir áridos manufacturados ligeros. Se consideró que la exclusión de estos minerales, en la medida en que se extraen para producir áridos ligeros y se utilizan como tales, no estaba en consonancia con los principios de imposición normal del AGL. Por consiguiente, no estaba claro para la Comisión por qué la extracción de esos minerales no estaría en una situación comparable con la extracción de otros áridos gravados con el impuesto.
(188) Como la Comisión carecía de la información pertinente necesaria para su evaluación, manifestó dudas de que una exención general de esos materiales, que no parece tener en cuenta su uso como áridos, esté en consonancia con los principios de imposición normal que sustentan el AGL.
(189) Las autoridades del Reino Unido facilitaron una lista de usos de cada uno de los materiales enumerados en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001 en la que se mencionaba si se usan o se podrían usar como áridos. De conformidad con esa lista, los únicos materiales que podrían utilizarse como áridos de entre los áridos que figuran en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001, son la perlita, la piedra pómez y la vermiculita.
(190) Como el resto de los materiales que figuran en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001 no se utilizan como áridos o no son susceptibles de utilizarse como áridos, no se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que los áridos gravados con el impuesto.
(191) Según las autoridades del Reino Unido, se puede encontrar perlita en Irlanda del Norte, pero su extracción terminó antes de la introducción del impuesto sobre los áridos. Sigue habiendo importaciones en el Reino Unido de este material, que es útil por sus propiedades aislantes y su peso ligero después de su tratamiento.
(192) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la perlita puede utilizarse en la producción de materiales de construcción ligeros (yesos, morteros, aislamientos, tejas) y como acondicionador de terrenos. Se expande enormemente cuando se calienta y no es, por tanto, un árido natural. La perlita se puede utilizar como árido ligero, por ejemplo, en hormigón o cemento Portland. Sin embargo, para poder ser utilizada como tal, primero debe ser objeto de una transformación física que va más allá de la simple trituración y cribado. Sus propiedades particulares también impedirían su sustitución por material reciclado o subproductos de la producción de materiales no áridos.
(193) Según las autoridades del Reino Unido, la piedra pómez no se produce de manera natural en el Reino Unido, sino que se importa. Su naturaleza celular le proporciona una baja densidad que le permite flotar en el agua. Puede utilizarse como abrasivo y en la producción de materiales de construcción ligeros. Es mucho más ligera que el material árido gravado con el impuesto.
(194) Las autoridades del Reino Unido sostienen que hay pruebas de que la piedra pómez se utiliza en el Reino Unido como árido ligero en el sector de la construcción, en la fabricación de hormigón ligero, hormigón prefabricado y bloques de hormigón. Su uso en estas circunstancias es resultado de su densidad particularmente baja. Como en el caso de la perlita y la vermiculita, sus propiedades y usos particulares impedirían su sustitución por otros materiales reciclados o subproductos de la producción de materiales no áridos.
(195) La Comisión ha examinado si la piedra pómez debería compararse con la roca con alto CPA o la roca de protección, que también son productos especializados que no pueden sustituirse por material exento. Sin embargo, la piedra pómez parece ser diferente de la roca con alto CPA y la roca de protección, porque, cuando se utiliza como árido, solo se puede utilizar en este ámbito especializado, como árido ligero. Por otro lado, los materiales utilizados para producir roca con alto CPA y la roca de protección pueden ser y son ampliamente utilizados como áridos cuando no se utilizan en estas circunstancias especializadas concretas.
(196) La vermiculita es, según las autoridades del Reino Unido, una forma de mica que, como la perlita, tiene la particularidad inusual de expandirse enormemente cuando se calienta. No se produce en el Reino Unido, a pesar de que se importa.
(197) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, como la perlita, la vermiculita puede utilizarse para el aislamiento, como árido ligero para yeso y hormigón y como acondicionador de terrenos. Sin embargo, para poder ser utilizada como tal, primero debe ser objeto de una transformación física que va más allá de la simple trituración y cribado. Sus propiedades particulares también impedirían su sustitución por material reciclado o subproductos de la producción de materiales no áridos.
(198) Según las autoridades del Reino Unido, las cantidades importadas de dichos productos son las siguientes, con los datos para la perlita y la vermiculita registrados juntos en las estadísticas de importación desde 2010: 2008 2009 2010 2011 2012 Perlita (toneladas) 45064 36315 58456 98437 66298 Vermiculita (toneladas) 29200 25515 Piedra pómez (toneladas) 2259 1668 2062 2067 1255
(199) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la piedra pómez importada tenía un coste medio de 408 GBP/tonelada en 2012, y que la vermiculita y la perlita tenían un coste medio de 128 GBP/tonelada. Estos altos precios reflejan las aplicaciones especializadas de estos minerales e indican que no se utilizarían como sustitutos de áridos extraídos en el Reino Unido.
(200) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la perlita, la vermiculita y la piedra pómez no son objeto de explotación comercial como áridos en el Reino Unido y que no se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que los áridos gravados con el impuesto en relación al objetivo medioambiental perseguido por el AGL.
(201) La Comisión considera que, dado que la perlita y la vermiculita se someten a una transformación física que va más allá de la simple trituración y cribado para utilizarse como áridos, no son comparables a los materiales gravados con el impuesto que no se someten a tales transformaciones.
(202) Las propiedades naturales de la perlita, la piedra pómez y la vermiculita las diferencian del resto de los áridos. Por otra parte, estos tres materiales no son áridos naturales, sino que sirven de áridos ligeros especializados que no pueden reemplazarse ni tampoco pueden reemplazar a otros materiales. Su precio refleja su uso especializado, así como el hecho de que no podrían sustituir a los áridos extraídos en el Reino Unido.
(203) Por otra parte, ninguno de estos materiales se extrae actualmente en el Reino Unido, ya que la extracción de la perlita terminó antes de la introducción del AGL.
(204) La Comisión no ha recibido observaciones de los interesados en lo que se refiere a estos materiales.
(205) La Comisión concluye que la perlita, la piedra pómez y la vermiculita no se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que los áridos gravados con el impuesto a la luz del objetivo del AGL.
(206) Por consiguiente, la Comisión considera que la exclusión y la deducción fiscal de ciertos minerales según se establece en el artículo 18, apartado 2, letra b), y en el artículo 30, apartado 1, letra b), de la Ley de Presupuestos de 2001 no implica una ventaja selectiva para estos materiales.
EXENCIÓN DE MATERIAL COMPUESTO ENTERAMENTE O PRINCIPALMENTE DE, O QUE FORMA PARTE DE CUALQUIER MATERIAL COMPUESTO DE CARBÓN, LIGNITO, PIZARRA O ESQUISTO [ARTÍCULO 17, APARTADO 4, LETRA a)] EN LA MEDIDA EN QUE EL MATERIAL EXENTO ESTÉ COMPUESTO ENTERAMENTE DE CARBÓN, LIGNITO, ESQUISTO O PIZARRA QUE SE UTILICE COMO ÁRIDO, O QUE ESTÉ COMPUESTO PRINCIPALMENTE DE CARBÓN, LIGNITO, ESQUISTO Y PIZARRA
(207) La Comisión observó que todos esos materiales se clasifican como roca y, por tanto, son áridos en el sentido del artículo 17, apartado 1, de la Ley de 2001.
(208) En cuanto a la pizarra y el esquisto, a menudo se tallan con una o más superficies planas. En tal caso, también se beneficiarían de una deducción del AGL en virtud del artículo 18, apartado 2, letra a) (proceso exento de tallar piedra). El crédito fiscal para los materiales a los que se aplica un proceso exento está en consonancia con los principios de imposición normal que sustentan el AGL.
(209) En el contexto de las observaciones presentadas antes de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido habían explicado que el carbón, el lignito, la pizarra o el esquisto no se extraen principalmente para su uso como áridos. La pizarra se extrae tradicionalmente para su uso como material especializado para la construcción (por ejemplo, para tejados o suelos). En algunas regiones, se fomenta su uso por tradición. El esquisto es un mineral fisionable con un alto contenido de arcilla. A medida que se agotan los depósitos de arcilla natural, el esquisto se utiliza cada vez más en la fabricación de ladrillos y azulejos. También puede ser un ingrediente en la producción de cemento. El carbón es una roca sedimentaria compuesta principalmente de carbono. El lignito tiene un contenido de carbono mucho menor que el carbón y un contenido de humedad muy elevado. Ambos se utilizan como productos energéticos.
(210) La Comisión llegó a la conclusión de que la exclusión de esos materiales cuando se utilizan para otros fines distintos de los áridos estaba en consonancia con el principio de imposición normal que sustenta el AGL.
(211) La Comisión observó que, según las pruebas presentadas por la BAA y adjuntas a su respuesta presentada al Tribunal General en el asunto T-210/02, la pizarra y el esquisto se utilizan como áridos. Eso mismo no era aplicable al carbón y el lignito.
(212) La Comisión llegó a la conclusión, en el considerando 84 de la Decisión de incoación, de que una exención general del esquisto y la pizarra, incluso cuando se utilizan como áridos o volumen para fines de construcción, no parecían estar en consonancia con los principios de imposición normal que sustentan el AGL y que no parecían ser el resultado de la naturaleza y la lógica del AGL.
(213) La Comisión también consideró en el considerando 85 de la Decisión de incoación que el argumento de que el esquisto y la pizarra no se utilizaran como áridos en la mayoría de los casos no justificaba su exención general del AGL. Es precisamente porque era difícil determinar por adelantado el uso que se daría a los materiales por lo que el Reino Unido había decidido conceder un crédito fiscal en caso de que algunos de los materiales sujetos al impuesto se utilizaran para fines industriales y agrícolas. La Comisión consideró que, en lugar de conceder directamente una exención, habría sido más apropiado ampliar la deducción fiscal también al esquisto y la pizarra.
(214) La Comisión también expresó sus dudas sobre la justificación para ampliar la exención al material que esté compuesto principalmente (es decir, en más de un 50 %) de carbón, lignito, esquisto o pizarra.
(215) La Comisión llegó a la conclusión de que una exención general de esos materiales, en especial la pizarra y el esquisto, incluso cuando se utilizan como áridos, es decir, como volumen para la construcción, no estaría en consonancia con los principios de imposición normal que sustentan el AGL.
(216) Tras la publicación de la Decisión de incoación, la Comisión recibió numerosas comunicaciones de los interesados a este respecto.
Pizarra Observaciones recibidas de la BAA el 15 de septiembre de 2014
(217) La BAA está de acuerdo con las autoridades del Reino Unido en lo que se refiere a los usos de los subproductos de la pizarra como áridos, incluido el hecho de que son una alternativa a los áridos recién extraídos en la fabricación de hormigón y en aplicaciones de ingeniería de resistencia media.
(218) La BAA alega que la pizarra, el esquisto (y la arcilla) siempre (y, por lo tanto, incluso antes de la introducción del AGL) se han utilizado como áridos cuando son aptos para el propósito específico y el material se encuentra disponible a un precio adecuado. Por ejemplo, alrededor de 230000 toneladas de árido de pizarra se utilizaron para construir la carretera de circunvalación de la A55 en Bangor en 1980/1981 y 1990/1991.
(219) La BAA, refiriéndose a una declaración realizada por la geóloga experta Dra. Rachel Hardie, sostiene que hay canteras de geología mixta donde depósitos de roca que se clasifican como arcilla o pizarra están interestratificados con otros tipos de roca. Según esa declaración, hay canteras en Escocia y en otras partes del Reino Unido donde la mayor parte de los áridos producidos están sujetos al AGL, pero donde los estratos de roca contienen una proporción de tipos de roca exentos. Los productos de estas canteras han incluido acumulaciones, entera o principalmente, de tipos de roca exentos, como esquisto o pizarra.
(220) La BAA sostiene que hay una serie de canteras de pizarra donde el material no tiene suficiente pizarrosidad para fabricar tejas para la construcción, pero donde el material aún así se califica como pizarra. La BAA ha facilitado una lista de siete canteras de pizarra sacada del Directorio de minas y canteras del British Geological Survey (BGS) de 2010 que se mencionan como lugares de extracción de piedra para uso exclusivo como áridos, como, por ejemplo, áridos para la construcción, piedra para cercos, piedra para construcción sin tallar y canteras que producen solo una pequeña cantidad de piedra tallada para construcción. La BAA sostiene que estas canteras no son distintas de las canteras de granito o arenisca que también producen piedra para construcción. Los productos de ambos tipos de canteras son de la misma naturaleza y, sin embargo, las canteras de pizarra están exentas, mientras que las otras no lo están.
(221) En cuanto a la naturaleza de las canteras que explotan roca gravada con el impuesto, como el granito, la BAA sostiene que las canteras de roca venden cantidades variables de bloques de piedra sin tallar. Afirman que, si la cantera tiene una piedra con una estructura natural en bloque y que es fácil de recortar, probablemente venderá una cantidad de este producto, según la demanda del mercado local (por ejemplo, residencial, centros de jardinería) y el color de los bloques de piedra extraídos.
(222) La BAA facilitó información sobre ventas de pizarra y proporción de las ventas de tejas y de relleno para otros usos, es decir, usos como áridos. La BAA también facilitó información sobre canteras de piedra caliza. Estos datos demuestran que las ventas de cal agrícola sobrepasan en gran medida las ventas de los subproductos usados como áridos. En 2013, la relación era de 4,2:1. La BAA sostiene que esta relación puede explicarse por el hecho de que el AGL ha hecho que la venta de subproductos de piedra caliza no sea competitiva. La BAA facilitó los precios de venta de la cal agrícola de una cantera (el precio franco fábrica para exportación varía entre 5,02 GBP y 5,95 GBP por tonelada) y de subproductos usados como áridos (de 5 GBP a 8,5 GBP por tonelada, lo que incluye el AGL). La BAA también facilitó los precios de otra cantera para los polvos de carbonato cálcico de alta pureza (de 25 GBP a 55 GBP por tonelada franco fábrica y hasta 1000 GBP por tonelada para ciertos productos especializados), para la piedra caliza de calidad utilizada en la fabricación de vidrio (23 GBP por tonelada franco fábrica), para la cal agrícola (11 GBP por tonelada) y para los materiales de residuos/subproductos (de 2 GBP a 7,5 GBP por tonelada sin incluir el AGL).
(223) La BAA sostiene que los precios de la pizarra presentados inicialmente por las autoridades del Reino Unido son demasiado altos y no reflejan el valor de mercado. Afirma que los precios de los subproductos de la pizarra han bajado de 6 GBP a 3 GBP. El precio de la pizarra para tejas importada en 2010 habría sido de 390 GBP por tonelada y el precio de la pizarra para tejas exportada, de 618 GBP por tonelada.
Observaciones recibidas de Welsh Slate Ltd. (Welsh Slate) el 20 de diciembre de 2013
(224) En la actualidad, el Reino Unido produce menos del 10 % de la demanda de pizarra natural para tejados en el Reino Unido.
(225) La actividad principal de Welsh Slate es la fabricación y venta de pizarra para tejados. La empresa afirma que la pizarra para tejados representa alrededor del 65 % de sus ingresos, mientras que la pizarra triturada solo representa el 30 %, y el resto está compuesto por productos arquitectónicos y otros productos. Es necesario extraer pizarra triturada en canteras para acceder al material para la pizarra para tejados. Los subproductos resultantes de la extracción de pizarra para tejados representan un porcentaje considerable de la producción (en la actualidad, el 95 % de todo el material extraído).
(226) Según Welsh Slate, la pizarra triturada se produce de las siguientes fuentes: residuos de la cantera (31 %), residuos de los separadores (12 %), vertederos históricos (31 %) y perforación y voladura (27 %). Sostiene que el coste de producción de áridos de pizarra es mayor que los costes de una cantera de áridos típica. El coste de producción de los productos áridos tipo, que excluye los costes adicionales específicos de la empresa, asciende a […] GBP-[…] GBP por tonelada, lo que significa que el impuesto […] el coste. Los áridos se venden actualmente a precios que oscilan entre […] GBP y […] GBP por tonelada. La pizarra para tejados se vende a un precio medio de […] GBP por tonelada, mientras que el valor superior de la pizarra para tejados asciende a más de […] GBP por tonelada.
Observaciones recibidas de la BAA el 10 de enero de 2014
(227) La BAA presentó la Cornish Building Stone and Slate Guide 2007, elaborada por el Consejo del Condado de Cornualles. Contiene información acerca de una serie de canteras que producen materiales para la construcción, incluidas canteras de pizarra.
Observaciones recibidas de la Mineral Products Association el 2 de enero de 2014
(228) Según la Mineral Products Association, la pizarra y el esquisto se utilizan como áridos en el Reino Unido. Mientras que la pizarra y el esquisto suministrados para su uso como áridos pueden ser materiales que son subproductos de la extracción para usos distintos de los áridos, por ejemplo, la extracción de pizarra para la producción de pizarra para tejados, estos materiales se extraen también principalmente para el abastecimiento de los mercados de los áridos.
Observaciones recibidas de Lantoom Quarry el 16 de enero de 2014
(229) Lantoom Quarry sostiene que el Condado de Cornualles tiene grandes cantidades de subproductos de áridos derivados de las industrias de pizarra y caolín. Actualmente hay un gran excedente de estos materiales, aunque están exentos del AGL. Los mercados son muy sensibles a los precios y no podría repercutirse ningún aumento del precio en los clientes.
(230) Según la información que ha facilitado, el tipo de áridos por el cual Lantoom Quarry tendría que pagar el impuesto en el caso de que se concluya que la exención es ayuda estatal incompatible tendría actualmente un precio de 2 GBP por tonelada (el precio franco fábrica varía entre 1,5 GBP y 3 GBP). Esto significa que el impuesto duplicaría el precio.
(231) Lantoom Quarry afirma que la exención del AGL ha sido útil para estimular el mercado para los áridos compuestos de los materiales exentos. Afirma que los residuos pueden suponer hasta un 75 % de los minerales extraídos. Los subproductos de los áridos de pizarra de la cantera se venden solo dentro de un radio de unos 48 km de la cantera.
(232) Según Lantoom Quarry, la pizarra no es un material demasiado bueno para su uso como árido, ya que es más blanda y no se puede utilizar para elaborar hormigón o bitmac.
Observaciones recibidas de Burlington Slate Limited (BSL) el 10 de enero de 2014
(233) La actividad principal de BSL es la fabricación de productos dimensionales de pizarra, como productos para tejados, revestimientos, suelos, pavimentos y arquitectónicos.
(234) BSL considera que las exenciones de la pizarra no constituyen ayuda estatal, puesto que están justificadas y son totalmente coherentes con la naturaleza y la lógica de los objetivos medioambientales del AGL. La pizarra no se extrae tradicionalmente para utilizarse como árido, sino que se extrae para su uso como material de construcción en tejados, revestimientos, suelos y pavimentos, y se utiliza a menudo por motivos de tradición en la conservación de edificios históricos en el Reino Unido.
(235) BSL sostiene que los desechos de pizarra se encuentran en una situación de hecho diferente en comparación con los áridos recién extraídos específicamente para su uso como áridos, porque los áridos resultantes de la extracción de la pizarra son un subproducto necesario e inevitable de los procesos por los cuales se producen productos dimensionales de pizarra.
(236) BSL considera que las exenciones actúan como incentivo para que las canteras de pizarra reciclen materiales residuales como áridos. Si las canteras de pizarra dejaran de reciclar los residuos como áridos, se desecharían más residuos y desechos de la extracción de pizarra en los vertederos o las escombreras.
(237) Según BSL, el proceso de extracción de pizarra es muy caro a causa de la profundidad física a la que se debe excavar, las formaciones geológicas desfavorables que a veces se encuentran y los aspectos de ingeniería y geotécnicos del diseño de la cantera necesarios para garantizar la estabilidad del frente a fin de mantener un entorno de trabajo seguro. La pizarra se retira de la cantera en losas que van desde aproximadamente 1 metro × 0,5 metros a 3,5 metros × 1,5 metros, con pesos normales de 500 kg a 12 toneladas por pieza. El tratamiento que se lleva a cabo dependerá de la naturaleza del producto: tejas, revestimientos, suelos o productos arquitectónicos. Implicará, en general, el corte inicial seguido de la separación, la aplicación de un acabado, otras actividades de corte o conformado. Alrededor del 50 % de las ventas de BSL de productos arquitectónicos de pizarra se exportan desde el Reino Unido.
(238) BSL demuestra que en cada etapa del proceso, los residuos y desechos de pizarra son subproductos inevitables. BSL estima que solo alrededor del 4 % del material extraído se transforma en productos dimensionales acabados (que normalmente se utilizan para tejados, pavimentos o suelos), lo que significa que el 96 % son residuos. El reciclaje de los residuos y desechos de pizarra en áridos reduce la cantidad de material residual que BSL tendría que enviar a vertederos o a la escombrera de la cantera. El reciclaje de parte de los residuos y desechos de pizarra ayuda a contrarrestar algunos de los costes de la extracción de pizarra, pero esas ventas no son más que adicionales a la actividad principal de extracción de pizarra para la producción y venta de productos de pizarra dimensionales.
(239) Según BSL, una cantera de pizarra no tiene incentivos para extraer solo áridos, ya que el coste de la extracción es mucho mayor y el proceso es mucho más complicado (en el sentido de la ingeniería) que en una cantera de áridos típica (que es una cantera a cielo abierto) y no tendría sentido comercialmente explotar la cantera si el único material extraído se utilizara como árido.
(240) Según la información facilitada, BSL ha obtenido licencia de obras sobre la base de que extrae piedra como fuente de materiales de construcción locales propios de la zona. Sería muy improbable que se aprobara una solicitud para extraer solo áridos de sus canteras, debido a su ubicación dentro o cerca del Parque Nacional del Distrito de los Lagos.
(241) Según BSL, la exención de los áridos para las canteras de pizarra no ha hecho que extraiga más áridos de pizarra.
(242) BSL también explota dos canteras de piedra caliza. Sostiene que los desechos de la extracción de pizarra pueden distinguirse de los materiales resultantes de la extracción de piedra caliza para producir cal porque, a diferencia de la pizarra, la piedra caliza se extrae principalmente como materia prima para su uso como árido para construcción y no resulta económico hacer otra cosa aparte de extraer piedra caliza de la superficie, mientras que la pizarra es una roca sedimentaria que exige una excavación más profunda. La piedra caliza es más parecida a los tipos de áridos no exentos extraídos estrictamente para su uso como áridos que a la pizarra. Según BSL, solo hay una cantidad muy limitada de minas donde la calidad de la piedra caliza pueda ser tal que valga la pena extraerla para piedras dimensionales (por ejemplo, adoquines).
Observaciones recibidas de Eunomia Research and Consulting Ltd. (Eunomia) el 17 de enero de 2014
(243) Las observaciones de Eunomia se han enviado en nombre de un consorcio de productores de áridos secundarios del Reino Unido (pizarra, residuos de minas de carbón y cenizas de fondo de incineradoras).
(244) La generación de material adecuado solo para su uso como árido es una parte inevitable del proceso de extracción de pizarra para tejados u otros procesos de alto valor. El precio obtenido cuando se usa como árido es mucho menor y por sí solo no sería incentivo suficiente para realizar la extracción. Welsh Slate indica que la pizarra para tejados se vende a una media de […] GBP por tonelada, con un valor superior de […] GBP por tonelada. Por el contrario, los áridos secundarios se venden por un precio de entre […] GBP por tonelada y […] GBP por tonelada. En consecuencia, la exención no ha dado lugar a un aumento en la cantidad de extracción primaria llevada a cabo, ni se fomenta la extracción debido a la existencia de la exención.
(245) La existencia de escombreras para residuos de pizarra creadas antes de la introducción del AGL evitaría la necesidad de realizar extracciones adicionales de pizarra para su uso como áridos.
(246) Eunomia considera que, si se cancelara la exención para la pizarra, el AGL […] los costes de producción posteriores a la extracción de áridos de pizarra, que ascienden a […] GBP-[…] GBP.
Observaciones recibidas de Wincilate Ltd (Wincilate) el 7 de enero de 2014
(247) Wincilate es una cantera de pizarra que respalda la exención de la pizarra del AGL. La cantera especifica que, además de sus actividades regulares, tritura la pizarra de escombreras de pizarra formadas hace más de 100 años. Considera que la exención sigue siendo necesaria para reducir las escombreras de residuos y para sustituir la extracción de áridos primarios.
Observaciones recibidas de Torrington Stone el 17 de enero de 2014
(248) Según Torrington Stone, una de sus canteras, que tiene como producto principal la gravilla gravada con el impuesto, ofrece productos naturales de piedra, como piedra para muros, piedra para cercos y piedra para gaviones. Esta gravilla sujeta al impuesto compite directamente con las canteras de pizarra que ofrecen exactamente los mismos productos. La piedra para muros se selecciona a mano y no se talla en la cantera, por lo que no puede beneficiarse de una exención del AGL. El cantero talla la piedra en la cantera, pero el AGL ya se habría pagado.
(249) Torrington Stone sostiene que, por otro lado, la pizarra tiene una forma natural irregular y tiene que tallarse (aserrarse) para poder aprovecharse, aunque solo sea como fundación.
Observaciones recibidas de Berwyn Slate el 9 de enero de 2014
(250) La cantera Berwyn Slate produce losas de pizarra acabadas que crean material residual como subproducto. Históricamente, desde que se inició la extracción de pizarra hace 200 a 300 años, estos residuos se han depositado en una escombrera cerca de la cantera. Según la información facilitada, la cantera está planeando transformar los residuos en áridos que puedan venderse. La cancelación del AGL impediría la puesta en práctica de esos planes.
Observaciones recibidas de Mineral Products Association Ltd el 2 de enero de 2014
(251) La Mineral Products Association afirma que la exención no debería aplicarse a los materiales que consisten principalmente en carbón, lignito, pizarra y esquisto si dichos materiales se usan en los mercados de los áridos o para fines de áridos.
Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(252) Las autoridades del Reino Unido señalaron el hecho de que el Tribunal General, en su sentencia de 7 de marzo de 2012, en el asunto T-210/02 RENV, sostiene que materiales tales como la arcilla, la pizarra y el esquisto satisfacen, en principio, el principio de imposición normal del impuesto en el sentido de que constituyen áridos en el sentido de la Ley de Presupuestos de 2001 (artículo 71) y comoquiera que esos áridos se utilizan y explotan comercialmente como tales, se encuentran en una situación comparable a la de otros áridos alternativos gravados con el impuesto (artículo 72). Según las autoridades del Reino Unido, el Tribunal General dejó bien claro que la potencial inclusión de dichos materiales en el ámbito de aplicación del impuesto solo depende de su explotación efectiva y comprobada como áridos.
(253) Las autoridades del Reino Unido sostienen que no hay pruebas claras, incluida la información facilitada por la BAA durante el proceso judicial, que demuestren que la pizarra, el esquisto, el carbón o el lignito se extraigan intencionadamente para su uso como áridos en el Reino Unido.
(254) En lo que respecta a la pizarra, las autoridades del Reino Unido afirman que la pizarra es una roca que se puede separar en láminas finas. Se utiliza principalmente para tejados, pero también como revestimiento decorativo y como piedra monumental. Se produce en el norte de Gales, el Distrito de los Lagos, Devon y Cornualles.
(255) Según las autoridades del Reino Unido, la pizarra está exenta del AGL porque se extrae pizarra de alta calidad para su uso en tejados y suelos y por sus propiedades decorativas en lugar de para su uso como árido. Esto pueden incluir pizarra para tejados, moblaje, productos arquitectónicos (alféizares y albardillas, superficies de trabajo de baños y cocinas, mostradores, faldones para chimeneas, hogares, revestimientos, letreros de viviendas, lápidas y otras placas conmemorativas y baldosas) y adornos (en lo sucesivo también denominados colectivamente productos arquitectónicos especializados). Sin embargo, los restos y gravilla de pizarra resultantes de la extracción y el moldeado de la pizarra de alta calidad pueden ser sustituidos por áridos recién extraídos. Por lo tanto, las exenciones también fomentan el uso de restos de residuos de pizarra y cualquier otro subproducto asociado, lo que proporciona un beneficio medioambiental neto al reducir los daños medioambientales que generaría la extracción adicional de áridos.
(256) Según las autoridades del Reino Unido, las canteras que ofrecen áridos de pizarra y restos de pizarra para su venta y uso como áridos destacan en su publicidad sus productos de pizarra de alta calidad, como pizarra para tejados, encimeras, chimeneas, suelos y placas conmemorativas, que son claramente el objetivo de las actividades de extracción.
(257) Las autoridades del Reino Unido afirman que la pizarra no es muy adecuada para su uso como árido, ya que tiende a adoptar formas planas desiguales y fragmentadas en lugar de las formas cuboides que se prefieren en la mayoría de aplicaciones de los áridos. La pizarra de alta calidad no se utiliza como árido porque sus propiedades físicas y/o químicas hacen que no sea apta, y se vende con fines de mayor valor.
(258) Las autoridades del Reino Unido calculan que cada tonelada de pizarra extraída produce un 95 % de gravilla residual y aproximadamente un 5 % de pizarra apta para usos de alta calidad, como tejas o revestimientos. Gran parte de la roca en la que se produce pizarra de alta calidad posee una pizarrosidad más imperfecta, lo que la hace inadecuada para su troceo en pizarras finas. La producción de pizarras idénticas cortadas y troceadas a partir de material de alta calidad también genera grandes cantidades de restos. A consecuencia de ello, históricamente se han asociado grandes escombreras de residuos de pizarra formadas de restos de pizarra con los sitios donde se ha tratado la pizarra. Las autoridades del Reino Unido facilitan información de estudios en este sentido. También destacan el hecho de que la producción de residuos de pizarra aún supera el mercado para el mineral como árido y que todavía se forman depósitos de residuos de pizarra. La producción de pizarra ha disminuido desde el año 2000 a consecuencia de la reducción de la producción de pizarra para tejados. Desde la suspensión del AGL en abril de 2014, los productores de pizarra han observado una disminución de la demanda de residuos de pizarra y se ha añadido más material a los depósitos de residuos.
(259) Según las autoridades del Reino Unido, los subproductos de pizarra pueden utilizarse como áridos de baja calidad para materia de relleno y como áridos decorativos, y con una selección y una trituración cuidadosas pueden cumplir los requisitos básicos de la construcción de carreteras.. Aunque los residuos de pizarra no son tan resistentes como otros áridos, tienen un rendimiento adecuado en este papel básico y, por lo tanto, resultan adecuados como alternativa a los áridos recién extraídos en la fabricación de hormigón y aplicaciones de ingeniería de resistencia media. Algunos residuos de pizarra también se trituran para formar polvos y gránulos para uso industrial en la fabricación de fieltros para tejados y pinturas bituminosas. Por medio de la exención de la pizarra, el impuesto fomenta el uso de esos restos de residuos de pizarra, lo que reduce el daño a los hábitats naturales y el daño visual causado por los montones de desechos. Esto fomentaría proyectos como la circunvalación de la A55 en Bangor que citó la BAA.
(260) Según las autoridades del Reino Unido, desde la suspensión de ciertas exenciones del impuesto en abril de 2014, […] se han visto obligados a vender sus residuos de pizarra con pérdidas del 3 %, lo cual demuestra que sin la exención no existiría mercado para los residuos de pizarra.
(261) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, pese a que solo el 5 % del material extraído de las canteras de pizarra es material de alta calidad, el valor relativo de las láminas de pizarra de tamaño adecuado que se venden como tejas y baldosas o para revestimientos y otros fines decorativos justifica su extracción. La pizarra de alta calidad se vende a un precio que oscila entre 727 GBP y 1076 GBP por tonelada. Las autoridades del Reino Unido han facilitado el precio de los productos de pizarra de un productor de pizarra, que son los siguientes (GBP/tonelada): Año 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 […] para tejados […] […] […] […] […] […] […] […] Arquitectónica […] […] […] […] […] […] […] […] Las autoridades del Reino Unido afirman que otro productor de pizarra vendía pizarra para tejados a un precio aproximado de 700 GBP por tonelada. Sus productos arquitectónicos de pizarra se venden como sigue: Año 2008 2009 2010 2011 2012 2013 GBP por metro cuadrado […] […] […] […] […] […]
(262) Según las autoridades del Reino Unido, el coste de producción de subproductos de pizarra asciende a 5,7 GBP-6,5 GBP por tonelada. Sin embargo, los precios de venta han variado a lo largo de los años de un máximo de 7,36 GBP por tonelada hasta el precio mínimo de 4,10 GBP por tonelada. Otro productor vendía áridos de pizarra para la construcción en una horquilla de 4,40 a 6,42 GBP. El alto valor de la pizarra de buena calidad hace que sea el objetivo de la actividad en las ubicaciones en las que hay depósitos de pizarra. Sería irracional desde el punto de vista económico que un explotador extrajera pizarra con la intención de venderla para su uso como árido, en lugar de como medio para obtener pizarra de alta calidad.
(263) Las autoridades del Reino Unido facilitaron datos extraídos de la información financiera de los productores de pizarra que demuestran que los ingresos obtenidos de los productos arquitectónicos hacen que sean los productos principales de esas empresas. En términos de ingresos, la proporción entre pizarra para tejados y áridos ha variado a lo largo de los años entre 2,54 y 3,52.
(264) En lo que se refiere a la información sobre los precios de la pizarra presentada por la BAA, en la que se utilizaron datos de precios para las importaciones, las autoridades del Reino Unido demuestran que los productos arquitectónicos de pizarra del Reino Unido y los productos arquitectónicos de pizarra importados son diferentes y compiten en mercados distintos que los productos importados. Por lo tanto, los datos de precios de las importaciones no serían exactos para una comparación de precios.
(265) Las autoridades del Reino Unido afirman que la pizarra decorativa se produce como subproducto de la extracción de pizarra de alta calidad. Se vende por alrededor de 15 GBP por tonelada. Aunque este precio es más alto que el precio de venta de relleno para construcción, tal como se muestra más arriba, sigue siendo mucho más bajo que el precio de la pizarra para tejados (en más de 200 GBP por tonelada). El precio de la pizarra decorativa es comparable al de otros áridos decorativos disponibles a través de minoristas en el Reino Unido. La lógica medioambiental de la exención de la pizarra sigue siendo válida, puesto que la pizarra decorativa es el resultado inevitable de la producción de pizarra de alta calidad, mientras que el mercado decorativo es un mercado de alta calidad para los productores de piedra caliza o granito.
(266) Las autoridades del Reino Unido sostienen que es coherente con el objetivo medioambiental del AGL que la pizarra y los subproductos de la pizarra queden exentos del impuesto con el fin de fomentar el uso de subproductos de residuos alternativos como sustitutos de los áridos recién extraídos.
(267) Las autoridades del Reino Unido afirman que, del mismo modo que el esquisto, parece que la pizarra se puede encontrar en asociación con una serie de otros tipos de roca. A menudo se encuentra interestratificada con arenisca y/o piedra caliza. El término principalmente tiene la intención de permitir compuestos que, en su mayoría pero no enteramente, contengan el material exento, puesto que es así como se producen de forma natural. Cuando los compuestos contienen principalmente esquisto o pizarra, sus propiedades físicas hacen que sean menos adecuados para su uso como áridos que si se componen principalmente de materiales cuyo uso como áridos es más probable.
(268) El Reino Unido calcula que se producían alrededor de 6,33 millones de toneladas de restos de residuos de pizarra anualmente y que las reservas históricas útiles ascendían a unos 277 millones de toneladas. De estas, solo se habían vendido 0,66 millones de toneladas para su uso como áridos antes de la introducción del AGL. El resto se utilizaba como relleno o se abandonaba para formar montones de residuos.
(269) Las autoridades del Reino Unido afirman que la exención de los subproductos de pizarra no fomenta una mayor extracción de pizarra, dado que los explotadores de las canteras de pizarra tienen ya dificultades para encontrar un mercado para el producto residual exento que surge de sus actividades extractivas existentes. Afirman que el número total de canteras o explotaciones de pizarra apenas ha variado desde la introducción del impuesto sobre los áridos (50 en 2000 y 49 en 2010).
(270) El Reino Unido considera que los restos de residuos de pizarra se tratan correctamente como subproducto inevitable de un proceso de extracción que no se lleva a cabo para producir áridos sino para obtener pizarra de alta calidad para su uso como tejas, revestimientos y otros productos valiosos.
(271) Las autoridades del Reino Unido afirman que los subproductos de la producción de pizarra tallada no pueden distinguirse de la pizarra producida intencionadamente como árido.
(272) Las autoridades del Reino Unido impugnan las alegaciones presentadas por la BAA durante el proceso judicial en T-210/02 RENV y en la información que han facilitado a la comisión a la Comisión según la cual habría canteras de pizarra que explotan la pizarra únicamente con el fin de obtener áridos. Después de investigar todos los nombres de canteras facilitados por la BAA durante el proceso judicial, las autoridades del Reino Unido mantienen esta conclusión. Por otra parte, las autoridades del Reino Unido han expresado dudas sobre las pruebas presentadas, ya que algunas canteras se mencionan tanto como productoras de pizarra para tejados como explotadoras de pizarra principalmente para obtener áridos.
(273) En lo que respecta a la BGS, las autoridades del Reino Unido afirman que los datos se basan en la autodescripción de los materiales producidos por las canteras y sus usos finales. Señalan que las canteras pueden describir un material de una manera distinta a cómo se clasificaría a los efectos del AGL y que los materiales producidos por una cantera pueden cambiar con el tiempo. Los datos son, por lo tanto, la lista más precisa de canteras en el Reino Unido y de los usos finales de materiales existente, pero no es posible afirmar que contengan una relación absolutamente exacta de las canteras del Reino Unido y de los usos concretos de los materiales extraídos. Las autoridades del Reino Unido sostienen que los datos son también antiguos y que son conscientes de que algunas de las canteras incluidas en la lista han dejado de estar activas. Las autoridades del Reino Unido también alegan que la lista contiene las empresas que pueden tener una licencia de obras válida para la explotación, pero que de hecho no han actuado nunca ni actúan como canteras.
(274) Las autoridades del Reino Unido demostraron que, de la lista total de canteras presentada por la BAA como productoras de pizarra, esquisto y arcilla únicamente para su uso como áridos, se sabe que ocho canteras nunca han explotado áridos, que realizan otras actividades no sujetas al AGL o que están inactivas desde antes de la introducción del AGL. Algunas de estas canteras se han utilizado como vertederos.
(275) Por otra parte, las autoridades del Reino Unido demuestran que han utilizado las definiciones dadas por el Informe elaborado en el año 2003 específicamente para ayudar a las autoridades fiscales a la hora de aplicar el AGL. El criterio objetivo que utilizan las autoridades del Reino Unido para distinguir entre tipos de roca estrechamente relacionados requiere que material clasificado como pizarra se separe solamente con un cincel en laminillas y baldosas afiladas. En caso de que el material carezca de esta pizarrosidad, no se trata como pizarra a los efectos del AGL, es decir, no está exento. Los materiales como el material al que se refiere la BAA se clasificarían como arcilla esquistosa y estarían sujetos al impuesto.
(276) Las autoridades del Reino Unido tomaron nota de las comunicaciones de varios interesados en lo que respecta a la posible falsedad de declarar pizarra productos de una cantera en concreto. Las autoridades del Reino Unido sostienen que, si el material cumple el criterio que utilizan para determinar la existencia de pizarra separada con un cincel, es que ha sido correctamente clasificado como pizarra a los efectos del AGL. Sin embargo, las autoridades del Reino Unido señalan que los productos que se suelen obtener de la pizarra que se separa con un cincel aparecen como importados en el sitio web de la cantera. La geología del material de esta cantera todavía no ha sido verificada por las autoridades fiscales del Reino Unido (Her Majesty's Revenue and Customs o HMRC).
(277) Dado que el régimen de ejecución de HMRC aplica un planteamiento basado en el riesgo y actúa sobre la base de información que indica que una cantera podría no estar cumpliendo el régimen tributario, las autoridades del Reino Unido se comprometieron a investigar este y otros casos en que las investigaciones realizadas como resultado de la obtención de pruebas para la Comisión causen preocupación por la clasificación incorrecta de los materiales. HMRC se encargó de solicitar o tomar muestras geológicas de esas canteras. Si se demostrara que el material no es pizarra, se cobraría el impuesto por el material extraído y se podría aplicar también una multa por la descripción falsa del material.
(278) Asimismo, las autoridades del Reino Unido demuestran que al comercializar la roca para su venta, las canteras pueden optar por utilizar una descripción que no se corresponde con la prueba objetiva utilizada por HMRC a los efectos del impuesto.
(279) Las autoridades del Reino Unido han examinado registros tributarios confidenciales e información pública relativos a cada una de las canteras que la BAA alega que producían pizarra exclusivamente para su uso como áridos o que supuestamente habían clasificado falsamente sus productos como pizarra para beneficiarse de las exenciones. Los resultados del examen se presentaron a la Comisión y demostraron que puede haber algunos problemas de ejecución en lo que se refiere a una cantera. Las autoridades del Reino Unido emprendieron una investigación para comprobar qué materiales produce esta en realidad y si se habían clasificado correctamente como pizarra. Sin embargo, en lo que se refiere al resto de las canteras que se consideró que estaban o que habían estado activas, no se encontraron indicios de que extrajeran deliberadamente pizarra para su uso como áridos.
(280) Cabe mencionar que en el examen de la información presentada por las autoridades del Reino Unido, la Comisión tuvo en cuenta el hecho de que los productos arquitectónicos especializados de pizarra se tallan a medida. Por lo tanto, la Comisión consideró que las canteras de pizarra donde la piedra tallada aparece como el principal producto, producen productos arquitectónicos especializados (y por lo tanto no áridos), principalmente porque los áridos de pizarra se obtienen mediante la trituración.
(281) Las autoridades del Reino Unido han aportado datos estadísticos en apoyo de su opinión de que la pizarra no ha desplazado las ventas de áridos secundarios y que, mientras que la demanda de roca triturada de alta calidad y arena y grava de alta calidad ha disminuido en el período durante el cual ha estado vigente el impuesto sobre los áridos, las ventas de pizarra, arcilla y esquisto para la construcción no han aumentado en el mismo orden de magnitud. Supuestamente, la proporción de las ventas de las primeras está en consonancia con la disminución de la demanda. Las autoridades del Reino Unido concluyen que la pizarra, la arcilla y el esquisto no han sustituido a gran escala la roca triturada, la arena o la grava de alta calidad.
Esquisto Observaciones recibidas de la BAA el 15 de septiembre de 2014
(282) La BAA afirma que el esquisto se puede utilizar como árido, es decir, para su uso como árido de baja calidad, como también demuestra el Informe. El esquisto, la arcilla y la arcilla esquistosa pueden producirse como recubrimiento en los depósitos de roca triturada y pueden venderse como relleno de baja calidad.
(283) Según la BAA, el esquisto y la arcilla pueden utilizarse para usos concretos para los que otras rocas no están disponibles o están menos disponibles, como el recubrimiento y la impermeabilización superficial de vertederos y el recubrimiento de estanques y canales. Afirma que representan usos de la arcilla y el esquisto como áridos de la misma manera que el uso de materiales para drenaje y defensas contra el mar representa un uso como áridos. La BAA argumenta que, si bien el esquisto se extrae como subproducto de la arcilla y el carbón, también hay zonas muy extensas en el Reino Unido donde se encuentra esquisto más duro y maduro interestratificado con arenisca.
(284) La BAA sostiene que la variedad más dura de esquisto, parecida a la roca dura, siempre se ha utilizado como árido, incluso antes de la introducción del AGL. La BAA facilitó el ejemplo de una cantera de esquisto que ha estado en funcionamiento desde 1981 y en la que se produce piedra para construcción y muros, rocalla de jardín y piedra de enlosado irregular.
(285) La BAA presentó una lista de 20 canteras de arcilla y esquisto extraída de Directorio de minas y canteras de la BGS de 2010 que supuestamente solo explotan materiales para su uso como áridos.
(286) Alega que algunas canteras clasificadas como canteras de arenisca en el Directorio de minas y canteras de la BGS se benefician de hecho de una exención del AGL sobre la base de que en realidad son canteras de esquisto que forman parte de los bancos de esquisto de Caithness en Escocia.
(287) La BAA sostiene que hay muchas canteras de geología mixta que incluyen esquisto, que se benefician de la exención del material que consiste principalmente en esquisto, ya que el esquisto se da ampliamente en el Reino Unido y a menudo está interestratificado con otras rocas. La BAA facilita el ejemplo de una cantera exclusivamente de áridos que se beneficia de la exención de esta manera.
(288) La BAA alega que las autoridades del Reino Unido tienen información en lo que respecta a los nombres de las canteras que estaban exentas del AGL sobre la base de que eran entera o principalmente de pizarra o esquisto. Sin embargo, la BAA no pudo facilitar esta información por motivos de confidencialidad.
Observaciones recibidas de Robert Durward de la BAA el 17 de enero de 2014
(289) La BAA alega que no se puede considerar que la arcilla y el esquisto para productos cerámicos y el yeso se encuentren en una situación diferente de los materiales gravados con el AGL en relación a su finalidad medioambiental. Afirma que estos materiales son comparables a la roca, la arena o la grava extraídas para su uso en la construcción, ya que se han extraído para la construcción, y que la arcilla y el esquisto son rocas. Supuestamente, se utilizan grandes volúmenes de arcilla y esquisto para fabricar productos cerámicos para la construcción. La extracción de arcilla utilizada para la producción de ladrillos podría reducirse mediante el uso de productos de hormigón para la construcción que pueden producirse con residuos o subproductos de canteras que a menudo están gravados con el impuesto. Según la BAA, la no imposición de la arcilla y el esquisto utilizados en productos cerámicos para la construcción socava el AGL.
Observaciones recibidas de Torrington Stone el 17 de enero de 2014
(290) Según Torrington Stone una de sus canteras produce esquisto como un subproducto de la gravilla. Es de buena calidad y se puede utilizar para relleno masivo. Otra de sus canteras produce esquisto como producto principal y arenisca como producto secundario, que está sujeto al impuesto. Torrington Stone parece dar a entender que los productos que vende son gravilla, relleno de base, desperdicios o relleno y que pueden obtenerse de todos sus materiales.
(291) Después de la introducción del AGL, los precios del esquisto aumentaron según la dinámica del mercado.
(292) Torrington Stone también facilitó información sobre la cantera Venn, que producía esquisto como subproducto idóneo para el relleno de terraplenes y que competía con un subproducto sujeto al impuesto de una de las canteras de Torrington Stone. El precio de entrega del esquisto como subproducto era aproximadamente de 3,50 GBP, incluido el transporte, estimado en 3,00 GBP.
Observaciones recibidas de Eunomia el 17 de enero de 2014
(293) Las observaciones recibidas de Eunomia se enviaron en nombre de un consorcio de productores de áridos secundarios del Reino Unido (pizarra, residuos de minas de carbón y cenizas de fondo de incineradoras).
(294) Según Eunomia, los residuos de minas de carbón (normalmente compuestos de esquisto) pueden reutilizarse obteniéndolos de minas profundas en activo o de minas profundas cerradas o fuera de servicio. Los residuos de minas de carbón se derivan de la extracción de carbón en minas profundas. Las propiedades cualitativas de los residuos de minas de carbón varían mucho entre las distintas minas y en las diferentes fases de extracción, en relación con la geología de los estratos en el momento de la actividad minera. Debido a las propiedades de los residuos de minas de carbón, el material es de muy baja calidad y tiene escaso valor de reutilización.
(295) Eunomia sostiene que los residuos de minas de carbón no suelen tener un precio positivo. Sin embargo, disponer de una salida permite a la mina respectiva funcionar, conservando la titularidad de terrenos de escombreras. Eunomia afirma que sin la oportunidad de suministrar residuos de minas de carbón sin ningún coste o a un precio competitivo que refleje su calidad inferior, no hay otras opciones viables desde el punto de vista financiero para trasladar el esquisto de los residuos de minas de carbón y facilitar la construcción. Eunomia sostiene que para los residuos de minas de carbón, el coste de producción posterior a la extracción, suponiendo que la entrega se realice dentro de un radio de 5 km de la fuente, suele ser de […] GBP por tonelada para minas profundas en explotación y de […] GBP por tonelada para minas profundas cerradas o abandonadas. Por lo tanto, la imposición del AGL a 2 GBP por tonelada, […] los costes. En ese caso, sería más barato enviar el esquisto de los residuos de minas de carbón para su desecho en la escombrera.
Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(296) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la lógica de la exención del esquisto es que la gran mayoría del esquisto no se utiliza como árido. De hecho, la mayoría del esquisto generalmente no es apto para su uso como árido. El uso de alta calidad del esquisto es para fabricar ladrillos, lo cual es un proceso cerámico, y por tanto, exento del AGL. Los subproductos de esquisto extraído para su uso en la fabricación de ladrillos, por lo tanto, serían subproductos de un material extraído para un uso distinto de árido.
(297) Las autoridades del Reino Unido afirman que el esquisto forma parte de la misma familia de rocas que la arcilla. Las arcillas van desde las blandas y plásticas hasta la arcilla esquistosa dura. Sus propiedades físicas y químicas y su composición mineralógica determinan su uso más adecuado. En función del grado de fisibilidad, puede ser difícil distinguir entre el esquisto y la arcilla, en un extremo del espectro, y entre el esquisto y la pizarra, en el otro.
(298) Las autoridades del Reino Unido sostienen que el esquisto está estrechamente asociado con la extracción de arcilla y que también se produce en la minería del carbón. Como la arcilla, el esquisto puede utilizarse en la fabricación de ladrillos de exterior, de pavimentación y de ingeniería (el 90 % de la demanda de arcilla para ladrillos es para su uso en la fabricación de ladrillos de exterior para el mercado interno de la vivienda), tejas para tejados y revestimientos, y tubos vitrificados para drenaje y alcantarillado. En la fabricación de cemento se utilizan grandes tonelajes. Otros usos incluyen el recubrimiento y la impermeabilización superficial de vertederos, el recubrimiento de estanques y canales, como material para ordenación del paisaje, en la fabricación de áridos ligeros para producir bloques y como relleno general para la construcción.
(299) Las autoridades del Reino Unido sostienen que el esquisto puede utilizarse como árido de baja calidad, la mayoría de las veces para rellenar espacios y proporcionar volumen bajo la superficie de las carreteras. Algunos tipos de esquisto también son adecuados para la fabricación de áridos ligeros, pero solo después de haber sido sometidos a un proceso de fabricación que consiste en someter los materiales a altas temperaturas. En algunas circunstancias, las condiciones geológicas (presión y calor) han dado lugar a la formación de esquisto más duro que al triturarse forma gránulos más compactos que pueden ser apropiados para algunas aplicaciones de áridos de baja calidad, como el relleno para la construcción.
(300) Según las autoridades del Reino Unido, como el esquisto y la arcilla son geológicamente parecidos, se incluyen en el mismo grupo en las estadísticas nacionales del Reino Unido. En el año 2000, de las 10838000 toneladas de arcilla y esquisto vendidas en el Reino Unido, 7880000 toneladas se utilizaron para ladrillos, tubos y baldosas, y 2958000 toneladas de arcilla y esquisto se vendieron para otros usos. En el año 2012, de las 5497000 toneladas de arcilla y esquisto vendidas en Gran Bretaña, 3569000 toneladas se utilizaron para ladrillos, tubos y baldosas. Las autoridades del Reino Unido sostienen que, como la extracción de arcilla y esquisto se redujo a la mitad entre 2000 y 2012 y las ventas de arcilla y esquisto para fines distintos de ladrillos, tubos y baldosas fueron un 35 % más bajas en 2012 que en 2002, es poco probable que la introducción del impuesto aumentara la extracción de esquisto específicamente para su uso como árido.
(301) Las autoridades del Reino Unido sostienen que los residuos de esquisto que se generan durante la extracción de carbón son un subproducto indeseable e indeseado. Por lo general, solo son aptos como relleno básico en la construcción de carreteras o diques de protección y, por lo tanto, se venden a un precio insignificante. En general, los productos residuales se vierten en depósitos de residuos consolidados o se utilizan como material de relleno adicional si hay una mina a cielo abierto adyacente. Mientras que el carbón se vende a un precio aproximado de 50 GBP por tonelada, el esquisto se suele vender a un precio muy bajo, en promedio no más de 1 a 2 GBP por tonelada, si surge demanda cerca del lugar de extracción. Se calcula que los costes de producción ascienden a una cantidad que oscila entre 0,50 GBP y 2 GBP por tonelada. En ocasiones, el esquisto incluso se dona de forma gratuita, siempre que los compradores lo transporten.
(302) Lo mismo se aplica en el caso de otros residuos de minas de carbón, que generalmente se usan solo como áridos de baja calidad cuando surge demanda cerca de su lugar de extracción.
(303) Las autoridades del Reino Unido sostienen que algunos de los subproductos de esquisto de otras actividades de extracción se venden como áridos, pero generalmente, debido a los costes de transporte, solo es rentable usar el esquisto como árido cuando surge demanda cerca de su lugar de extracción. Afirman que, dado que ese esquisto no se ha extraído con el fin de explotarlo comercialmente como árido y que reduce la demanda de áridos recién extraídos, su exención estaría en consonancia con el objetivo medioambiental y la naturaleza y la lógica del AGL.
(304) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la arcilla y el esquisto se incluyen en una sola categoría por la BGS y en el Anuario de minerales del Reino Unido (United Kingdom Minerals Yearbook), la recopilación anual de datos del Reino Unido. Su precio medio de venta, según la Oficina de Estadísticas Nacionales, oscila entre 2,52 GBP y 2,88 GBP por tonelada. En el año 2012 los precios oscilaron entre 3,34 y 4,44 GBP por tonelada.
(305) Las autoridades del Reino Unido facilitaron información sobre una cantera que produce gravilla utilizada en la producción de asfaltos para la pavimentación de carreteras. También produce y vende esquisto, que está interestratificado en las capas de gravilla. La cantera calcula que el coste de producción de sus productos de esquisto asciende a 6,31 GBP por tonelada.
(306) En lo que respecta al esquisto utilizado para procesos cerámicos, las autoridades del Reino Unido facilitaron información proporcionada por la British Ceramic Confederation (BCC), la asociación comercial de la industria de fabricación de cerámica del Reino Unido. Señalan que hay una considerable variabilidad en los costes de producción de esquisto, en función de una serie de factores. Calculan una horquilla general de […]-[…] GBP por tonelada para el coste de extracción.
(307) La BCC calcula que el precio de venta del esquisto para su uso como árido sería de […] GBP a […] GBP por tonelada. Observa que el esquisto se puede vender con pérdidas para exponer materiales de buena calidad para la fabricación de ladrillos situados debajo del depósito de esquisto en cuestión.
(308) Por otro lado, la BCC señala que la mayoría de la producción de ladrillos se realiza en lugares asociados con canteras, por lo que el material no es caro. No obstante, calcula un coste (si se vende a un tercero), de […] GBP a […] GBP por tonelada, más los costes de entrega. Observa que el precio de venta del esquisto sería más bajo que el de las arcillas de alta calidad.
(309) En lo que respecta a la exención de materiales que consisten principalmente en carbón, lignito, pizarra y esquisto, las autoridades del Reino Unido demuestran que, dado que los minerales que se producen naturalmente no tienen una pureza del 100 %, la exención es necesaria.
(310) Las autoridades del Reino Unido consideran que el esquisto no se extrae exclusivamente para su uso como árido y ha investigado las alegaciones iniciales realizadas por la BAA en este sentido con ocasión del proceso en los tribunales de la Unión. Las autoridades del Reino Unido sostienen que averiguaron que el esquisto se sigue produciendo como un subproducto de otras actividades de extracción, en particular de arcilla, carbón y piedra caliza. Las autoridades del Reino Unido afirman que ninguno de los documentos presentados por la BAA ante los tribunales la Unión o la Comisión, antes de la adopción de la Decisión de incoación, demuestra que hubiera canteras que explotaran esquisto y arcilla principalmente para su uso como áridos.
(311) La Comisión pidió a las autoridades del Reino Unido que facilitaran información relativa a los productos de las cuatro canteras mencionadas en las observaciones de un interesado como canteras exentas que obtuvieron contratos únicamente a causa de la exención y que ofrecen el mismo tipo de productos que su cantera sujeta al impuesto habría podido ofrecer. Se menciona que una de las canteras ha recibido permiso para explotar esquisto. Las autoridades del Reino Unido comprobaron que las cuatro canteras se habían registrado para el pago del AGL y que lo han venido haciendo desde su introducción en 2002. Las canteras parecen vender piedras de cantera, arena, grava, áridos, incluidos productos reciclados y productos de hormigón, áridos de piedra dura, áridos y relleno, productos para la construcción, áridos decorativos y losas de arenisca y, respectivamente, arena, grava y otros áridos. No se encontraron indicios de que alguna de las canteras se beneficiara de una exención para el esquisto.
(312) Las autoridades del Reino Unido también han considerado ocho canteras mencionadas en la base de datos de la BGS como canteras que extraen deliberadamente esquisto para su uso como árido. Afirman que al menos algunas de estas canteras extraen otros productos además de esquisto. Suponen que por ello no pudieron identificar de forma concluyente ninguna cantera de esquisto que extrajera esquisto exclusivamente para su uso como árido.
(313) Las autoridades del Reino Unido explican que el esquisto también debe beneficiarse de una exención cuando es un subproducto de áridos gravados con el impuesto. Por ejemplo, se puede extraer esquisto como subproducto inevitable de la extracción de piedra caliza o gravilla. Las autoridades del Reino Unido afirman que el esquisto es un material de menor valor que la piedra caliza y que es inadecuado para una amplia gama de usos como árido. Las autoridades del Reino Unido afirman que el esquisto producido como un subproducto de esta manera estaba exento en consonancia con el objetivo medioambiental del impuesto para permitir a las canteras que lo producen como subproducto venderlo como un sustituto de otros áridos recién extraídos para la limitada gama de aplicaciones para las que es apto. Si el material se hubiera gravado originalmente con el impuesto en consonancia con la piedra caliza, las canteras no habrían podido vender los residuos de esquisto.
(314) Según las autoridades del Reino Unido, dado que por lo general el esquisto solo es apto para aplicaciones de áridos limitadas y específicas y que por lo general solo es económico utilizar esquisto como áridos cuando surge demanda cerca del lugar de extracción, es muy poco probable que hubiera suficiente demanda de esquisto cerca de cualquier cantera que extraiga principalmente otros áridos (por ejemplo, gravilla) para incentivar la extracción de otros áridos gravados con el impuesto con el fin de acceder al subproducto de esquisto no gravado con el impuesto. Las autoridades del Reino Unido afirman que no tienen conocimiento de ningún caso en que haya sucedido esto o en que sea probable que suceda en el futuro.
(315) En respuesta a las observaciones presentadas por uno de los interesados a la Comisión en las que se alegaba que el material principal de la cantera Vyse (perteneciente a Torrington Stone) del norte de Devon es arcilla esquistosa y esquistos utilizados como áridos, con un material secundario de arenisca sucia, las autoridades del Reino Unido ponen en duda que el esquisto sea el material principal de esta cantera, ya que su sitio web detalla sus productos de arenisca de alta calidad y señala que universalmente reconocida por su excelente durabilidad y calidad, Braunton Aggregates suministra una gran variedad de arenisca, desde piedra para elementos decorativos, piedra para cercos, gravilla para jardín y piedra para jardines rocosos hasta rellenos y áridos para volumen. En el Directorio de minas y canteras de la BGS de 2010 elaborado por la British Geological Survey, Beam Quarry figura como productora de arenisca, formación carbonífera de Bude. Por lo tanto, no aceptan que la cantera Vyse constituya una prueba de la extracción deliberada de esquisto para su uso como árido.
(316) Según las autoridades del Reino Unido, con respecto al esquisto, HMRC utiliza el criterio (descrito en el Informe) que especifica que este material debe separarse fácilmente (con cortaplumas) en laminillas de milímetros de grosor. El material que se rompe en bloques pequeños de unos centímetros de tamaño (y, por lo tanto, más adecuado para su uso como árido) se clasifica como arcilla esquistosa y está sujeto al impuesto. La BAA alega en sus observaciones que una serie de canteras extraen exclusivamente material clasificado como esquisto a los efectos del impuesto y que venden este material para su uso como áridos. Las autoridades del Reino Unido demuestran que, si hubiera pruebas sustanciales de la existencia de tal descripción falsa de roca como esquisto con el fin de quedar exento del AGL, HMRC lo investigaría como posible fraude fiscal.
(317) Según las autoridades del Reino Unido, todas las actividades tributarias llevadas a cabo por HMRC está basadas en el riesgo. Esto significa que no todas las empresas registradas con HMRC se comprueban, a menos que exista una razón para consultar las declaraciones que presentan a HMRC. Las autoridades del Reino Unido son conscientes del riesgo de que haya canteras que se beneficien de exenciones del AGL a causa de la descripción incorrecta de los materiales que producen. HMRC efectúa controles para garantizar que el AGL se aplica adecuadamente e investiga los casos en los que hay pruebas de una descripción incorrecta de los materiales.
(318) Las autoridades del Reino Unido han examinado registros tributarios confidenciales e información pública relativos a las canteras que la BAA mencionó como productoras de arcilla y esquisto exclusivamente para su uso como áridos o que habían clasificado falsamente sus productos como esquisto para beneficiarse de las exenciones. Los resultados del examen de cada cantera se han presentado a la Comisión. El examen puso de manifiesto que en una cantera puede haber s incumplimientos, y las autoridades del Reino Unido han iniciado una investigación. En lo que se refiere al resto de las canteras que se consideró que estaban o que habían estado activas, no se encontraron indicios de que explotaran esquisto o arcilla exclusivamente para su uso como áridos. Sin embargo, de la información facilitada a la Comisión se desprende que por lo menos cuatro o cinco canteras se están beneficiando de la exención, a pesar de que su principal producto es la piedra tallada y de que el esquisto se extrae de manera adicional.
Carbón Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(319) Según las autoridades del Reino Unido, el carbón es una roca sedimentaria combustible. El carbón de producción británica tiene un alto contenido de azufre y se usa casi exclusivamente en centrales eléctricas de carbón equipadas para sistemas de desulfuración de gases de combustión, aunque también se registra cierto consumo interno. Actualmente, todo el carbón de coque (que se utiliza en los altos hornos de acero) se importa. El carbón no es adecuado para su uso como árido.
(320) Según las autoridades del Reino Unido, allí donde el carbón se extrae por minería a cielo abierto, el recubrimiento y los estratos situados entre las capas de carbón se extraen por separado de las capas de carbón y la arcilla refractaria que se encuentran inmediatamente por debajo de algunas de las capas. La arcilla refractaria, que es un subproducto de la extracción de carbón, se extrae por separado y se vende a aproximadamente un 10 % del precio del carbón, principalmente como colorante en la fabricación de ladrillos. En todos los casos, el recubrimiento, la suciedad entre las capas y los residuos restantes después del tratamiento de los minerales (por ejemplo, para retirar el alto contenido de cenizas u otras impurezas) se sustituyen en vacío después de la extracción.
(321) Las autoridades del Reino Unido afirman que todas las minas subterráneas tratan el carbón en una planta de separación por densidad. Los residuos del tratamiento se suelen verter y consolidar. Las escombreras de residuos históricas, por lo general, han sido sometidas a procesos paisajísticos y se han cubierto de vegetación para reducir su impacto visual. Si hay minería a cielo abierto adyacente de carbón o de otros minerales, a veces los residuos se utilizan como material de relleno adicional para la restauración de esos vacíos.
(322) Según las autoridades del Reino Unido, algunos desechos o residuos de la producción de carbón pueden utilizarse como áridos de baja calidad, por ejemplo, como materia de relleno para aportar volumen o para diques de protección. Los residuos son finos y no tienen la capacidad de ingeniería para soportar, por ejemplo, la construcción de un edificio.
(323) Las autoridades del Reino Unido sostienen que no hay pruebas de que ninguna cantera del Reino Unido extraiga carbón exclusivamente para obtener áridos. Afirman que el AGL está diseñado para asegurarse de que el material compuesto enteramente de desechos resultantes de la minería de carbón no esté gravado con el impuesto. Las capas limpias de áridos que se extraen al excavar para acceder al carbón están sujetas al AGL.
Lignito Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(324) Según las autoridades del Reino Unido, el lignito es un material intermedio entre la turba y carbón. El único yacimiento importante de lignito de Gran Bretaña se encuentra en Devon, donde es un subproducto de la extracción de arcilla plástica. Se venden pequeñas cantidades para uso hortícola. También existen grandes yacimientos en Irlanda del Norte, pero no ha habido una producción comercial de lignito debido a una importante oposición local. El lignito no es adecuado para su uso como árido, en particular debido a su alta humedad y contenido de materias volátiles.
Evaluación de la Comisión Pizarra
(325) Aunque la pizarra es un árido en el sentido del artículo 17, apartado 1, de la Ley de 2001, se desprende de las observaciones de las autoridades del Reino Unido y los interesados que la pizarra se extrae para obtener productos arquitectónicos y dimensionales que se venden a precios mucho más altos de lo que se vende para uso como áridos. No tendría sentido desde el punto de vista económico explotar las canteras únicamente para extraer pizarra para su uso como árido, puesto que, debido a sus propiedades, en la mayoría de los casos no es adecuada para su uso como árido de alta calidad, sino que se utiliza como árido de baja calidad. Por otra parte, los métodos de extracción son mucho más caros que los métodos estándar de extracción de áridos, por lo que no sería lógico desde el punto de vista económico producir áridos de una manera tan cara. Por ejemplo, el coste de producción de áridos de pizarra oscila entre 5,7 GBP y 6,5 GBP por tonelada, mientras que la venta alcanza un precio máximo de 6,42 GBP por tonelada.
(326) El material que se utiliza para obtener áridos de pizarra de alta calidad tiene una cara tallada, debido a la forma en que se extrae; losas de pizarra pesadas se tallan perpendicularmente a la fibra en tamaños fijos con ayuda de una sierra y, a continuación, por lo general al menos una de sus caras se escinde a lo largo de un plano natural dentro de la roca por división (división con un mazo y un cincel). En tal caso, la pizarra se sometería a un proceso exento de conformidad con el artículo 18, apartado 2, letra a), de la Ley de Presupuestos de 2001 y se beneficiaría de un crédito fiscal con arreglo al artículo 30.
(327) La BAA y algunos de los interesados alegaron que las encimeras, la piedra para muros y la piedra para cercos suponen usos como áridos y que las canteras que producen dichos productos como productos principales deben tributar. El principal argumento es que la estructura de los productos de las canteras respectivas no es diferente de la de las canteras de roca (como el granito o la arenisca), que también producirían piedra para muros con prioridad y luego los áridos de baja calidad secundarios.
(328) A diferencia de otros áridos como la piedra caliza, la pizarra parece exigir extracción a profundidad, por lo que su extracción es cara en comparación con los costes de una cantera ordinaria. Las autoridades del Reino Unido y los interesados han demostrado que existe una importante diferencia entre las canteras de áridos normales (como el granito, la arenisca y la piedra caliza) y las canteras de pizarra, y que su diferencia de trato fiscal está plenamente justificada.
(329) La BAA y algunos de los interesados afirman que hay canteras de pizarra que no producen productos arquitectónicos especializados, sino que explotan la pizarra deliberadamente para su uso como árido. Por otra parte, habría canteras que afirman que deberían estar exentas porque producen pizarra, pero, de hecho, el material que producen no tiene la pizarrosidad apropiada o ha sido clasificado incorrectamente.
(330) A este respecto, la Comisión observa en primer lugar que, según las autoridades del Reino Unido no hay ningún indicio de que ninguna cantera extraiga intencionadamente pizarra para su uso como árido. De hecho, a falta de pruebas claras de lo contrario, no cabría esperar que las autoridades del Reino Unido demostraran un hecho negativo, es decir, que no haya canteras que extraen deliberadamente pizarra para su uso como áridos. Cuando se han facilitado ejemplos de canteras que supuestamente explotaban pizarra de manera deliberada para su uso como árido, la Comisión ha solicitado que las autoridades del Reino Unido facilitaran información con respecto a dichas canteras. La información demuestra que ninguna de estas canteras explota pizarra de manera deliberada y principal para su uso como árido. La información únicamente arroja dudas en cuanto a la calificación de pizarra de los productos de una cantera en concreto que las autoridades del Reino Unido se comprometieron a investigar. Una declaración incorrecta de los materiales constituiría un abuso del AGL y no un problema de ayuda estatal.
(331) En segundo lugar, como se ha descrito en el considerando 169, la Comisión considera que la publicidad en la que las canteras describen sus productos a los efectos de atraer clientes no es enteramente pertinente para la evaluación del uso de los materiales a los efectos del AGL. Las autoridades del Reino Unido no tienen en cuenta tales descripciones a la hora de aplicar el impuesto.
(332) El criterio utilizado por las autoridades del Reino Unido para comprobar si el material extraído por una cantera en concreto es pizarra es, de conformidad con el Informe, si separa solamente con un cincel en laminillas y baldosas afiladas. Por lo tanto, si hubiera canteras que afirmaran que producen pizarra y que, por lo tanto, se beneficiaran de la exención, pero que de hecho producen material que no tiene suficiente pizarrosidad, como alega la BAA, estas canteras habrían cometido un abuso al no declararse para el pago del AGL. Esto representaría un problema de aplicación y HMRC lo investigaría como un fraude. Las autoridades del Reino Unido se comprometieron a investigar la cantera antes mencionada y otros casos en los que las investigaciones emprendidas como consecuencia de la obtención de pruebas para la Comisión causan preocupación por clasificación errónea de los materiales. Si se demuestra que el material no es pizarra, se cobraría el impuesto, así como una multa.
(333) En consonancia con las conclusiones del Tribunal General, la inclusión de ciertos materiales en el ámbito de aplicación del impuesto en virtud de la norma de imposición normal solo depende de su explotación efectiva y comprobada como áridos. En el caso de la pizarra recién extraída, esto puede ser interpretado de tal manera que, si no hay pruebas de que haya canteras que extraigan pizarra deliberadamente para su uso como áridos, la pizarra no es comparable con los materiales gravados con el impuesto y, por lo tanto, la exención relativa a la pizarra se enmarca dentro de los principios generales del AGL.
(334) Se ha demostrado a la Comisión que la pizarra no se extrae deliberadamente para su uso como árido, sino que se extrae para obtener productos dimensionales y decorativos.
(335) Por lo tanto, la Comisión concluye que la pizarra recién extraída se encuentra en una situación de hecho y Derecho distinta de los materiales gravados con el impuesto y que, por tanto, no se enmarca dentro del principio de imposición normal del AGL.
(336) Si bien se desprende de la información presentada que solo una pequeña parte (alrededor del 5 %) del material extraído de las canteras de pizarra es pizarra de alta calidad que, en láminas de tamaño adecuado, puede venderse como productos arquitectónicos dimensionales y, por tanto, no para su uso como áridos, la parte restante de la extracción de la cantera es pizarra como subproducto o residuos que pueden utilizarse como áridos (la exención de los desechos de la extracción de pizarra se evalúa a continuación en el punto 5.6.4).
(337) Sin embargo, dado que la extracción de subproductos de pizarra es un fenómeno inevitable al extraer pizarra de alta calidad para materiales decorativos y dimensionales utilizados en el sector de la construcción y que no puede ocurrir cuando se extraen otros materiales, su exención contribuye al objetivo del AGL. De hecho, puede ayudar al basculamiento de la demanda de materiales recién extraídos para su uso como áridos hacia la pizarra como subproducto. Por otra parte, no hay ningún riesgo de que esta exención fomente la nueva extracción de la pizarra, dado el alto coste de la extracción de pizarra que puede ser cubierto solo cuando se obtiene pizarra para usos decorativos y dimensionales. Esto ha sido confirmado también por la disminución del número de canteras de pizarra activas desde la introducción del AGL (de 43 a 32), según la información facilitada por las autoridades del Reino Unido.
(338) La Comisión observa que puede haber pizarra natural que no tenga una pureza del 100 %, pero que aun así cumpla el requisito de separarse solamente con un cincel en laminillas y baldosas afiladas. En tales casos, las autoridades del Reino Unido consideraron que la exención también debía incluir el material compuesto principalmente de pizarra.
(339) Por lo tanto, la Comisión considera que, en vista de que no se aportaron pruebas de que ese material compuesto principalmente de pizarra se extrajera deliberadamente para su uso como árido, debería aplicarse también el mismo razonamiento que se aplica al material compuesto enteramente de pizarra al material compuesto principalmente de pizarra que comprende la situación descrita en el considerando 338.
(340) Por lo tanto, la exención en virtud del artículo 17, apartado 4, letra a), de la Ley de Presupuestos de 2001 concedida para material compuesto entera o principalmente de, o que forma parte de cualquier cosa compuesta de pizarra, no constituye una excepción a la imposición normal del AGL.
Esquisto
(341) Como el esquisto es una roca y, por lo tanto, un árido en el sentido del artículo 17, apartado 1, de la Ley de Presupuestos de 2001, la exención del AGL no constituye una excepción al principio de imposición normal del AGL si el esquisto no se extrae deliberadamente para su uso como árido. En caso de que se extraiga así, la exención solo podría justificarse si contribuye al objetivo medioambiental del AGL, es decir, lograr un basculamiento de la demanda.
(342) La información presentada por los interesados y las autoridades del Reino Unido señala una serie de usos del esquisto como árido, principalmente como árido de baja calidad para rellenar y proporcionar volumen debajo de la superficie de carreteras o como relleno para terraplenes.
(343) Por otra parte, la Comisión señala que a menudo el esquisto está interestratificado con arenisca o con otros materiales gravados con el impuesto. En tales casos, puede considerarse que el esquisto se extrae deliberadamente junto con esos materiales para su explotación comercial como árido.
(344) Las autoridades del Reino Unido han alegado que los materiales que se extraen para su uso como áridos o que surgen como subproductos de un proceso que tiene la intención de producir áridos para su explotación comercial están en una situación de hecho distinta de la de los materiales exentos. Por lo tanto, el esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido también se encuentra en una situación de hecho distinta de la de los materiales exentos de la misma manera que todos los demás materiales recién extraídos gravados con el impuesto. Por lo tanto, no habría ninguna justificación para que un material se beneficiara de una exención del AGL cuando se extrae deliberadamente para su uso como árido.
(345) Las autoridades del Reino Unido demostraron que la gran mayoría del esquisto no se utiliza como árido, ya que suele ser inadecuado para tal uso. El uso de alta calidad del esquisto es para la fabricación de ladrillos, que es un proceso cerámico.
(346) Sobre la base de la información recibida de los interesados, la Comisión observa que el esquisto recién extraído puede utilizarse como árido, aunque no en situaciones generalizadas y, a diferencia de la extracción de pizarra, no hay productos especializados de alta calidad que se produzcan a partir de esquisto que comportarían una exención. Además, el esquisto es un material que puede tener características muy diferentes de un punto de explotación a otro.
(347) La Comisión toma nota de la información presentada por las autoridades del Reino Unido, que se detalla en el considerando 297, en la que se indica que el esquisto forma parte de la misma familia de rocas que la arcilla, pero que, sin embargo, el esquisto más duro puede considerarse de la misma familia que la pizarra.
(348) Además, a diferencia de la arcilla, algunos tipos de esquisto pueden utilizarse y se utilizan para proporcionar volumen en la construcción y no requieren transformaciones físicas en este sentido (considerando 299).
(349) En primer lugar, las observaciones de los interesados recibidas por la Comisión demuestran que el esquisto puede extraerse y se extrae de manera deliberada para su explotación comercial como árido. El esquisto alcanza un precio que oscila entre […] y 4,44 GBP (véanse los considerandos 292, 304 y 307). De este precio, en algunos casos 3 GBP son solo el precio del transporte de esquisto. La Comisión observa, sin embargo, que no ha recibido información sobre los precios del esquisto extraído como principal producto de una cantera, sino únicamente del esquisto extraído como un subproducto de otro material.
(350) En cuanto a la nueva extracción de esquisto, la Comisión ha recibido pruebas sobre al menos cuatro o cinco canteras que respaldan el hecho de que extraen principalmente esquisto para su uso como árido. Tal como se describe en el considerando 318, en respuesta a la lista de las canteras que apareció en el Directorio de minas y canteras de la BGS de 2010 como dedicadas a la extracción de esquisto principalmente para la explotación comercial de áridos de esquisto presentada por la BAA, la Comisión pidió a las autoridades del Reino Unido que facilitaran información acerca de estas canteras de los registros tributarios confidenciales. Esta información puso de manifiesto que cuatro o cinco canteras se habían registrado como beneficiarias de la exención del esquisto, pero que producían piedra tallada y esquisto para su uso como áridos. Las autoridades del Reino Unido explicaron que, como las canteras producen piedra tallada, el esquisto debería considerarse como subproducto de la piedra tallada y que, por lo tanto, se debe beneficiar debidamente de la exención. Sin embargo, la Comisión no puede aceptar esta explicación. Tal como se explica en los considerandos 151 a 158, los subproductos de piedra tallada no están exentos de tributación en virtud del AGL. Por otra parte, todas las canteras de áridos producirían piedra tallada si hubiera demanda y si la roca fuera adecuada para la talla. Esto no significa, sin embargo, que si hay demanda y tiene sentido desde el punto de vista económico, no produzcan sobre todo áridos cuando no haya demanda de piedra tallada. Por lo tanto, estas canteras deben considerarse canteras que extraen esquisto deliberadamente para su uso como árido.
(351) La Comisión señala la existencia de una contradicción derivada de una información que ha recibido. Las observaciones recibidas de Torrington Stone se refieren a la extracción y venta de áridos de esquisto obtenidos como producto principal de una de sus canteras (Vyse). Sin embargo, las autoridades del Reino Unido afirman que la cantera no produce esquisto en absoluto, basándose en la manera en que los productos de las canteras se presentan en su sitio web. No obstante, la Comisión observa que el esquisto se menciona en el sitio web de Vyse Quarry, no en la descripción de sus productos, sino en las especificaciones técnicas de los distintos productos que extrae.
(352) Por otra parte, al ser observaciones presentadas por la cantera, la Comisión ha de tenerlas en cuenta. Puede darse el caso de que el material que produce haya sido clasificado erróneamente como esquisto, pero la cantera afirma que se ha beneficiado de la exención del esquisto. Por otra parte, las autoridades del Reino Unido han manifestado en diferentes ocasiones que no tienen en cuenta, a los efectos del AGL, la manera en que una cantera presenta sus productos al público. No se hizo mención de ninguna prueba geológica llevada a cabo en la cantera.
(353) Sobre la base de la información y las pruebas disponibles, la Comisión considera que el esquisto recién extraído está en una situación de hecho y Derecho comparable a la de otros materiales gravados con el impuesto.
(354) Las autoridades del Reino Unido no han establecido que la exención del esquisto recién extraído para áridos pueda justificarse por el objetivo de basculamiento de la demanda del AGL. De hecho, tal exención permite al menos mantener la nueva extracción del esquisto para su uso como áridos y por lo tanto representa una excepción al principio de imposición normal del AGL que es contraria al objetivo del AGL.
(355) La exención de los residuos de la extracción de esquisto se evalúa en el punto 5.6.4.
(356) La Comisión observa, sin embargo, que el esquisto que surge como subproducto de la extracción de carbón se beneficia, además de la exención en virtud del artículo 17, apartado 4, letra a), de la exención en virtud del artículo 17, apartado 3, letra f), de la Ley de Presupuestos de 2001. Como se establecerá en el considerando 367 de la presente Decisión, el carbón no es un árido y no puede utilizarse como tal.
(357) El esquisto que sea un subproducto inevitable de la extracción de carbón es adecuado para su uso como árido y, por lo tanto, se enmarca en el ámbito de aplicación de la imposición normal en virtud del AGL. Sin embargo, su exención puede estar justificada por el objetivo de basculamiento de la demanda del AGL. Además, debido a su valor, es muy poco probable que el esquisto exento como subproducto provoque un aumento de la extracción de carbón, ya que no tendría sentido desde un punto de vista económico.
(358) Por otra parte, como el esquisto, al igual que la arcilla, se utiliza principalmente en la fabricación de tubos, tejas y ladrillos, que son productos cerámicos, se beneficia del crédito fiscal concedido a los procesos cerámicos en virtud del artículo 30, apartado 1, letra c), de la Ley de Presupuestos de 2001. Al no ser un uso como árido y puesto que los materiales utilizados en procesos cerámicos se someten a transformaciones físicas amplias, es decir, la fusión para formar un producto duro, duradero y resistente a la intemperie, el esquisto utilizado en procesos cerámicos se beneficiaría debidamente de la exención del AGL. La Comisión ya ha considerado en la Decisión de incoación que la exención para los procesos industriales y agrícolas [sección 30, apartado 1, letra c)] está en consonancia con los principios de imposición normal en los que se basa el AGL (considerando 137).
(359) La Comisión señala que la BAA y otros interesados observaron que los materiales que se usan para fabricar ladrillos no deben beneficiarse de una exención. Las autoridades del Reino Unido demostraron, sin embargo, que los ladrillos y otros procesos cerámicos no son usos como áridos. Los ladrillos se someten a un amplio proceso de fabricación. Se forman al calentar esquisto o arcilla a altas temperaturas (más de 1000 °C) en un horno, lo que cambia la estructura del esquisto o la arcilla para crear un ladrillo sólido y duradero. Otros productos cerámicos se calientan de manera similar en un horno, pero crean productos con formas distintas, por ejemplo, tubos o tejas.
(360) Los ladrillos no se fabrican para utilizarse como relleno y aportar volumen de una manera análoga a la roca triturada. Están hechos para ser apilados, de forma ordenada, para formar paredes.
(361) Sobre la base de lo anterior, la Comisión concluye que el uso de esquisto en procesos cerámicos puede beneficiarse de una exención del AGL, ya que esto no representa un uso como árido.
(362) Por otro lado, el esquisto se puede utilizar en lugar de arcilla, escoria u otros materiales como fuente de silicato de aluminio en la fabricación de cemento. Se mezcla con piedra caliza, un proceso que está exento del AGL. El uso de piedra caliza o de piedra caliza y otros materiales en el cemento está exento del impuesto, de conformidad con el artículo 18, apartado 2, letra c), de la Ley de Presupuestos de 2001, ya que en este, las propiedades químicas de los materiales son importantes (la piedra caliza aporta silicato de calcio y la arcilla o el esquisto aportan silicato de aluminio). Por lo tanto, el esquisto utilizado para la fabricación de cemento junto con piedra caliza se beneficiaría debidamente de una exención en virtud de esta sección de la Ley de Presupuestos de 2001. La Comisión ya ha considerado en la Decisión de incoación que la exención de este proceso está en consonancia con los principios de imposición normal del AGL (considerando 90).
(363) Para reclamar una exención del AGL, los productores de esquisto tendrían que demostrar los usos que tenía el material entera o principalmente compuesto de esquisto que producen.
(364) Por ejemplo, el esquisto también se produce como subproducto inevitable de la extracción de arcilla. En este caso y siempre que el esquisto no se beneficie de otra exención o deducción, podría evaluarse si el esquisto respectivo no podría optar a una exención en virtud del AGL, ya que no se ha extraído deliberadamente para su uso como árido. La exención estaría en consonancia con los principios del AGL, ya que se trata de esquisto obtenido como subproducto inevitable de un material que no es un árido, ni se utiliza como árido, y que podría utilizarse para sustituir a los áridos recién extraídos.
(365) En lo que respecta al esquisto que se produce como subproducto de la extracción de otros materiales gravados con el impuesto, como gravilla o piedra caliza, la Comisión observa que la exención diferencia el esquisto de otros materiales gravados con el impuesto. Sin embargo, hay que tener en cuenta si esa diferenciación fiscal puede estar justificada por el objetivo del AGL. Incluso si la exención pudiera conducir a un aumento del despliegue de esquisto como subproducto para su uso como árido a expensas de otros subproductos no exentos, la Comisión no ha recibido ninguna prueba de las autoridades del Reino Unido o de los interesados que demuestre que esta exención contribuye a la consecución del objetivo del AGL que persigue reducir la nueva extracción de material para su uso como árido.
(366) Por lo tanto, la Comisión considera que el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su uso como áridos, incluyendo el esquisto que se produce como subproducto de la nueva extracción de otros materiales gravados con el impuesto, está en la misma situación de hecho y Derecho que los demás áridos gravados con el impuesto a la luz del principio de imposición normal del AGL y de su objetivo medioambiental. Por lo tanto, la exención es de hecho selectiva.
Carbón
(367) La presentación conjunta recibida de las autoridades del Reino Unido y la BAA, así como la información recibida en otras ocasiones de las autoridades del Reino Unido, confirma que el carbón no es un árido y no puede utilizarse como tal. Por lo tanto, el carbón no está en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado en virtud del AGL en consonancia con el objetivo del AGL. Lo mismo se aplica al material compuesto principalmente de carbón, lo que comprende la situación en la que el carbón extraído no tiene una composición geológica pura.
Lignito
(368) Los datos conjuntos recibidos de las autoridades del Reino Unido y la BAA, así como la información recibida en otras ocasiones de las autoridades del Reino Unido, confirman que el lignito no es un árido y no puede utilizarse como tal. Por lo tanto, el lignito no está en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado en virtud del AGL en consonancia con el objetivo del AGL. Lo mismo se aplica al material compuesto principalmente de lignito, lo que comprende la situación en la que el lignito extraído no tiene una composición geológica pura.
EXENCIÓN DE LOS ÁRIDOS COMPUESTOS ENTERAMENTE DE DESECHOS, RESIDUOS U OTROS SUBPRODUCTOS, SIN INCLUIR EL RECUBRIMIENTO, RESULTANTES DE LA EXTRACCIÓN U OTRO PROCESO DE SEPARACIÓN DE CUALQUIER CANTIDAD DE ÁRIDO DE CAOLÍN O ARCILLA PLÁSTICA [ARTÍCULO 17, APARTADO 3, LETRA e), Y ARTÍCULO 17, APARTADO 3, LETRA f), INCISO ii)]
(369) En sus observaciones a la Comisión antes de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido habían explicado que el caolín y la arcilla plástica son minerales valiosos. Generalmente no se extraen con el fin de servir como áridos. Los desechos compuestos por residuos de rocas y arena son un subproducto inevitable de esta extracción. Los residuos de caolín pueden utilizarse en la construcción de terraplenes y como relleno general, en la producción de materiales de betún asfáltico para la construcción de autopistas y pueden ser sustituidos por otros áridos finos en la fabricación de hormigón. Los residuos de arcilla plástica pueden venderse como áridos en el mercado de la construcción.
(370) Las autoridades del Reino Unido habían resaltado que, como los escombros resultantes de la extracción de arcilla plástica y caolín están disponibles en cuanto se han extraído la arcilla plástica y el caolín y dado que estos escombros pueden proporcionar una alternativa a varios tipos de arena, grava y roca extraídos específicamente para su uso como áridos, la exención ayuda a reducir la extracción de arena, grava y roca extraídos específicamente para su uso como áridos y, en definitiva, la exención ayuda a reducir el impacto medioambiental de la extracción de áridos. Las autoridades del Reino Unido habían facilitado información relativa a los residuos resultantes de la extracción de caolín y arcilla plástica y los depósitos de residuos creados.
(371) La Comisión se preguntaba en el considerando 106 de la Decisión de incoación si ese material no estaría en una situación comparable a los áridos no exentos, pero observó que puede haber una diferencia entre el material exento y no exento dado que los materiales exentos constituyen desechos de la extracción de caolín y arcilla plástica. Es un subproducto inevitable de esta extracción, que no se producirá necesariamente por la extracción de áridos, sino en general por la extracción de caolín y arcilla plástica. De hecho, tanto el caolín como la arcilla plástica tienen propiedades específicas que no siempre se pueden replicar.
(372) La Comisión cuestionó en el considerando 107 de la Decisión de incoación que esta diferencia fuera suficiente para demostrar que la exención del impuesto está justificada por la naturaleza y la lógica del AGL y mencionó que necesitaba más información.
(373) Tras la publicación de la Decisión de incoación, la Comisión recibió numerosas comunicaciones de los interesados a este respecto.
Observaciones recibidas por la Comisión Observaciones recibidas de Sibelco Europe el 16 de enero de 2014
(374) Según la información que ha facilitado, Sibelco es una empresa dedicada a la extracción, transformación y venta de caolín y arcilla plástica. La mayoría de la producción de arcilla plástica y caolín (entre el 80 % y el 90 %) se exporta. Sibelco afirma que el objetivo principal de la explotación de sus canteras es la extracción de arcilla plástica y caolín. Otros materiales necesariamente extraídos pueden considerarse como materiales secundarios que pueden o no ser adecuados para uso final como áridos en función de sus componentes y posible tratamiento.
(375) Sibelco sostiene que el caolín y la arcilla plástica, así como los productos derivados de ellos, no se pueden utilizar como áridos. Son minerales industriales especializados con aplicaciones y usos finales exclusivamente no áridos. El caolín y la arcilla plástica se distinguen por sus singulares características físicas y químicas y por su rareza y, por lo tanto, son muy valiosos.
(376) Según Sibelco, los desechos de estas actividades de extracción de minerales no constituyen material extraído específicamente para su uso como árido. Los desechos se extraen como una consecuencia necesaria de la obtención de caolín y arcilla plástica. Los subproductos son completamente diferentes de los minerales de caolín y arcilla plástica y sus usos no son los mismos ni de ningún modo intercambiables. Por otra parte, Sibelco sostiene que, sin la extracción de arcilla plástica y caolín en esas canteras, no habría posibles materiales áridos disponibles en el mercado, puesto que las canteras no se explotarían con otro fin económico que para la arcilla plástica y el caolín. El valor de las ventas de caolín y arcilla plástica es significativamente mayor que los áridos secundarios derivados en la cantera. De hecho, el valor de venta es aproximadamente entre […] y […] veces mayor para el caolín y aproximadamente entre […] y […] veces mayor en el caso de la arcilla plástica. Según Sibelco, se extraen de ocho a diez veces más de desechos inevitables junto con el caolín y hasta el doble de volumen de otros materiales junto con la arcilla plástica.
(377) Sibelco afirma que, dados la ubicación y la distribución de los yacimientos de caolín y arcilla plástica, las condiciones geológicas específicas y la importante inversión de capital necesaria para establecer explotaciones de canteras en esas zonas, sin la extracción de caolín y arcilla plástica, en ninguno de esos lugares se realizan actividades de extracción de desechos.
(378) Según Sibelco, todas las ventas de áridos derivados de subproductos de la extracción de caolín y arcilla plástica tendrían como resultado una reducción directa del volumen de este material vertido en pilas y montones en el lugar de extracción.
(379) De conformidad con la información facilitada por Sibelco, en los yacimientos de caolín, el mineral de arcilla (caolín) se forma por la descomposición y descomposición parcial de minerales de feldespato en el granito. Este proceso se conoce como caolinización y, mientras que la proporción y características del caolín varían dentro de los yacimientos, la proporción global de caolín con respecto a toda la masa de rocas es aproximadamente del 10 %. Aunque es posible realizar cierta extracción selectiva, en su mayor parte toda la masa de rocas (intercarga) debe extraerse antes de poder separar el caolín. El proceso de separar el caolín por medio de la separación de agua, métodos por gravedad y varias etapas de selección y dimensionamiento tiene como resultado subproductos que constituyen granito meteorizado y no meteorizado, stent (roca), cuarzo y mica. Estos subproductos no son, en su forma extraída, adecuados para su uso como áridos. Es necesario realizar un tratamiento para que parte de los mismos sean adecuados para usos finales como áridos.
(380) Según Sibelco, en los yacimientos de arcilla plástica, la arcilla también es un mineral fundamentalmente de caolín, pero se deposita por procesos geológicos sedimentarios que producen estratificaciones a menudo distintas. La estratificación interpone arcilla plástica, arcilla plástica lignítica y capas de arena. Estas capas de intercarga deben extraerse para descubrir las capas de arcilla plástica sucesivas. Las capas de arcilla plástica y las de intercarga deben seleccionarse cuidadosamente para garantizar que no haya contaminación de la arcilla plástica con otros materiales ni mezclas no previstas de capas de arcilla plástica de distinta calidad. La intercarga representa normalmente más del 50 % de todo el volumen extraído. Tras la extracción de las capas de arcilla plástica, estas se mezclan en mezclas precisas en función del uso final específico.
(381) Según Sibelco, la principal diferencia que existe entre las canteras de caolín y arcilla plástica y las canteras de áridos es que en las canteras de áridos los residuos o subproductos son esencialmente del mismo material. En las canteras de caolín y arcilla plástica, los subproductos que se producen son materiales claramente distintos de las arcillas que se buscan como mineral principal.
(382) Según Sibelco, la exención actual para los materiales áridos vendidos a partir del tratamiento apropiado de material derivado como subproducto inevitable de la extracción de caolín y arcilla plástica no dará lugar a un aumento de las actividades de extracción de caolín y arcilla plástica. La demanda y las ventas de caolín y arcilla plástica impulsan el desarrollo de canteras. A pesar de que algunos subproductos de la extracción de caolín y arcilla plástica se someten a un tratamiento posterior y se adaptan para su uso final como áridos, la mayoría de los subproductos resultantes se siguen vertiendo en pilas y montones. Esto es así porque no hay una mayor demanda de áridos (a pesar de la actual exención del impuesto), pero la extracción en las canteras debe seguir para producir el volumen de caolín y arcilla plástica que demanda el mercado. Actualmente hay alrededor de cinco veces más de desechos, residuos y subproductos tratados en las canteras de caolín y arcilla plástica de Sibelco que ventas de áridos. Esto demuestra que ni siquiera la actual exención del impuesto puede incentivar la extracción de materiales para su uso como áridos. Además, parece que las ventas de arcillas y las ventas de áridos siguen un patrón totalmente distinto. En la producción de áridos, un contrato de suministro se refiere a un proyecto específico y tiene una duración relativamente corta. Sin embargo, la industria de la arcilla plástica y el caolín tiene que suministrar a los fabricantes de productos cerámicos una mezcla consistente del material durante un período de muchos años.
(383) Además de las observaciones que ha presentado a la Comisión, Sibelco también ha facilitado información general sobre la geología, la extracción y el tratamiento de la arcilla plástica y el caolín.
Observaciones recibidas de Imerys Minerals Limited (IML) el 17 de enero de 2014
(384) IML cuenta con explotaciones de caolín y arcilla plástica que comprenden más de 5000 hectáreas de terreno en Cornualles, Devon y Dorset en el suroeste de Inglaterra.
(385) IML afirma que el Reino Unido es uno de los principales productores y exportadores mundiales de arcilla plástica de alta calidad, con más del 80 % de la producción exportada. La arcilla plástica se utiliza principalmente como materia prima en la fabricación de cerámica (en particular, sanitarios, azulejos, baldosas y vajilla). Otros usos incluyen esmaltes y vidriados, ladrillos, aplicaciones refractarias y como rellenos y selladores. Las características materiales de la arcilla plástica hacen que no sea apta para su uso como áridos. En general, los áridos deben ser materiales granulosos duros. Por el contrario, la arcilla plástica es blanda y de grano fino. El valor relativo de la arcilla plástica también impediría su uso como árido. Es un material relativamente escaso e importante, con un valor franco fábrica de hasta […] GBP por tonelada, en función de su calidad y el nivel de la demanda en el mercado.
(386) Según IML, el Reino Unido es uno de los mayores productores y exportadores mundiales de caolín, con más del 90 % de la producción exportada.
(387) IML afirma que el caolín es apreciado por su blancura, el tamaño de sus finas partículas y la forma plana de las partículas, su textura blanda no abrasiva y su inercia química. Se utiliza fundamentalmente en la fabricación de papel como material de relleno y pigmento de recubrimiento, de sanitarios y de vajillas. Otras aplicaciones especializadas son como relleno en pintura, adhesivos, plásticos, goma y selladores; y en la fabricación de fibra de vidrio y productos farmacéuticos.
(388) Según el IML, las características materiales del caolín hacen que no sea apto para su uso como árido. El valor relativo del caolín también impediría su uso como árido. El caolín es un producto muy escaso, tanto a nivel nacional como a nivel internacional. Dada su rareza e importancia debido a la demanda de su uso en una serie de industrias, tiene un precio relativamente alto. Un producto de calidad inferior en una aplicación básica se venderá a un precio de alrededor de […] GBP franco fábrica, mientras que un producto especializado muy refinado para su uso en una aplicación técnica se venderá a más de […] GBP por tonelada.
(389) Según IML, recibe un modesto canon a un promedio de aproximadamente […] GBP por tonelada para el material vendido como áridos secundarios. Según IML, la extracción de arcilla plástica y caolín se realizaría independientemente de cualquier otro factor, y la generación de residuos es inevitable. Su uso como áridos es mucho más beneficioso para el medio ambiente que la extracción de áridos primarios de canteras. Sin un mercado estable para los residuos, tendrá que verterse más material en la superficie.
(390) Según IML, de los 8,47 millones de toneladas que se extraen en total, aproximadamente 6,5 millones se encuentran en la categoría de posibles materiales para áridos. Las brechas, piedra triturada, grava, intercarga, roca y stent pueden tratarse para formar áridos triturados de uno u otro tipo, con tamaños desde gravilla de tamaño único hasta materiales de relleno/de base. El proceso de trituración también producirá productos de grava y arena. Además, se genera arena durante el proceso de separación por rueda de álabes del caolín. No todos los 6,5 millones de toneladas de material pueden transformarse en áridos secundarios comercializables y el volumen de residuos varía en función de la naturaleza de la zona de caolín que se explota. Un procesador de residuos de caolín calcula que un rendimiento del 65 % es típico, lo que significa que de los 6,5 millones de toneladas anuales de áridos de las minas, se pueden obtener más de 4 millones de toneladas de producto comercializable.
(391) Según IML, como promedio, la arena de hormigón tamizada en seco se vende por […] GBP franco de fábrica, y un producto triturado (áridos) por […] GBP franco de fábrica. Las ventas no las realiza IML, sino la empresa que procesa los residuos de caolín.
(392) IML afirma que no hay modo de que la exención del AGL provoque más extracción de arcilla plástica o caolín con el fin de derivar más material exento del impuesto. IML ya vierte en la escombrera más residuos de los que suministra para el tratamiento de áridos, lo que demuestra que el nivel de extracción depende totalmente de la demanda del mercado del mineral primario, es decir, el caolín y la arcilla plástica.
(393) IML afirma que el proceso de extracción ya produce más residuos de los que se venden actualmente y que sería ilógico extraer más caolín o arcilla plástica para derivar el subproducto de árido secundario.
(394) Según IML, para la producción de áridos comercializables se requiere un tratamiento adicional. Sostiene que una planta de tamizado en seco para la producción de arena tiene un coste aproximado de 0,75 millones GBP, una planta de trituración tiene un coste aproximado de 2 millones GBP y una planta de lavado para el tratamiento de arena de mortero costaría hasta 1,5 millones GBP. Con el precio medio de la venta de arena de […] GBP por tonelada y de áridos triturados de […] GBP por tonelada, los costes de producción supondrían normalmente un 35 % en el caso de la arena y un 50 % en el caso de los áridos triturados.
(395) Según IML, sin extraer primero el contenido de caolín, no sería rentable explotar las canteras por su potencial de obtención de áridos. Los posibles materiales áridos solo están disponibles en el mercado debido a la extracción de caolín y arcilla plástica. Sin ella, las canteras no serían viables desde el punto de vista económico. Dado el elevado coste de extracción de los minerales y la calidad relativamente baja de los subproductos derivados de ese proceso en comparación con los áridos primarios, las canteras no generarían áridos en absoluto si no fuera por su contenido en minerales.
(396) Según IML, las exenciones al AGL distinguen entre materiales residuales que se presentan como un subproducto de la extracción de minerales no áridos (como los residuos de la extracción de caolín y arcilla plástica) que están exentos y los materiales residuales que son el subproducto de la extracción de áridos (como los residuos de piedra caliza), que siguen estando sujetos al AGL.
(397) IML afirma que los subproductos de las canteras de piedra caliza y piedra tallada se extraen y se utilizan de manera deliberada como áridos, mientras que los subproductos de la extracción de caolín o arcilla plástica son consecuencias inevitables de la extracción de esos minerales.
(398) IML también ha facilitado a la Comisión un caso de estudio publicado en Construction News sobre el uso de áridos reciclados y secundarios de la extracción de caolín en hormigón en una importante obra en Londres.
Observaciones recibidas de Kaolin and Ball Clay Association el 17 de enero de 2014
(399) Según la Kaolin and Ball Clay Association, como parte de la explotación de canteras de caolín y arcilla plástica, otros materiales que se extraen inevitablemente pueden ser considerados como materiales secundarios, aptos o no para su uso como áridos. Las exenciones actuales del AGL para estos materiales secundarios se introdujeron con el fin de incentivar su uso y para reducir la cantidad de estos materiales que se vierte en escombreras en la superficie. La Kaolin and Ball Clay Association afirma que el caolín y la arcilla plástica no pueden utilizarse como áridos y que nunca se extraen para tal uso.
(400) Según la Kaolin and Ball Clay Association, sin la extracción de caolín y arcilla plástica, los materiales áridos derivados de ellos nunca estarían disponibles en el mercado. Sencillamente, el coste de separar el caolín y la arcilla plástica de los áridos y el valor de los áridos en sí mismos harían que esto fuera inviable. Los precios de venta del caolín y la arcilla plástica son considerablemente más altos que los de los áridos, por lo que es rentable extraerlos por ellos mismos.
(401) La Kaolin and Ball Clay Association sostiene que hay más pruebas de ello en el hecho de que en la actualidad, incluso con la exención del impuesto sobre los áridos, solo aproximadamente un tercio del material que podría ser transformado en áridos se procesa.
(402) Según la Kaolin and Ball Clay Association, es cierto que las ventas de subproductos caerían si el impuesto gravara estos minerales actualmente exentos, y de hecho ya hay pruebas de que esto sucede en proyectos que empezaron a partir de abril de 2014.
Observaciones recibidas de la BCC el 17 de enero de 2014
(403) La BCC afirma que el objetivo principal del desarrollo de las canteras de caolín y arcilla plástica es la extracción y el tratamiento de estos materiales, que son productos especializados diferenciados por su rareza y sus singulares características físicas y químicas. Según la BCC, el caolín y la arcilla plástica y los productos derivados de ellos no se pueden utilizar como áridos y nunca se extraen para tales fines. Otras materias que se extraen de manera inevitable pueden considerarse materiales secundarios, que pueden o no ser aptos para su uso como áridos. Según la BCC, no se extraerían aisladamente para su uso como áridos y solo se dispone de ellos cuando se extrae caolín o arcilla plástica; de lo contrario, la cantera no sería económicamente viable.
(404) La BCC sostiene que la arcilla plástica tiene un precio de venta de por lo menos cinco a seis veces superior y el caolín, de diez a doce veces superior, al del subproducto que podría venderse como árido secundario. Las limitaciones económicas y de ubicación no darían como resultado una situación en que se extraería más caolín y arcilla plástica de la que podría venderse a fin de obtener subproductos adicionales para la producción de áridos. Incluso con la exención, la mayoría (cinco veces más) de los subproductos de caolín y arcilla plástica siguen sin venderse y se depositan en montones en el lugar de extracción.
(405) Según la BCC, las canteras exentas y no exentas son significativamente diferentes. Las canteras de áridos no exentas extraen principalmente el mismo material que sus productos principales y residuos o subproductos. Sin embargo, en las canteras de caolín y arcilla plástica, los residuos son diferentes de los materiales principales. Estos últimos son minerales de feldespato, mientras que los primeros son principalmente arenas de sílice.
(406) La BCC sostiene que las ventas de los subproductos de las canteras de caolín y arcilla plástica bajarían si tuvieran que estar sujetas al impuesto. A fin de satisfacer la demanda, se tendrían que extraer áridos vírgenes adicionales.
Observaciones recibidas de la BAA el 15 de septiembre de 2014
(407) La BAA ha facilitado información de sus miembros ubicados en Cornualles en relación al hecho de que los precios del caolín pueden variar enormemente, entre 50 GBP y 5000 GBP por tonelada, en función de la categoría y calidad.
Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(408) Las autoridades del Reino Unido sostienen que no solo las características de los materiales de caolín y arcilla plástica impiden su uso como áridos, sino que el valor relativo de la arcilla plástica y el caolín también impediría tal uso. Las autoridades del Reino Unido sostienen que, de hecho, no hay explotación real y establecida de arcilla plástica y caolín como áridos. En consecuencia, el resumen de la Comisión en cuanto a la diferencia entre la posición de los desechos, residuos o subproductos de la extracción de estos materiales es totalmente correcto. La exención de los subproductos inevitables de materiales que no se pueden utilizar como áridos y que no se utilizan como tales es totalmente coherente con el objetivo medioambiental del AGL.
(409) Las autoridades del Reino Unido facilitaron una descripción detallada de la arcilla plástica y el caolín y explicaron por qué no se utilizan como áridos y no pueden utilizarse como tales. Por otra parte, ambos materiales tienen altos precios. Según las autoridades del Reino Unido, la arcilla plástica es un material relativamente escaso, con un valor de hasta 100 GBP por tonelada, en función de la calidad necesaria de la arcilla plástica y el nivel de demanda en el mercado. El caolín es un material muy escaso que presenta un alto precio en el mercado, que oscila entre 70 GBP y 400 GBP por tonelada. Según las autoridades del Reino Unido, el coste de producción del caolín y la arcilla plástica es también muy elevado en comparación con el coste de producción de los otros tipos de áridos. Las autoridades del Reino Unido facilitaron información recopilada de las empresas que operan en este campo. Una empresa facilitó la cifra media de […] GBP por tonelada de caolín, con un intervalo de […] GBP a […] GBP para distintos productos de caolín. Otra empresa mencionó […] GBP por tonelada. Para una tonelada de arcilla plástica, el coste medio de producción es de […] GBP en Dorset y de […] GBP en Devon. Otra empresa mencionó […] GBP por tonelada.
(410) Según las autoridades del Reino Unido, hay dos empresas que actualmente suministran arcilla plástica y caolín en el Reino Unido. Las autoridades del Reino Unido facilitan como ejemplo un contrato de suministro de subproductos de caolín y arcilla plástica en el que el precio en 2012 era de […] GBP por tonelada. En otro contrato, el precio era de […] GBP por tonelada vendida de residuos de caolín. Los residuos de arcilla plástica tenían un precio de […] GBP. Ninguna de estas dos empresas vende los desechos o subproductos inevitables generados por sus actividades directamente a los usuarios finales de estos áridos del sector de la construcción. En cambio, las dos empresas han suscrito acuerdos con terceros (que se especializan en la venta de áridos) en virtud de los cuales se comprometen a suministrar hasta una determinada cantidad de áridos a un precio fijo, independientemente de la cantidad que se suministre en realidad. En consecuencia, en la medida en que el precio no se determina directamente por cada tonelada de árido que producen, las canteras de arcilla plástica y caolín no tienen incentivos para aumentar la cantidad de desechos que retiran más allá del nivel acordado. Los terceros venden los áridos a los usuarios finales. Según las autoridades del Reino Unido, debido a la crisis económica, ni siquiera puede venderse la cantidad total de áridos.
(411) Las autoridades del Reino Unido afirman que la producción de caolín no puede separarse de la producción de residuos de caolín. La naturaleza del proceso de extracción en húmedo es tal que las bombas necesariamente separan el material de caolín deseado y los productos residuales. Tradicionalmente, la primera etapa de la extracción de caolín consistía en eliminar el recubrimiento y exponer la roca que contenía las arcillas. La segunda fase del proceso consistía en que el explotador de la cantera sometía la arcilla expuesta o la cara del pozo a chorros de agua a alta presión. Según las autoridades del Reino Unido, esto eliminaría el caolín, junto con otros productos con los que estuviera mezclado (arena y mica).
(412) Según las autoridades del Reino Unido, el recubrimiento resultante de la extracción está sujeto al AGL. El resto del material, que es inevitable en el proceso de extracción de caolín, está comprendido en la exención.
(413) Las autoridades del Reino Unido afirman que la arcilla plástica se extrae enteramente por métodos de extracción a cielo abierto. La extracción a cielo abierto implica el uso de excavadoras hidráulicas y camiones volquete para excavar, cargar y entregar de manera selectiva las arcillas de producción individual a las instalaciones de almacenaje y mezcla. La proporción general de arcilla y residuos del sector es de alrededor de 1 a 1,5.
(414) Según las autoridades del Reino Unido, si un explotador no pudiera obtener el producto de caolín o arcilla plástica de alto valor, no habría incentivos para extraer los subproductos por sí solos, en particular debido a su bajo valor económico. La presencia de caolinita o cualquier otro tipo de arcilla en una roca reduce la resistencia del material y, por lo tanto, tiene un efecto negativo en su posible rendimiento como árido. Incluso en el caso de que el explotador no deseara obtener el material de alto valor, incurriría en los altos costes de retirada y eliminación de los materiales finos, es decir la caolinita, otras arcillas y mica. Por lo tanto, no sería lógico retirar productos de alto valor y eliminarlos a fin de obtener los subproductos de bajo valor que pueden utilizarse como áridos. Según las autoridades del Reino Unido, incluso con la exención del impuesto, supuestamente no sería racional desde el punto de vista económico acometer actividades de extracción en las canteras para obtener desechos exentos a menos que también se extrajeran el caolín y la arcilla plástica de alto valor.
(415) Según las autoridades del Reino Unido, los subproductos inevitables generados por la extracción de arcilla plástica y caolín son adecuados para algunos usos como áridos.
(416) Las autoridades del Reino Unido presentaron observaciones sobre la distinción entre la extracción de piedra caliza para la producción de cal y piedra tallada y los subproductos inevitables generados por la extracción de arcilla plástica y caolín. Sostienen que la piedra tallada y la piedra caliza se extraen para su uso como áridos, así como para usos distintos de áridos. La piedra tallada se produce a partir de arenisca o granito, los cuales se extraen para su uso como áridos. Los desechos, residuos o subproductos derivados de la producción de piedra tallada y piedra caliza también pueden utilizarse como áridos.
(417) Según las autoridades del Reino Unido, el hecho de que tanto la piedra caliza como sus subproductos puedan utilizarse como áridos se explica en parte por sus características materiales. Es probable que los residuos procedentes de la extracción de piedra caliza, que se utilizan en la producción de cal, no estén compuestos de un material residual distinto, sino de más piedra caliza. Las autoridades del Reino Unido sostienen que, en un número reducido de casos, los residuos de piedra caliza que se producen en la extracción de piedra caliza para la producción de cal pueden ser no aptos químicamente para la producción de cal. No obstante, en la mayoría de los casos, serían perfectamente aptos para utilizarse como áridos o para la producción de cal. El uso final de la piedra caliza se determina más por la demanda local que por la composición química.
(418) Por otra parte, según las autoridades del Reino Unido, es probable que los residuos procedentes de la extracción de roca para producir piedra tallada estén compuestos, en gran medida, de gravilla de la misma roca que se extrae. A diferencia de la arcilla plástica y el caolín, no hay costes adicionales en relación con la separación de los componentes de alta y baja calidad del mismo material.
(419) Las autoridades del Reino Unido sostienen, citando a la BGS, que tanto el material recién extraído como sus subproductos se extraen deliberadamente para su uso como áridos y que se utilizan como tales. La extracción de piedra caliza y roca para piedra tallada genera áridos de calidad que se extraerían para su venta por sí solos, incluso aunque no hubiera demanda local de piedra caliza o piedra tallada. El coste de la piedra caliza para cal es de alrededor de 12,50 GBP a 19,50 GBP por tonelada, mientras que el precio de su subproducto es de 7,16 GBP a 11,70 GBP por tonelada. El precio por tonelada de arenisca y cuarcita utilizadas para producir piedra tallada oscila entre 45,76 GBP y 82,42 GBP, mientras que el coste de sus subproductos áridos oscila entre 6,58 GBP y 10,04 GBP.
(420) Según las autoridades del Reino Unido, una cantera de granito produciría distintas proporciones de piedra tallada para suelos, edificios de oficinas, cocinas domésticas, etc. y áridos. Las rocas ígneas (incluido el granito), que también se usan para producir piedra tallada, cuestan alrededor de 5,51 GBP a 12,91 GBP por tonelada, mientras que sus subproductos áridos se venden por alrededor de 6,12 GBP a 12,82 GBP por tonelada.
(421) Según las autoridades del Reino Unido, la similitud de precio de la piedra caliza/piedra tallada y sus desechos (que, en cualquier caso, son la misma sustancia) significa que hay incentivos para extraer ambos, según la demanda local. Las autoridades del Reino Unido sostienen que la diferencia entre los subproductos inevitables del caolín y la arcilla plástica y los subproductos de la piedra caliza y la piedra tallada es justificable, y que cualquier otro tratamiento fiscal llevaría a abusos incontrolables y no podría aplicarse.
(422) Las autoridades del Reino Unido demuestran además que es totalmente coherente con el objetivo del impuesto fomentar la utilización de los subproductos inevitables de la extracción de caolín y arcilla plástica, ya que pueden utilizarse como áridos. Como tanto la piedra caliza/piedra tallada como los subproductos generados a partir de su producción pueden utilizarse como áridos y se extraen con ese objeto, la exención de los desechos derivados de la extracción de piedra caliza/roca usada para piedra tallada solo serviría para fomentar una mayor extracción de áridos y no bascularía la demanda de áridos recién extraídos hacia áridos reciclados y subproductos de residuos.
(423) Las autoridades del Reino Unido alegan que la piedra caliza es un árido de alta calidad para el que también hay demanda en el mercado. Hay mercado para la piedra caliza extraída únicamente para su uso como árido (88 canteras en el Reino Unido, como se muestra en la presentación conjunta de la BAA y las autoridades del Reino Unido) y, como tal, no hay ningún argumento medioambiental para sustituir este material por subproductos de otras actividades de extracción en canteras. Supuestamente, no existe ningún método objetivo para distinguir entre la piedra caliza producida como subproducto de la producción de cal para uso agrícola y la piedra caliza extraída específicamente para su uso como árido.
(424) Uno de los interesados mencionó que hay pozos de caolín y arcilla plástica que se han vuelto a abrir debido a la introducción del impuesto con el único fin de extraer áridos exentos. Las autoridades del Reino Unido obtuvieron confirmación de los dos productores nacionales de arcilla plástica y caolín de que esto no es cierto y sostuvieron que no tienen constancia de la concesión de ninguna autorización para tales fines de reapertura.
(425) En lo que respecta a las observaciones de un interesado según las cuales la arena de sílice, que es un subproducto de la extracción de caolín, siempre se ha utilizado como una fuente de áridos en Cornualles y que la exención no reduce la nueva extracción de arena de las canteras, las autoridades del Reino Unido comprobaron y facilitaron las ventas de arena parciales en Devon y Cornualles y demostraron que no podían atribuir ninguna producción a los subproductos de la extracción de caolín.
Evaluación de la Comisión
(426) Las observaciones de los productores de arcilla plástica y caolín, sus respectivas asociaciones comerciales y las autoridades del Reino Unido demuestran claramente que los subproductos se producen de manera involuntaria e inevitable. El caro y complicado proceso de extracción de arcilla plástica y caolín y el hecho de que se producen más residuos de los que los productores de caolín y arcilla plástica pueden comercializar demuestran que la arcilla plástica y el caolín no se extraen de manera intencionada para producir materiales de subproductos exentos para su uso como áridos.
(427) Además, las canteras de arcilla plástica y caolín funcionan comercialmente de manera distinta que las canteras que suministran áridos para la construcción, ya que tienen que cumplir contratos a largo plazo para garantizar una producción constante de los respectivos productos finales. Esto significa que no pueden extraer más ni menos cantidad de la que necesitan para obtener la cantidad de arcilla plástica y caolín contemplada en sus contratos; por lo tanto, la cantidad de subproductos extraídos seguiría siendo la misma. La introducción del AGL para los subproductos de arcilla plástica y caolín solo afectaría a la situación financiera de las respectivas empresas sin lograr ningún beneficio para el medio ambiente.
(428) A diferencia de los subproductos de la piedra caliza y la piedra cortada, los subproductos de la arcilla plástica y el caolín nunca se extraerían por sí solos para producir más áridos exentos. La exención de los subproductos de arcilla plástica y caolín no lleva a una mayor extracción de arcilla plástica y caolín recién extraídos y su valor de venta es mucho menor. No hay similitud de precios como en el caso de la piedra caliza y la piedra tallada. De hecho, la diferencia de precios es mucho mayor. Por lo tanto, no hay riesgo de que la exención pudiera dar lugar a un aumento deliberado de la nueva extracción. La exención de los subproductos de la extracción de arcilla plástica y caolín fomenta su uso en lugar de la extracción de áridos nuevos y está en consonancia con los principios que sustentan el AGL.
EXENCIÓN DE LOS ÁRIDOS COMPUESTOS ENTERAMENTE DE DESECHOS DE CUALQUIER PROCESO POR EL CUAL EL CARBÓN, EL LIGNITO, LA PIZARRA O EL ESQUISTO SE HAN SEPARADO DE OTRAS ROCAS DESPUÉS DE SU EXTRACCIÓN U OBTENCIÓN CON ESAS OTRAS ROCAS O DE DESECHOS DE CUALQUIER PROCESO EN EL QUE LAS SUSTANCIAS CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 18, APARTADO 3, DE LA LEY DE PRESUPUESTOS DE 2001 HAN SIDO SEPARADAS DE OTRAS ROCAS DESPUÉS DE SU EXTRACCIÓN U OBTENCIÓN CON ESAS OTRAS ROCAS [ARTÍCULO 17, APARTADO 3, LETRA f), INCISOS i) Y ii)]
(429) El carbón, el lignito, la pizarra y el esquisto y las sustancias enumeradas en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001 normalmente no se extraen para su uso como áridos, sino para otros fines. Antes de la adopción de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido habían explicado que la exención está destinada a fomentar el uso en lugar de la eliminación en vertederos de los residuos. Esto mejora el paisaje visual y reduce la necesidad de extraer otros materiales para su uso como áridos.
(430) En su Decisión de incoación, la Comisión observó, en primer lugar, que puede haber una diferencia entre los materiales exentos y no exentos que consiste en que los materiales exentos constituyen los desechos de la extracción de carbón, lignito, pizarra, esquisto y las sustancias enumeradas en el artículo 18, apartado 3. Son un subproducto inevitable de esta extracción, que normalmente se realizaría, no con el fin de extraer áridos, sino para extraer el material de que se trate y sustancias que (normalmente) no se usan como áridos. Sobre esta base, los deshechos de la extracción de carbón, lignito, pizarra, esquisto y las sustancias enumeradas en el artículo 18, apartado 3, no parecen estar en una situación comparable con los áridos gravados con el impuesto según el objetivo del AGL.
(431) No obstante, la Comisión dudaba de que esta diferencia fuera suficiente para demostrar que la exención fiscal se justifica por los principios que sustentan el AGL. Consideró que la diferencia con los áridos gravados con el impuesto solo se justifica si la exención se limita a los desechos inevitables de la extracción de esas sustancias. La Comisión consideró que esto es así, puesto que la exención se limita al material que constituye al 100 % los desechos del proceso de separación.
(432) La Comisión dudaba de la diferencia de situación de los materiales exentos en comparación con los materiales no exentos que se producen como desechos de la extracción de piedra caliza cuando la piedra caliza se extrae para producir cal o en comparación con los desechos de la extracción de roca para producir piedra tallada con una o más superficies planas. Además, la Comisión se preguntaba si la exención podía justificarse a la luz del objetivo asignado al AGL, por ejemplo, en el caso de la extracción de pizarra y esquisto u otras sustancias enumeradas en el artículo 18, apartado 3, para su uso como áridos.
(433) La Comisión recibió numerosas observaciones de los interesados, que se presentan en las secciones pertinentes, en relación con las exenciones del carbón, el lignito, la pizarra o el esquisto.
Observaciones recibidas por la Comisión Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(434) Las autoridades del Reino Unido sostienen que las exenciones del AGL distinguen entre materiales residuales que se originan como subproductos de la extracción de un mineral no árido (como los residuos de la extracción de caolín y arcilla plástica), que están exentos, y los materiales residuales que son el subproducto de la extracción de áridos (como los residuos de piedra caliza), que permanecen sujetos al impuesto.
(435) En lo que respecta a los desechos de la extracción de carbón, las autoridades del Reino Unido sostienen que el insignificante precio de los desechos de esquisto y los residuos de minas de carbón demuestran que hay escasos incentivos para extraer más carbón a fin de obtener subproductos adicionales, tanto si esos subproductos están exentos del impuesto como si no lo están.
(436) Según las autoridades del Reino Unido, la exención de los residuos derivados de la extracción de pizarra no da lugar a la extracción de más pizarra con el fin de obtener gravilla de pizarra, en particular porque la producción de pizarra ya produce grandes cantidades de gravilla de residuos de pizarra y solo alrededor del 10 % de ellos se utilizan actualmente como áridos y porque no sería económicamente viable explotar la cantera para tales fines.
(437) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la distinción entre los residuos de pizarra por un lado y los residuos de piedra tallada y piedra caliza por el otro se deriva del objetivo de desincentivar la extracción adicional de piedra caliza para su uso como árido y, al mismo tiempo, no desalentar la producción de materiales no áridos. Incluso en los casos en que se extrae piedra caliza para usos distintos de los áridos o en que se extrae roca para producir piedra tallada, los residuos que se crean se extraen deliberadamente al mismo tiempo para su uso como áridos y resultan adecuados para tal uso. La explotación de la cantera genera áridos de alta calidad que se seguirían extrayendo para su venta por sí solos, aunque no hubiera demanda local de cal o piedra tallada. Este no parece ser el caso en lo que respecta a los desechos de pizarra, esquisto, carbón, lignito, arcilla y las sustancias mencionadas en el artículo 18, apartado 3. Las autoridades del Reino Unido sostienen que no hay pruebas de que ninguna cantera extraiga deliberadamente pizarra, esquisto, carbón, lignito, arcilla o las sustancias mencionadas en el artículo 18, apartado 3, con el fin específico de obtener desechos para su uso como áridos. Además, según las autoridades del Reino Unido, la exención no fomenta más extracción con el fin de obtener desechos para su uso como áridos exentos.
(438) No obstante, según las autoridades del Reino Unido, la exención de los desechos de la extracción de piedra caliza (independientemente de si no se utilizan como áridos, como en el caso de la cal) y de roca para piedra tallada podría fomentar extracciones adicionales con el fin de obtener desechos para su uso como áridos exentos. Esto se debe a que los desechos se componen de la misma sustancia que el material principal extraído en la cantera, que su valor es relativamente cercano al precio del material principal y que son aptos para su uso como materiales para áridos de alta calidad. Es probable que si dichos materiales se eximen del impuesto, se acabe por fomentar la extracción adicional, lo que se opondría a la lógica medioambiental del AGL.
(439) Las autoridades del Reino Unido sostienen que se había considerado la posibilidad de introducir una exención para los residuos de la producción de áridos primarios o de la producción de áridos de alta calidad. No obstante, la consulta con el sector demostró que esto no sería factible, ya que la gama de productos de las canteras varía significativamente, y lo que algunas canteras consideran áridos de alta calidad se serían residuos producidos por otras canteras. Las autoridades del Reino Unido sostienen que, además del riesgo significativo de evasión de impuestos, la aplicación de una exención a los residuos derivados de la extracción de áridos sería también contraria a la lógica y al objetivo medioambiental global del AGL. Contribuiría, en efecto, a reducir el precio relativo de los áridos de menor calidad, lo que aumentaría la demanda y podría dar lugar a un aumento de la extracción de áridos (y en los daños medioambientales asociados) en los lugares de que se trate.
(440) Según las autoridades del Reino Unido, una cantera de pizarra produciría productos arquitectónicos de alta calidad que se venderían por más de 200 GBP por tonelada. Alrededor del 5 % de la pizarra extraída es adecuada para este fin debido a la formación geológica de la pizarra y, por lo tanto, se produce una gran cantidad de residuos de pizarra. Este tipo de residuos es apto para la venta para su uso como áridos y una pequeña proporción de los residuos generados se vende a un precio que oscila entre 2 GBP y 8 GBP por tonelada, mientras que el resto se apila en montones. Las autoridades del Reino Unido sostienen que el coste de producir una tonelada de producto para su uso como árido es mayor que el de una explotación típica de áridos por medio de taladro y barrena que realizarían las canteras de piedra caliza o granito, puesto que la pizarra se toma de varios procesos y se procesa muchas veces antes de ser triturada. La estrategia de comercialización consiste en maximizar el valor de los recursos existentes, lo que aumenta el rendimiento del material de alto valor.
Evaluación de la Comisión
(441) La Comisión ya había llegado a la conclusión en el considerando 366 de que, ya que se ha puesto de manifiesto que se ha extraído esquisto de manera deliberada para su uso como áridos por lo menos por parte de una cantera, su exención en virtud del artículo 17, apartado 4, letra a), de la Ley de Presupuestos de 2001 no se justifica por los principios que sustentan el AGL.
(442) La Comisión ya ha establecido en los considerandos 205, 333, 367 y 368 que el carbón, el lignito, la pizarra y las sustancias que figuran en el artículo 18, apartado 3, no pueden extraerse ni se extraen para su uso como áridos y, por lo tanto, no se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que los materiales gravados con el impuesto.
(443) Por otra parte, la Comisión evaluó la diferencia entre estas exenciones y los desechos de la extracción de piedra caliza cuando la piedra caliza se extrae para producir cal o en comparación con los desechos de la extracción de roca para producir piedra tallada con una o más superficies planas en el contexto del establecimiento de los principios que sustentan el AGL según lo detallado en los considerandos 149 a 158.
(444) En lo que se refiere a los desechos de la extracción de pizarra, que podrían utilizarse como áridos y que también están compuestos de pizarra, la Comisión observa que, dado su bajo valor, no se iba a extraer pizarra de manera deliberada para obtener estos productos (véanse los considerandos 226 y 237 a 240). Los desechos de la extracción de pizarra alcanzan un precio de venta que oscila entre […] GBP y […] GBP por tonelada. Los productos arquitectónicos de pizarra de alta calidad parecen tener un precio de venta a partir de 200 GBP por tonelada y hasta más de 1000 GBP por tonelada. Solo una pequeña parte de los desechos de la extracción de pizarra pueden encontrar mercado y venderse incluso con la exención del AGL. Por otra parte, la extracción de pizarra es un proceso sumamente caro en el que se incurre en más costes que en el caso de la extracción normal. Según las autoridades del Reino Unido, el coste de producción de desechos de pizarra asciende a 5,7 GBP-6,5 GBP por tonelada (considerando 263). Esto demuestra que no tiene sentido desde el punto de vista económico extraer pizarra deliberadamente solo para beneficiarse de los desechos exentos de su extracción. Por lo tanto, es poco probable que esta exención aumente la nueva extracción.
(445) De conformidad con los ingresos típicos de las canteras de pizarra, los productos arquitectónicos especializados, pese a que solo suponen el 5 % de la producción, aportan ingresos a las canteras que son de 2,54 a 3,52 veces superiores a los ingresos por los desechos de pizarra (véase el considerando 263).
(446) Dado que los desechos de la extracción de pizarra pueden utilizarse como áridos y se utilizan para tal fin, se podrían considerar en una situación de hecho y Derecho comparable a la de otros materiales gravados con el impuesto.
(447) Por lo tanto, la Comisión concluye que la exención del AGL de los desechos de la extracción de pizarra representa, en primer lugar, la exención de los desechos de la extracción de un material que no está recién extraído para su uso como áridos y, en segundo lugar, no da lugar a nuevas extracciones de materiales, sino que puede aumentar el uso como árido de un material que de otro modo se desecharía o vertería en escombreras de residuos. Por lo tanto, esta exención está justificada por el objetivo de basculamiento de la demanda del AGL.
(448) Lo mismo se aplica a los desechos de carbón, lignito y de las sustancias que figuran en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001, que no son áridos o no se extraen para su uso como áridos.
(449) En primer lugar, la extracción de lignito genera desechos. De acuerdo con la información de las autoridades del Reino Unido, el lignito es en sí mismo un subproducto de la extracción de arcilla plástica en Devon. Los yacimientos de lignito de Irlanda del Norte no son explotados.
(450) En segundo lugar, según los datos presentados por los interesados y por las autoridades del Reino Unido, los desechos de la extracción de carbón, que pueden incluir esquisto, no son aptos para su uso como áridos (por ejemplo, la arcilla refractaria) o por lo general son vertidos y consolidados. Algunos desechos o residuos de la extracción de carbón son aptos para su uso como áridos y pueden, por lo tanto, sustituir a los áridos recién extraídos.
(451) La información sobre los precios en lo que se refiere a los precios del carbón (50 GBP) frente al precio al que se vende el carbón (de 1 a 2 GBP), cuando hay demanda para este tipo de productos, demuestra que la exención de los desechos de carbón no puede dar lugar a una mayor extracción de carbón solo para obtener los materiales exentos.
(452) La exención del AGL de los desechos de la extracción de carbón ayuda a alcanzar el ámbito medioambiental del AGL.
(453) En tercer lugar, como se explicó en el punto 5.6.2, las sustancias que figuran en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001, no se extraen deliberadamente para su uso como áridos, ya que la mayoría de ellas no son áridos o no son aptas para su uso como áridos. Las únicas sustancias aptas para áridos ligeros son la perlita, la piedra pómez y la vermiculita, que no se extraen en el Reino Unido. Por otra parte, las autoridades del Reino Unido han demostrado que las sustancias que figuran en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001, no generan desechos que podrían utilizarse como áridos, son en sí mismas desechos de la extracción de alguna otra cosa o ya no se extraen. Por lo tanto, la exención de los desechos de las sustancias que figuran en el artículo 18, apartado 3, de la Ley de Presupuestos de 2001, si la hay, no puede dar lugar a una mayor extracción del material principal para obtener productos áridos exentos.
(454) Por lo tanto, la Comisión puede concluir ahora que la exención de los áridos constituidos enteramente por los desechos de cualquier proceso por el cual el carbón, el lignito, la pizarra o el esquisto se han separado de otras rocas después de su extracción u obtención con esas otras rocas o de desechos de cualquier proceso en el que las sustancias contempladas en el artículo 18, apartado 3, han sido separadas de otras rocas después de su extracción u obtención con esas otras rocas se encuentra en una situación de hecho y Derecho distinta de la de los materiales sujetos al AGL a la luz del objetivo del AGL.
(455) Los desechos de la extracción de esquisto cuando el esquisto se extrae deliberadamente para su uso como árido, son comparables a los desechos de la extracción de cualquier otro material gravado con el impuesto (por ejemplo, piedra caliza, granito y gravilla). La Comisión señala que se ha recibido muy poca información sobre el coste de extracción del esquisto y el precio que alcanza el esquisto cuando se extrae como producto principal de una cantera. Ha recibido algunos datos sobre los precios del esquisto que se utiliza para fabricar ladrillos, del esquisto como subproducto de otro material o del esquisto junto con arcilla. Sin embargo, el hecho de que la extracción deliberada de esquisto para su uso como áridos tenga lugar (véanse los considerandos 350 y 351) arroja dudas sobre la consecución del objetivo medioambiental del AGL mediante dicha exención, tal como también determinó el Tribunal General.
(456) Los desechos de cualquier proceso por el cual se haya separado el esquisto de otras rocas pueden utilizarse como áridos. La posibilidad de vender desechos de la extracción de esquisto para su uso como áridos exentos del AGL tiene un efecto dinamizador adicional para los productores de esquisto y podría fomentar la nueva extracción de esquisto, como señala el Tribunal General. Como producto principal, parece que a veces el esquisto se extrae deliberadamente para su uso como árido. Los desechos del proceso para la obtención de esquisto también podrían venderse como áridos. Por lo tanto, no hay ninguna garantía de que la exención de desechos del esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como áridos no aumente las nuevas extracciones de esquisto, lo que socavaría el objetivo medioambiental del AGL.
(457) Los desechos de la extracción de esquisto, cuando el esquisto se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, se encuentran dentro del ámbito de la imposición normal del AGL y no están en una situación de hecho y Derecho distinta de la de los materiales gravados en virtud del AGL a la luz del objetivo medioambiental del AGL. Además, la exención para esos desechos no puede justificarse en virtud de la naturaleza y la lógica del AGL, como se ha indicado en el considerando 456.
(458) En lo que respecta al esquisto como residuo producido por la extracción de esquisto para un uso distinto del de árido (por ejemplo, para la fabricación de ladrillos), la Comisión considera, sobre la base de la información disponible, que aunque está en una situación de hecho y Derecho comparable a la de otros materiales gravados con el impuesto, no se ha demostrado que la exención de tales desechos pueda dar lugar a un aumento de nueva extracción de esquisto para usos distintos del de árido. Dado el precio relativamente bajo del esquisto como subproducto cuando se vende para su uso como árido (de […] GBP a 4,4 GBP por tonelada, incluidos los costes de transporte), es muy poco probable que la exención de los desechos de la extracción de esquisto pueda dar lugar a un aumento de la extracción de esquisto. En cualquier caso, ese aumento de la nueva extracción de esquisto para usos distintos de los de áridos no sería contrario al objetivo del AGL.
(459) Los productores de esquisto tendrían que demostrar qué usos tenía el esquisto que producían para reclamar una exención del AGL de los desechos, es decir, si se explotó comercialmente para su uso como árido.
ÁRIDOS COMPUESTOS PRINCIPALMENTE DE O QUE FORMEN PARTE DE CUALQUIER PRODUCTO COMPUESTO PRINCIPALMENTE DE DESECHOS, RESIDUOS O SUBPRODUCTOS DE CUALQUIER PROCESO DE COMBUSTIÓN INDUSTRIAL O DE LA FUNDICIÓN O EL REFINADO DE METALES [ARTÍCULO 17, APARTADO 4, LETRA c), INCISOS i) Y ii)]
(460) Antes de la adopción de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido habían indicado que el propósito principal del proceso industrial de que se trata (por ejemplo, generación de electricidad con carbón, fundición de mineral de hierro para producir acero) es producir un producto que no se utilice como árido. Los desechos, residuos y subproductos de que se trata son, por ejemplo, escoria industrial (escoria de altos hornos, escoria de acero de convertidores al oxígeno, escoria de acero de hornos de arco eléctrico y cenizas de combustión).
(461) La finalidad de la exención es fomentar el uso en lugar de la eliminación en escombreras de residuos (basculación de la demanda). Esto mejora el paisaje visual y reduce la necesidad de extraer áridos vírgenes.
(462) La Comisión puso en duda que la aplicación de la exención a los materiales compuestos principalmente (es decir, a partir del 50 %) de los desechos, residuos o subproductos de cualquier proceso de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales estuviera en consonancia con la naturaleza y la lógica del AGL.
(463) La Comisión ha recibido varias observaciones de los interesados al respecto.
Observaciones recibidas por la Comisión Observaciones recibidas de la Mineral Products Association el 2 de enero de 2014
(464) La Mineral Products Association apoya las conclusiones de la Comisión en la Decisión de incoación de que estos materiales no están en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado con el impuesto. La justificación es clara para los materiales compuestos enteramente de desechos o residuos. No obstante, para los materiales compuestos principalmente de desechos o residuos, una exención solo se justificaría si hay una pequeña cantidad de residuos de otros materiales mezclados con el material exento.
Observaciones recibidas de QPANI el 8 de enero de 2014
(465) Según QPANI, hay una gran oferta de materiales utilizados en los mercados de áridos, que son subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales, como la escoria de hierro y acero y las cenizas de fondo de incineradoras. La asociación apoya la conclusión que figura en el considerando 124 de que estos materiales no están en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado a la luz del objetivo asignado al AGL. Hay una justificación clara para los materiales compuestos enteramente de desechos, residuos o subproductos de estos procesos en el momento de la explotación comercial para quedar exentos del AGL.
Observaciones recibidas de la BAA el 17 de enero de 2014
(466) La BAA presentó una carta de Hart Quarry, una cantera de cal agrícola, que demuestra las dificultades que ha encontrado esa cantera para que sus productos secundarios compitieran con los áridos de escoria de acerías próximas. Los áridos producidos por la cantera están exentos, aunque el impacto medioambiental de las acerías es mucho mayor que el de Hart Quarry. Supuestamente, el AGL habría impedido a Hart Quarry competir en el mercado de los áridos. Según la BAA, la cantera vende toda la cal que produce y la cantidad de áridos producidos como subproducto en proporción con el total de la producción se ha mantenido constante, no puede disminuir ni aumentar. Por lo tanto, no se han acumulado grandes cantidades de áridos sin vender durante el AGL. La cantera, supuestamente, no puede aumentar su producción de cal para satisfacer la demanda de exportación debido a los subproductos no vendidos.
Información complementaria recibida del señor Bird de la BAA el 10 de febrero de 2014
(467) El señor Bird afirma que el árido de escoria no es un producto residual de la industria de fabricación de acero, sino un subproducto que puede utilizarse como árido. El señor Bird adjuntó información referida a la escoria del informe final de la Comisión de Competencia del Reino Unido sobre los mercados de áridos y cemento en el Reino Unido. Según el señor Bird, la escoria puede molerse para crear aditivos o una alternativa al cemento Portland ordinario, lo que la convierte en un producto importante que crea un árido de alta calidad.
Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(468) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la exención se refiere a los productos químicos añadidos a los materiales resultantes de cualquier proceso de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales para que puedan utilizarse como áridos.
(469) Según las autoridades del Reino Unido, por una serie de motivos, los subproductos de los procesos industriales de combustión no siempre tienen una calidad adecuada o suficiente por sí solos para ser utilizados como áridos. No obstante, si se añade material adicional, puede mejorar su aptitud para tal uso. Por ejemplo, la producción de acero inoxidable produce silicato dicálcico al enfriarse. La sustancia transforma la escoria [conocida como escoria AOD] en polvo, lo que plantea problemas de recogida que hacen que no sea apto para su uso como áridos para la construcción o de otro tipo. Si el productor de acero añade el compuesto químico tetraborato de sodio (bórax) a la escoria de fundición después de que se haya fundido en el horno, el compuesto químico estabilizará la escoria. La adición del compuesto químico elimina el problema de la recogida del polvo y permite que la escoria estabilizada forme un material de tipo rocoso cristalino que puede someterse a un proceso de recuperación de metal, trituración, cribado e intemperismo tras el cual es apto para ciertos usos como áridos, por ejemplo, en la preparación de materiales asfálticos.
(470) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la adición de un compuesto químico a un subproducto de un proceso de combustión industrial no hace que la exención sea incompatible con el objetivo del impuesto, ya que el material resultante no es un árido gravado con el impuesto.
Evaluación de la Comisión
(471) La Comisión ha concluido ya en el considerando 124 de la Decisión de incoación que los áridos compuestos enteramente de o que formen parte de cualquier cosa compuesta principalmente de los desechos, residuos o los subproductos de cualquier proceso de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales (subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales) no están en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado con el impuesto a la luz del objetivo asignado al AGL.
(472) Tanto las autoridades del Reino Unido como la Mineral Products Association han demostrado que los áridos compuestos principalmente de subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales no se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado con el impuesto según el objetivo asignado al AGL.
(473) En efecto, la Comisión recibió información que indica que los subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales tienen un alto valor como áridos y tienen diversos usos. La BAA presentó el ejemplo de una cantera de piedra caliza que produce principalmente cal agrícola, pero que compite con los subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales en el mercado de sus productos secundarios, es decir, los áridos de piedra caliza. Esto demuestra que la exención de los subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales está aun más justificada, ya que un subproducto inevitable como este reemplaza a otros áridos recién extraídos, como los áridos de piedra caliza.
(474) La Comisión ya ha examinado la diferencia entre los subproductos de la extracción de piedra caliza para la producción de cal agrícola y los subproductos exentos de procesos no áridos en los considerandos 151 a 158.
(475) La BAA sostiene que los subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales no deberían beneficiarse de una exención del AGL, ya que el impacto medioambiental de las acerías es mucho más alto que el de la extracción de áridos. Es posible que sea así. No obstante, los procesos que se efectúan en las acerías no están relacionados con el AGL. La exención de los subproductos de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales solo sirve para la venta de estos como áridos para que puedan reemplazar a las nuevas extracciones para su uso como áridos.
(476) Por lo tanto, la Comisión considera que las observaciones recibidas no constituyen motivo para que se aleje de su evaluación inicial en la Decisión de incoación (considerando 124).
(477) En relación con la exención que se amplía a material que es principalmente, pero no enteramente, un subproducto de procesos de combustión industrial o de la fundición o el refinado de metales, las autoridades del Reino Unido explicaron que a menudo se requieren otros compuestos químicos para estabilizar el material para que sea apto para su uso como árido.
(478) La Comisión observa que la Directiva sobre la gestión de residuos de industrias extractivas (Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) describe en su artículo 3, apartado 3, los residuos inertes como residuos que no experimentan ninguna transformación física, química o biológica significativa y que, por lo tanto, no deben implicar riesgos de contaminación. El ejemplo facilitado por las autoridades del Reino Unido (en el considerando 469), que implica el uso de bórax se podría interpretar como relacionado con un ejemplo de un compuesto químico adicional que podría aumentar el riesgo de contaminación, en función de las cantidades utilizadas, su concentración y las zonas (suelo, agua, etc.) afectadas. No obstante, el uso de bórax no entra en el ámbito de aplicación de la presente Decisión.
(479) La Mineral Products Association propuso que en los casos en que los materiales se mezclen con materiales que estén sujetos al impuesto, el importe del impuesto debe ser proporcional a la cantidad de material gravado con el impuesto en la mezcla. Tal como está estructurado el AGL, esto ya es así. El material de áridos que se ha mezclado con otro material distinto del agua se considera explotado comercialmente y como tal, ya estaría sujeto al impuesto [artículo 19, apartado 1, letra d) de la Ley].
(480) Por lo tanto, la Comisión concluye que la exención en virtud del artículo 17, apartado 4, letra c), incisos i) y ii), de la Ley se enmarca dentro de los principios que sustentan el AGL y no constituye una ventaja selectiva.
EXENCIÓN DE MATERIAL ENTERA O PRINCIPALMENTE COMPUESTO DE ARCILLA [ARTÍCULO 17, APARTADO 4, LETRA f)]
(481) En cuanto a la arcilla, las autoridades del Reino Unido habían explicado, antes de la adopción de la Decisión de incoación, que a causa de sus propiedades plásticas, la arcilla no se suele considerar como una roca. La exención aclara esto y evita la necesidad de identificar y cargar el AGL en la arena o piedra que se producen naturalmente junto con la arcilla.
(482) No obstante, la Comisión señala que, desde el punto de vista geológico, la arcilla se considera una roca y se puede utilizar como árido. En la medida en que un material compuesto entera o principalmente de arcilla se extrae para utilizarse como árido, no considera que quede claro cómo podría justificarse la exención en función de los principios de imposición normal o en qué medida podría considerarse en una situación diferente de los materiales gravados con el impuesto según el objetivo del AGL.
(483) La Comisión ha recibido las siguientes observaciones de la BAA.
Observaciones recibidas por la Comisión Observaciones recibidas de la BAA el 15 de septiembre de 2014
(484) La BAA sostiene que la arcilla puede utilizarse como árido sin ser alterada química ni físicamente. Afirma que la arcilla se enmarca en la definición de árido especificada en la Decisión de incoación. Puede utilizarse en una serie de usos como árido, incluido como relleno para la construcción. La BAA facilita un capítulo de un libro referente a los usos de la arcilla en ingeniería civil y construcción. Según la BAA, el Organismo de carreteras del Reino Unido (UK Highways Agency) también utiliza arcilla en grandes cantidades para obras de carreteras. La BAA sostiene que este es un uso como áridos. La arcilla entra en una de las categorías de materiales aceptados proporcionada por la especificación para obras de carreteras (Specification for Highway Works) en el Reino Unido. Se puede utilizar como relleno cohesivo para obras de carreteras. La BAA ha facilitado ejemplos de canteras que supuestamente extraen arcilla adecuada para obras de carreteras. Por otra parte, la arcilla es adecuada para determinados usos como áridos para los que no son adecuadas otras rocas, por ejemplo, para el recubrimiento y la impermeabilización superficial de vertederos y el recubrimiento de estanques y canales.
(485) La BAA ha facilitado una lista de ocho canteras que supuestamente extraen arcilla para su uso como áridos. La lista se ha extraído del Directorio de minas y canteras de la BGS de 2010. Por otra parte, la BAA facilitó ejemplos de dos canteras que extraen arcilla apta para escolleras/defensas contra inundaciones, proyectos de ingeniería, impermeabilización superficial de vertederos, recubrimiento de estanques, material de relleno y recuperación de tierras, todos ellos, supuestamente, usos como áridos. El material extraído también entra en la categoría de material cohesivo que es adecuado para obras de carreteras. La BAA facilita además un ejemplo de la utilización de arcilla de una de las canteras para la construcción de una carretera.
(486) La BAA sostiene, por tanto, que hay muchas canteras que producen y venden arcilla para su uso como árido y no solo para procesos cerámicos. Según la BAA, también hay una serie de canteras donde la arcilla está interestratificada con otros materiales de los cuales los materiales compuestos principalmente de arcilla estarían exentos.
Observaciones de las autoridades del Reino Unido
(487) Las autoridades del Reino Unido sostienen que la arcilla se distingue fácilmente de otros tipos de roca sedimentaria de grano muy fino por su plasticidad y capacidad de cortarse y moldearse con un cuchillo o espátula (definición en el Informe). Estas propiedades plásticas de la arcilla hacen que no sea apta para la mayoría de usos como árido, puesto que se hincha a medida que absorbe el agua y se agrieta cuando se seca.
(488) Según las autoridades del Reino Unido, la mayoría de la arcilla es blanda y no granulosa, y sin transformación química o física solo es adecuada para utilizarse como relleno en acondicionamiento de terrenos, por ejemplo, para recubrir vertederos y en defensas contra inundaciones. Por lo general, la arcilla no se utiliza como relleno en cimientos de edificios porque es muy probable que su baja resistencia, compresibilidad y tendencia al encogimiento y a la hinchazón hagan que el edificio se mueva más allá de sus límites permisibles, lo que provocaría grietas y degradación. Para este uso se prefieren áridos duros y granulosos, porque formarán una plataforma mucho más estable para el edificio. Por lo tanto, las arcillas sin tratar suelen considerarse como no aptas para su uso típico como áridos (por ejemplo, como relleno para cimientos de edificios, fabricación de hormigón, cantos quebrados o mortero). Estos usos representan la mayor proporción de la producción en el Reino Unido. Casi siempre, el uso típico como áridos requiere un material granuloso duro, por lo general arena, grava y/o roca dura triturada, como piedra caliza, rocas ígneas o arenisca, o material granuloso reciclado de residuos de demolición o construcciones de carreteras. Las únicas circunstancias en las que se puede usar arcilla para el uso típico como árido es cuando la arcilla ha sido sometida a un proceso de prensado y se ha calentado a más de 1000 °C en un proceso industrial para formar un gránulo ligero y duro que se puede utilizar como árido granulado en hormigón para algunas aplicaciones especializadas pero menores. Las autoridades del Reino Unido afirman que no han encontrado ninguna cantera donde se pueda decir que se extraiga arcilla específicamente para su uso como árido.
(489) Sin embargo, según las autoridades del Reino Unido, las propiedades de la arcilla la hacen apta para aplicaciones distintas de los áridos en las que la arcilla permanece hidratada y su impermeabilidad al agua es un requisito clave. Las autoridades del Reino Unido no consideran que en el proceso de recubrimiento e impermeabilización superficial de vertederos se utilicen materiales como áridos: no se requiere el volumen del material, sino la impermeabilidad al agua y lixiviados. Los usos especializados de la arcilla incluyen la impermeabilización superficial de vertederos, cursos de agua y lagos o estanques y defensas contra inundaciones. La arcilla utilizada para estos fines no constituye un uso como árido; es decir, en lugar de utilizarse como relleno de volumen en el que se requieren las propiedades duras y granulosas del material, la arcilla (que no es ni dura ni granulosa) se utiliza para crear una barrera a través de la cual el líquido tiene el paso restringido.
(490) En respuesta a la observación de la BAA de que la arcilla puede utilizarse para obras de carreteras, las autoridades del Reino Unido observan que el Organismo de carreteras ha informado a las autoridades del Reino Unido de los usos de la arcilla. Las autoridades del Reino Unido sostienen que la arcilla excavada del lugar en el que se lleva a cabo un proyecto de construcción de carreteras puede utilizarse, debido a su permeabilidad, para grandes acondicionamientos de terrenos, como el relleno y la construcción de diques, cuando no es necesario transportarla (es decir, la arcilla no se extrae específicamente, sino que es un subproducto de la construcción de la carretera). La arcilla puede tratarse con cal o cemento para mejorar su capacidad de soporte para la carretera. Puede utilizarse en la impermeabilización de canales de drenaje (donde su permeabilidad es importante) o como material de relleno para estructuras menores en la que no es necesario soportar grandes pesos. Las autoridades del Reino Unido observan que el sobrante de arcilla excavada en obras de carreteras puede enviarse a vertederos como residuos y que, en algunas ocasiones, organismos comerciales pueden tratar con calor la arcilla para producir áridos ligeros para la construcción de carreteras.
(491) Las autoridades del Reino Unido, citando al Organismo de carreteras, explican que los materiales para el acondicionamiento de terrenos se dividen en dos categorías: granulosos (clase 1) y cohesivos (clase 2). Las categorías de materiales granulosos están compuestas por áridos, es decir, materiales utilizados para proporcionar relleno de volumen estable. Los materiales cohesivos no son áridos, sino que comprenden materiales con un menor tamaño de partículas, de manera que se comportan de manera cohesiva, es decir, que son pegajosos y tienen una permeabilidad limitada al agua.
(492) Según las autoridades del Reino Unido, la arcilla solo puede utilizarse como material granuloso si se trata con calor y se somete a un proceso de prensado. Sin embargo, puede utilizarse como material cohesivo sin tratamiento térmico. En estos usos, la arcilla no puede sustituirse por materiales áridos, por ejemplo granito o piedra caliza triturados, ya que estos son materiales granulosos. La arcilla puede sustituirse por cenizas de combustible pulverizado (por ejemplo, de centrales eléctricas de carbón), ya que también tiene propiedades cohesivas.
(493) Según las autoridades del Reino Unido, a diferencia de la arcilla, la roca de protección para defensas contra el mar está formada por áridos. Se trata de un papel para aportar volumen en el que las propiedades duras y granulosas de trozos de roca irregulares sin tallar forman un material estable que protege los terrenos blandos de la erosión causada por el mar. Las defensas contra el mar con protección con rocas son muy distintas del uso de la arcilla en las defensas contra inundaciones; la protección con rocas resiste la erosión causada por el agua en lugar de contener el agua al ser impermeable a ella. Los requisitos de la especificación dependen de la gravedad del entorno marino, pero la densidad y el valor de abrasión de los áridos son propiedades importantes.
(494) Las autoridades del Reino Unido afirman que no hay pruebas claras, incluso en el material identificado por la Comisión o en el material presentado por la BAA al Tribunal General, que demuestren que se esté extrayendo arcilla para su uso como árido en el Reino Unido. La opinión del Tribunal General se calificó explícitamente como salvo prueba en contrario (véanse los apartados 86-91 de la sentencia en el asunto T-210/02 RENV). Las autoridades del Reino Unido han investigado las sugerencias presentadas por la BAA en lo que se refiere a las canteras que estarían explotando la arcilla exclusivamente para su uso como áridos y han llegado a la conclusión de que esto no es así. La información extraída de los registros tributarios confidenciales se ha facilitado a la Comisión.
(495) Las autoridades del Reino Unido se han puesto en contacto con una cantera que, según la BAA, utilizaba su arcilla para construir una carretera. Según las autoridades del Reino Unido, la cantera explicó que la arcilla se utiliza para la construcción de carreteras como capa estable no permeable para elevar la carretera respecto al nivel de inundación en el que se colocan los áridos de piedra y el asfalto. No se utiliza para sustituir los áridos de piedra, ya que no sería apta sin tratamiento.
(496) Las autoridades del Reino Unido sostienen que las características materiales y el valor de la arcilla hacen que su extracción para uso como árido sea intrínsecamente improbable.
(497) Según las autoridades del Reino Unido, la arcilla presente naturalmente, la tierra o la materia orgánica, no tiene el 100 % de pureza. Por lo tanto, al definir los materiales arcilla, tierra, vegetales u otra materia orgánica como exentos del impuesto sobre los áridos, era necesario dar cabida a los materiales que se componen principalmente de estos materiales.
Evaluación de la Comisión
(498) Los interesados y las autoridades del Reino Unido están en desacuerdo sobre el uso de la arcilla como árido. Solo si dicho uso puede establecerse, estaría la arcilla en una situación de hecho y Derecho comparable con la de los materiales gravados con el impuesto.
(499) La arcilla se distingue de otros materiales por sus propiedades de plasticidad, capacidad de corte y moldeado con un cuchillo o espátula y falta de permeabilidad, lo cual hace que sea inadecuada para la mayoría de usos como árido, ya que se hincha a medida que absorbe el agua y se agrieta cuando se seca.
(500) La BAA afirmó que los usos de la arcilla para impermeabilización superficial de vertederos, defensas contra inundaciones y como material cohesivo para obras de construcción de carreteras son usos como áridos. Las autoridades del Reino Unido, sin embargo, mencionan que estos no son usos como áridos de la arcilla. Dado que todos estos usos se basan en las cualidades específicas de no permeabilidad y plasticidad de la arcilla y no en el volumen del material, la Comisión considera que las autoridades del Reino Unido tienen derecho a considerar la arcilla usada para impermeabilización superficial de vertederos, defensas contra inundaciones y como material cohesivo para obras de construcción de carreteras como un uso no árido.
(501) La Comisión pidió a las autoridades del Reino Unido acceso a registros tributarios confidenciales con respecto a las ocho canteras de arcilla que la BAA había presentado como extractoras de arcilla para su uso como áridos. La información recibida por la Comisión de las autoridades del Reino Unido indica que ninguna de esas canteras explota la arcilla para su uso como árido. Algunos de esos lugares ni siquiera eran canteras, sino vertederos.
(502) Según la información recibida, la Comisión observa que no se extrae arcilla para su uso como árido. No se usa como árido y no se puede utilizar para tal fin a menos que se someta a transformaciones físicas, es decir, que se compacte y se caliente a más de 1000 °C en un proceso industrial para formar gránulo ligero y duro.
(503) Por lo tanto, la Comisión concluye que la arcilla no se puede usar y no se extrae para su uso como árido y, por lo tanto, está en una situación de hecho y Derecho distinta de la de los materiales gravados con el impuesto a la vista de la norma de imposición normal del AGL.
(504) Por otra parte, como la arcilla no tiene el 100 % de pureza, el material compuesto principalmente de arcilla se encuentra también en una situación de hecho y Derecho distinta de la de los materiales gravados con el impuesto a la vista de la norma de imposición normal del AGL.
CONCLUSIÓN SOBRE LA SELECTIVIDAD
(505) Sobre la base de lo anterior, la Comisión concluye que i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos, se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que los áridos gravados con el impuesto a la vista de la norma de imposición normal y el objetivo del AGL y que las exenciones de esos materiales no se pueden explicar en virtud de la naturaleza y la lógica del AGL. Por lo tanto, esas exenciones son selectivas.
(506) Además, la Comisión concluye que las exenciones fiscales, exclusiones fiscales y deducciones fiscales establecidas en el artículo 17, apartado 3, letra e), y en el artículo 17, apartado 3, letra f), incisos i) y ii) (excepto en el caso de desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos), en el artículo 17, apartado 4, letra a) (excepto en el caso del material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto), en el artículo 17, apartado 4, letra c), incisos i) y ii) y en el artículo 17, apartado 4, letra f) (en lo que se refiere a la arcilla), en el artículo 18, apartado 2, letra b) y en el artículo 30, apartado 1, letra b) [si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo 18, apartado 2, letra b)] de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, se refieren a materiales que no se encuentran en la misma situación de hecho y Derecho que el material gravado con el impuesto a la vista del objetivo del AGL y, por tanto, no son selectivas.
VENTAJA
(507) Al conceder exenciones para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos, en lugar de gravarlos con el impuesto, el Reino Unido deja de percibir fondos y exime a los beneficiarios de estas exenciones de un cargo que normalmente deberían pagar. Por lo tanto, la medida implica una ventaja selectiva para los beneficiarios de las exenciones para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los residuos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos.
FONDOS ESTATALES E IMPUTABILIDAD
(508) La medida se financia con cargo a fondos estatales, puesto que el Estado renuncia a percibir fondos. La medida también es imputable al Estado, ya que se estableció por medio de la legislación.
FALSEAMIENTO DE LA COMPETENCIA Y EFECTOS EN EL COMERCIO
(509) Hay intercambios comerciales entre Estados miembros en el sector de los áridos, y los productores de áridos exentos compiten con otros productores de áridos. A la Comisión se le se han presentado también numerosas observaciones sobre el falseamiento de la competencia causado por las exenciones del AGL. Por otra parte, el Reino Unido tiene una frontera terrestre natural con la República de Irlanda, y el comercio de áridos a través de esta frontera es amplio.
(510) Por lo tanto, las exenciones del AGL para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los residuos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos pueden falsear la competencia y tener efectos en el comercio.
CONCLUSIÓN SOBRE LA EXISTENCIA DE AYUDA
(511) La Comisión concluye que las exenciones del AGL para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos constituyen ayuda estatal.
(512) La Comisión concluye que las exenciones fiscales, exclusiones fiscales y deducciones fiscales establecidas en el artículo 17, apartado 3, letra e), y en el artículo 17, apartado 3, letra f), incisos i) y ii) (excepto en el caso de desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos), en el artículo 17, apartado 4, letra a) (excepto en el caso del material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto), en el artículo 17, apartado 4, letra c), incisos i) y ii) y en el artículo 17, apartado 4, letra f) (en lo que se refiere a la arcilla), en el artículo 18, apartado 2, letra b), y en el artículo 30, apartado 1, letra b) [si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo 18, apartado 2, letra b)] de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, no constituyen ayuda estatal.
LEGALIDAD DE LA AYUDA
(513) Aunque el AGL fue notificado por las autoridades del Reino Unido antes de su entrada en vigor, el Reino Unido no respetó la cláusula de mantenimiento del status quo del artículo 108, apartado 3, ya que el AGL entró en vigor el 1 de abril de 2002, antes de que la Comisión adoptara su Decisión el 24 de abril de 2002 de no plantear objeciones. La Decisión de la Comisión fue oportunamente impugnada y finalmente anulada por el Tribunal General el 7 de marzo de 2012 (T-210/02 RENV). Por lo tanto, la Decisión debe ser considerada nula con respecto a todas las personas a partir de la fecha de su adopción. Como la anulación de la Decisión de la Comisión puso fin, con efecto retroactivo, a la presunción de su legitimidad, la aplicación de la ayuda en cuestión desde el 1 de abril de 2002, debe ser considerada ilegal. De conformidad con la jurisprudencia, los beneficiarios de la ayuda no pueden tener expectativas legítimas en cuanto a la legalidad de la aplicación de la ayuda, ya que la Decisión de la Comisión de no plantear objeciones a la medida fue cuestionada en su momento ante el Tribunal General.
EVALUACIÓN DE LA COMPATIBILIDAD DE LA AYUDA ESTATAL BASE LEGAL
(514) Dada la finalidad medioambiental del AGL, la Comisión había examinado en la Decisión de incoación la compatibilidad con el mercado interior de las exenciones y deducciones fiscales del AGL de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE y a la luz de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente.
(515) Como se ha mencionado en el considerando 513, el resultado de la anulación de la Decisión de la Comisión es que la ayuda debe considerarse ilegal. De conformidad con la comunicación de la Comisión sobre la determinación de las normas aplicables a la evaluación de las ayudas estatales ilegales, el apartado 82 de las Directrices de 2001 y el apartado 205 de las Directrices de 2008, la Comisión había evaluado la compatibilidad de las exenciones y deducciones fiscales en virtud de las Directrices de 2001 en la medida en que se aplicaron entre el 1 de abril de 2002 y el 31 de marzo de 2008 y en virtud de las Directrices de 2008 en la medida en que se aplicaron a partir del 2 de abril de 2008 y hasta el hasta 31 de marzo de 2014, la fecha de la suspensión de las exenciones.
(516) La Comisión ha recibido observaciones de la BAA y argumentos de las autoridades del Reino Unido en lo que se refiere a la compatibilidad de las exenciones del AGL. La Comisión solo presentará y analizará las observaciones relacionadas con las exenciones del AGL del esquisto y los productos compuestos principalmente de esquisto cuando se usan como áridos y los desechos de esquisto cuando se extraen junto con esquisto que se utiliza como árido.
(517) Cabe mencionar que tanto las observaciones de la BAA como los argumentos presentados por las autoridades del Reino Unido se refieren principalmente a todas o algunas de las exenciones respecto a las cuales la Comisión planteó dudas en la Decisión de incoación y que hay pocos argumentos específicos relacionados exclusivamente con el esquisto.
(518) Por otra parte, los datos de las autoridades del Reino Unido se basa en la suposición de que el esquisto no se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido y no aportaban motivos de compatibilidad específicos para la presente situación en la que la Comisión ha comprobado que hay casos de extracción deliberada de esquisto para su explotación comercial como árido.
OBSERVACIONES RECIBIDAS POR LA COMISIÓN Observaciones recibidas de la BAA el 17 de enero de 2014
(519) La BAA considera que las exenciones fiscales, exclusiones y deducciones fiscales del AGL no pueden ser consideradas compatibles con el mercado interior, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE y las Directrices sobre ayudas al medio ambiente y proporciona amplias observaciones a este respecto. Afirma que la aplicación de estas exenciones socava el objetivo medioambiental del AGL, a saber, el basculamiento de la demanda hacia fuentes alternativas de áridos.
(520) Las autoridades del Reino Unido sostienen que ninguna de las excepciones objeto de investigación se refieren al material que se extrae deliberadamente para su uso como árido. Afirman que las exenciones sobre las que la Comisión ha expresado sus dudas en la Decisión de incoación solo se extienden a los materiales que surgen de manera involuntaria e inevitable durante la extracción de materiales no áridos. Según las autoridades del Reino Unido, no han encontrado ninguna prueba de que los materiales exentos se estén extrayendo deliberadamente para su uso como áridos.
(521) En opinión de las autoridades del Reino Unido, el uso de subproductos o residuos accidentales como áridos es preferible desde el punto de vista del medio ambiente a la realización de extracciones adicionales de áridos. Afirman que las exenciones no constituyen una ayuda estatal. Cada exención objeto de investigación lleva a una mejora de la protección del medio ambiente de al menos una de las dos maneras siguientes:
(521) i)
la exención contribuye a alejar la demanda de nuevas extracciones de áridos,
ii)
la exención ayuda a reducir la acumulación de residuos.
(522) El Reino Unido sostiene que, si alguna de las exenciones objeto de investigación da lugar a ayuda estatal, esa ayuda es en todo caso compatible con el mercado interior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107, apartado 3, letra c), incluyendo a la luz de las Directrices de 2001 y de las Directrices sobre ayudas al medio ambiente de 2008 o sobre la base de la aplicación directa del artículo 107, apartado 3, letras b) o c), del TFUE.
(523) Las autoridades del Reino Unido sostienen que las exenciones del AGL quedan fuera del ámbito de aplicación estricto de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales y que su compatibilidad debe evaluarse directamente en virtud del artículo 107, apartado 3, letras b) o c), del TFUE. Las autoridades del Reino Unido citan el asunto n.o 629/2008 en relación con el régimen de compromiso del Reino Unido para la reducción de las emisiones de carbono. La Comisión consideró que dado que el régimen respectivo y sus modalidades se diseñaron para proteger el medio ambiente a través de la redistribución de los recursos en favor de las empresas que trabajen más por la protección del medio ambiente, no eran aplicables las directrices y pasó a realizar la evaluación directamente en virtud del Tratado.
(524) Las autoridades del Reino Unido alegan que el capítulo sobre las exenciones fiscales de las Directrices de 2008 se refiere a situaciones en la que una empresa está exenta del ámbito de aplicación de un impuesto medioambiental debido a: a) preocupaciones sobre el impacto del impuesto sobre la competitividad de determinadas empresas; b) otras cuestiones económicas; y c) la incapacidad del Estado miembro de imponer el impuesto a una tasa superior sin conceder exenciones a determinadas empresas. Afirman que las Directrices tienen por objeto garantizar que las exenciones de impuestos medioambientales por lo menos contribuyan indirectamente a la finalidad medioambiental del impuesto que se introducirá y que las exenciones no socaven el objetivo medioambiental general que se persigue.
(525) Las autoridades del Reino Unido afirman que el objetivo del AGL en su conjunto es la protección del medio ambiente y las exenciones concedidas en cuanto al ámbito de aplicación del AGL se han diseñado deliberadamente para alcanzar el doble objetivo de: a) basculación de la demanda de áridos recién extraídos hacia residuos y otros subproductos; y b) reducción de la acumulación de residuos en escombreras. Por lo tanto, las exenciones contribuyen a alcanzar el objetivo del AGL y garantizan su consecución. Son una de las principales formas de alcanzar el objetivo medioambiental del AGL. Por consiguiente, las autoridades del Reino Unido sostienen que podría ser que ni las Directrices de 2001 ni las Directrices de 2008 sean aplicables a la medida.
(526) Por lo tanto, basándose directamente del artículo 107, apartado 3, del TFUE, el Reino Unido afirma que el objetivo de las ayudas derivadas de las exenciones objeto de investigación se pueden clasificar como: i) ayudas para fomentar la realización de un proyecto importante de interés común europeo, es decir, la protección del medio ambiente artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE); o bien ii) ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas (el uso de áridos reciclados o productos residuales como áridos), siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común [artículo 107, apartado 3, letra c)].
(527) Las autoridades del Reino Unido sostienen que las exenciones son un medio necesario y proporcionado para alcanzar el objetivo medioambiental del AGL y que toda ayuda que se deriva de las exenciones daría lugar a muy poco o ningún falseamiento de la competencia. Por lo tanto, las exenciones no alteran las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común.
(528) La Comisión evaluará la medida en el marco de las Directrices de 2001 y de las Directrices de 2008, y llevará a cabo una evaluación alternativa directamente en virtud del artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE. Tal como se explica a continuación, la Comisión considera que el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE no se puede aplicar a la medida de que se trata.
EVALUACIÓN EN VIRTUD DE LAS DIRECTRICES DE 2001
(529) El apartado 47 de las Directrices de 2001 dispone lo siguiente: Cuando los Estados miembros establecen impuestos para gravar ciertas actividades por motivos de protección del medio ambiente, pueden considerar necesario prever excepciones temporales para determinadas empresas, en particular, debido a la ausencia de armonización a nivel europeo o a los riesgos temporales de pérdida de competitividad internacional de determinadas empresas. Estas excepciones suelen constituir ayudas de funcionamiento a los efectos del artículo 87 del Tratado CE. A la hora de examinar estas medidas, deberá considerarse si la adopción del impuesto obedece a una decisión comunitaria o si ha sido decidida por el propio Estado.
(530) Por otro lado, en el apartado 48 se dispone lo siguiente: Si el impuesto obedece a una decisión autónoma del Estado, las empresas afectadas pueden experimentar serias dificultades para adaptarse rápidamente a las nuevas cargas fiscales. En este supuesto, podría justificarse una excepción temporal para determinadas empresas que les permitiera adaptarse a la nueva situación fiscal.
(531) A este respecto, la Comisión señaló en el considerando 149 de la Decisión de incoación que el AGL es un impuesto que se aplica a la extracción de áridos por motivos de protección del medio ambiente. La Comisión señaló además que el AGL debe aplicarse como resultado de una decisión autónoma por parte de las autoridades del Reino Unido.
(532) El denunciante había sostenido que algunas de las exenciones se han concedido con el fin de proteger la competitividad internacional de los productores de materiales exentos. Esto sugería que ciertas empresas podrían tener dificultades para adaptarse rápidamente a las nuevas cargas fiscales y, en ese caso, las exenciones del AGL podrían evaluarse en virtud de los apartados 47 y 48 de las Directrices de 2001.
(533) En el momento de la Decisión de incoación, las autoridades del Reino Unido no habían proporcionado ningún motivo de compatibilidad de la medida y la Comisión no tenía suficientes elementos de juicio para concluir si se cumplían las condiciones establecidas en los apartados 47 y 48 de las Directrices de 2001. Por otra parte, la Comisión tampoco tenía suficientes elementos de juicio para concluir si las exenciones podrían considerarse compatibles con el mercado interior en función de las disposiciones de los apartados 47 y 48 de las Directrices de 2001.
(534) La BAA sostiene que las excepciones del AGL no podían ser declaradas compatibles de conformidad con las Directrices de 2001. Según la BAA, las exenciones del esquisto, la pizarra y la arcilla no hacen una aportación importante a la protección del medio ambiente [apartados 50 y 51, subapartado 2, letra a)]. Las exenciones, por su propia naturaleza, socavan los objetivos generales perseguidos y no tienen un efecto positivo apreciable en términos de protección del medio ambiente.
(535) La BAA sostiene que las exenciones del esquisto, la pizarra y la arcilla no constituyen exenciones temporales justificables en virtud de los apartados 47 y 48. Afirma que el AGL se propone hacer que un material como el esquisto se extraiga para su uso como árido competitivo.
(536) La BAA sostiene que las exenciones no constituyen ayudas de funcionamiento, que puedan autorizarse en virtud del apartado 51. No se han suscrito acuerdos en virtud de los cuales las empresas destinatarias se comprometan a alcanzar los objetivos de protección del medio ambiente durante el período de las exenciones. Además, según la BAA, la condición alternativa en virtud del apartado 51, subapartado 1, letra b), no se ha cumplido, ya que las empresas que pueden acogerse a la reducción no han pagado una proporción significativa del AGL.
(537) Las autoridades del Reino Unido sostienen que el resultado de aplicar el AGL a los materiales exentos sería el aumento de los costes de producción para las empresas de explotación de los sectores del mercado específicos que no se podrían repercutir a sus clientes. Ello daría lugar a una notable disminución de la cantidad de residuos y de subproductos que se venden para su uso como áridos y al correspondiente aumento de la nueva extracción de áridos.
(538) Las autoridades del Reino Unido afirman que el efecto de la aplicación del AGL a los materiales exentos sería socavar su objetivo medioambiental, porque ya no funcionaría para bascular la demanda hacia los residuos y subproductos inevitables generados por la extracción de estos materiales.
EVALUACIÓN DE LA COMISIÓN
(539) Las autoridades del Reino Unido se basan exclusivamente en los apartados 47 y 48 de las Directrices de 2001 para justificar la compatibilidad de las medidas en cuestión.
(540) Parecen sostener que las canteras que explotan los áridos exentos se encontrarán con serias dificultades para hacer frente a la carga fiscal, como se resume en el considerando 537.
(541) La Comisión, sin embargo, señala que las Directrices de 2001 solo aceptan exenciones temporales que permitan a las empresas adaptarse a la nueva situación, lo que no es el caso de las exenciones previstas en el AGL. Las exenciones en cuestión no están limitadas en el tiempo y ya se han aplicado durante 12 años. La aplicación de las exenciones se ha suspendido temporalmente debido al procedimiento formal de investigación de la Comisión, pero la legislación de suspensión estipula expresamente que todas las exenciones se reanudarán una vez que hayan finalizado las investigaciones de la Comisión si los resultados son positivos.
(542) Por lo tanto, la Comisión concluye que los apartados 47 y 48 de las Directrices de 2001 no podían servir de base para declarar las exenciones del AGL del esquisto y los productos compuestos principalmente de esquisto cuando se utilizan como áridos y de los desechos de esquisto cuando se extraen junto con esquisto que se utiliza como árido compatibles con el mercado interior.
(543) La Comisión observa además que no hay otras disposiciones en las Directrices de 2001 que puedan servir de base para determinar la compatibilidad del AGL, ya que los productores de esquisto no pagan una parte importante del impuesto [apartado 51, párrafo 1, letra b)] y no se han suscrito acuerdos entre las autoridades del Reino Unido y los productores de esquisto [apartado 51, párrafo 1, letra a)].
(544) Sobre la base de lo anteriormente expuesto, la Comisión concluye que las exenciones del AGL para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos, no puede ser considerada compatible con el mercado interior sobre la base de las Directrices de 2001.
EVALUACIÓN EN VIRTUD DE LAS DIRECTRICES DE 2008
(545) Dada la finalidad medioambiental del AGL, con motivo de la Decisión de incoación, la Comisión había examinado también las exenciones y las exclusiones fiscales en virtud del capítulo 4 de las Directrices de 2008, relativo a las ayudas de funcionamiento en forma de reducción de los impuestos medioambientales.
(546) Los impuestos medioambientales se definen en el apartado 70, subapartado 14, de las Directrices de 2008 como un impuesto cuya base imponible específica tiene un efecto negativo claro sobre el medio ambiente o cuyo objetivo es la imposición de determinados bienes, servicios o actividades, de tal modo que los costes medioambientales puedan ser incluidos en su precio y/o de tal modo que los productores y los consumidores se orienten hacia actividades más respetuosas del medio ambiente.
(547) La Comisión reconoce que no se pone en duda que la extracción de áridos tenga un impacto negativo sobre el medio ambiente, en particular en forma de daños a la biodiversidad, el polvo y el ruido que genera, y los perjuicios al disfrute visual. Esto se ve confirmado por los estudios encargados por las autoridades del Reino Unido a que se refiere el considerando 17 de la Decisión de incoación. El AGL, por lo tanto, constituye un impuesto medioambiental en el sentido del punto 70, apartado 14, de las Directrices de 2008, y las exenciones fiscales podrían evaluarse con arreglo al capítulo 4 de las Directrices de 2008 en la medida en que se aplicaron a partir del 2 de abril de 2008.
BENEFICIOS PARA EL MEDIO AMBIENTE
(548) De conformidad con lo dispuesto en el apartado 151 de las Directrices de 2008, la ayuda en forma de reducciones o exenciones de los impuestos medioambientales será considerada compatible con el mercado interior siempre que contribuya, al menos indirectamente, a una mejora del nivel de protección medioambiental, y que las reducciones fiscales no socaven el objetivo general que se persigue. Como se explica en el apartado 57 de las Directrices de 2008, las reducciones de los impuestos medioambientales relativos a determinados sectores o categorías de empresas se aceptan en virtud del capítulo 4 de las Directrices de 2008 si hacen factible la adopción de impuestos más elevados para otras empresas, provocando así una mejora global de la interiorización de los costes y creando nuevos incentivos para mejorar la protección medioambiental. La Comisión consideró que este tipo de ayudas puede ser necesario para centrarse indirectamente en las externalidades negativas facilitando la introducción o el mantenimiento de una fiscalidad medioambiental nacional relativamente alta.
(549) La Comisión consideró que, en este caso, la posibilidad de conceder exenciones en el caso de determinados materiales podría haber permitido al Reino Unido introducir el AGL.
(550) La BAA sostiene que las exenciones no cumplen los criterios establecidos por las Directrices de 2008 y no podrían ser consideradas compatibles sobre esta base.
(551) La BAA sostiene que las exenciones no contribuyen a una mejora del nivel de protección medioambiental y que, de hecho, socavan el objetivo general que se persigue (apartado 151 de las Directrices de 2008).
(552) La BAA se refiere a una cantera mencionada en la Cornish Building Stone and Slate Guide 2007 como cantera de pizarra y esquisto que produce piedra para muros a fin de ilustrar que las canteras quedan exentas por el único motivo de producir esquisto y pizarra, lo que socava el objetivo del impuesto, ya que genera una mayor demanda en el sector de la construcción de tales materiales. Según la información que ha presentado, la BAA tiene constancia de una serie de casos en que empresas que explotan canteras han abierto canteras de pizarra y esquisto simplemente como resultado de y con el fin de beneficiarse de las ventajas que se derivan de las exenciones del AGL. Por otra parte, las canteras sujetas al AGL han experimentado una reducción significativa de las ventas de subproductos o residuos de bajo valor, como desperdicios y gravilla. Las existencias de estos materiales se han incrementado en más de un 500 %. Según la BAA, esto demuestra que el AGL ha sido completamente incapaz de lograr su objetivo medioambiental, ya que unos montones sustituyen a otros.
(553) La BAA presenta ejemplos de canteras de cal cuyo principal producto es la cal agrícola no sujeta al impuesto y que han acumulado montones de residuos y subproductos invendidos tan altos que la producción de cal agrícola se ha visto obstaculizada incluso con el aumento de la demanda.
(554) La BAA afirma que los puntos 158, letra b), y 158, letra c), de las Directrices de 2008 tienen por objeto impedir que una empresa se encuentre en una situación de desventaja competitiva sobre la base de que está sujeto a impuestos mientras que sus competidores directos no lo están. Sin embargo, según la BAA, en este caso está claro que los competidores de los productores que se benefician de la exención están de hecho sujetos al impuesto y que no pueden vender sus productos debido a las desventajas causadas por las exenciones del AGL.
(555) La BAA sostiene que la exención del esquisto no es necesaria ni proporcionada (apartados 155 a 159). La BAA alega que las excepciones de la pizarra, la arcilla y el esquisto no se basan en criterios objetivos y que los explotadores que producen los mismos productos son tratados de manera muy distinta, en función de la geología de su zona. Por otra parte, no se cumple ninguno de los criterios de proporcionalidad y las exenciones van más allá de un período de diez años.
(556) La BAA ha facilitado a la Comisión una carta separada de una cantera con respecto a los efectos del AGL en sus ventas de los productos de bajo valor (áridos secundarios), es decir, relleno de base, desperdicios, molienda y gravilla, que han disminuido en dos tercios.
(557) La BAA ha facilitado a la Comisión un estudio sobre los efectos en la producción de áridos desde la introducción del AGL en 2002 elaborado por BDS Marketing Research Ltd en febrero de 2014 para la BAA.
(558) Los resultados del estudio son los siguientes:
(559) Un impuesto sobre los áridos de 2 GBP por tonelada puede representar la mitad o un tercio del coste total de los áridos de menor valor para el cliente.
(560) La conclusión del estudio es que el principal efecto del AGL ha sido un aumento en el uso de áridos exentos (primarios y subproductos) a costa de los subproductos gravados con el impuesto de materiales de alto valor gravados con el impuesto. Las empresas de explotación de canteras descubren que es difícil, a menudo imposible, encontrar mercados para estos materiales de bajo valor restantes. Como resultado, las empresas de explotación de canteras han tenido que depositar estos materiales en vertederos. Por consiguiente, el cambio neto ha sido un uso más amplio de áridos no gravados con el impuesto (primarios y subproductos) a costa de los áridos de subproductos gravados con el impuesto que anteriormente se vendían, pero que ahora son material residual. Un material residual simplemente se ha sustituido por otro material residual. En ocasiones, esto ha implicado la esterilización de reservas de buena calidad.
(561) El informe señala que desde 2001 las ventas de áridos primarios (de alto valor) han caído un 24,9 % debido a la recesión. Las ventas de áridos de subproductos gravados con el impuesto han caído un 60 %, es decir, 31,5 millones de toneladas, desde la introducción del AGL en 2002. Las ventas de subproductos gravados con el impuesto ascendieron en 2001 a 52190 y en 2011 a 20648, y las ventas de áridos primarios (de alto valor) gravados con el impuesto cayeron de 188843 en 2001 a 141754 en 2011. El descenso en las ventas también se presenta en un gráfico: Proporción de ventas de subproductos gravados con el impuesto desde 2001: total .
(562) Se incluyen tres gráficos detallados en lo que respecta a la evolución de las ventas de subproductos gravados con el impuesto en las siguientes categorías: piedra dura, arenisca, piedra caliza, y arena y grava. Mientras que en el caso de la arena y la grava las ventas parecen haber mantenido un nivel constante con un reciente aumento leve, las ventas de los tres primeros materiales parecen haber disminuido.
(563) Los volúmenes de áridos exentos vendidos parecen haber aumentado desde menos de 5 millones de toneladas a casi 30 millones de toneladas desde la introducción del AGL. Estas cifras no incluyen las canteras que producen únicamente áridos exentos, ya que no se les exige producir declaraciones tributarias. Por lo tanto, según el estudio, el aumento total de los volúmenes exentos sería aún más alto que la multiplicación por seis que sugieren las cifras. El estudio demuestra que ha habido un aumento constante de los volúmenes de ventas de áridos exentos cada año. Llega a la conclusión de que un número cada vez mayor de canteras obtiene exenciones totales o parciales, es decir, que las ventas gravables con el impuesto se están convirtiendo en ventas exentas.
(564) Estimaciones de BDS sobre el Mercado de áridos de escaso valor, por tipo de árido
La demanda de áridos reciclados solo ha aumentado ligeramente desde la introducción del AGL en 2002. Fue la introducción del impuesto sobre los vertederos en 1996 lo que dio lugar a un aumento de la demanda de áridos reciclados. Según BDS, el lugar de los áridos de bajo valor gravados con el impuesto ha sido ocupado por los áridos de bajo valor que se benefician de la exención, tal como ilustra el siguiente cuadro: 2001 2012 Cambio (%) MT % MT % Canteras (solo materiales de bajo valor gravados con el impuesto) 52,2 51,1 19 19,8 (63,6) Áridos reciclados 45 44,0 47 49,0 4,4 Áridos exentos 5 4,9 30 31,2 500,0 Total 102,2 100,0 96 100,0 (6,1)
(565) El Reino Unido afirma que, si se considerara que las exenciones dan lugar a ayudas estatales, serían compatibles con las Directrices de 2008 porque:
(565) i)
contribuyen, al menos indirectamente, a una mejoría en el nivel de protección del medio ambiente,
ii)
permitieron que el Reino Unido introdujera el AGL, ya que las exenciones hicieron factible la adopción de impuestos medioambientales más elevados para otras empresas que se dedican a la producción de áridos, lo a su vez que incentiva la consecución del objetivo medioambiental y los resultados del AGL en una mejora general de la interiorización de los costes.
(566) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, a través de las exenciones, el AGL tiene el objetivo de fomentar el uso de materiales reciclados o subproductos (que surjan durante un proceso cuyo objetivo no sea el de producir áridos), así como de reducir la demanda de áridos vírgenes y, por lo tanto, reducir los daños medioambientales asociados con la extracción de áridos.
(567) Las autoridades del Reino Unido afirman que cada exención objeto de investigación permite mejorar la protección del medio ambiente de al menos una de las siguientes maneras: i) contribuye a alejar la demanda de nuevas extracciones de áridos, y/o ii) ayuda a reducir la acumulación de residuos.
(568) La exención del esquisto cumple los criterios establecidos en el capítulo 4 de las Directrices de 2008. El esquisto es adecuado para su uso como árido en algunos casos, pero su composición física y las formas fragmentadas que adopta hacen que no sea apto para las aplicaciones de gama más alta. Las autoridades del Reino Unido afirman que como no se tiene constancia de que el esquisto se extraiga para los fines específicos de su explotación comercial como árido, solo se obtiene como subproducto inevitable. El uso de esquisto reduce la demanda de áridos recién extraídos y, por lo tanto, su exención del AGL reduce los daños en el medio ambiente asociados con la extracción de áridos. La exención del impuesto también contribuye a reducir la acumulación de montones de residuos de materiales y reduce el daño visual asociado.
(569) Por otra parte, en lo que se refiere a los residuos de la extracción de esquisto, las autoridades del Reino Unido afirman que por medio de la incentivación del uso de desechos que surgen de manera inevitable e involuntaria, la exención aleja la demanda de áridos recién extraídos, lo que reduce el daño que causan en el medio ambiente.
(570) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, incluso en caso de que la Comisión considerara que hay pruebas de que alguno de los materiales exentos se extrae deliberadamente para su uso como árido, las exenciones concedidas a estos materiales contribuirían directamente a alcanzar el objetivo medioambiental del AGL. Afirman que, si hay pruebas de que materiales exentos de hecho se extraen deliberadamente para su uso como áridos, esto sería a muy pequeña escala y en un número muy limitado de canteras. Según las autoridades del Reino Unido, si se diera el caso de que tuviera lugar una cantidad muy limitada de extracción deliberada de materiales exentos para su uso como áridos, eso no alteraría el hecho de que hay una justificación objetiva para eximir los materiales pertinentes. La justificación sería que a) los materiales no se extraen normalmente para su uso como áridos; y b) la extracción de estos materiales genera una gran cantidad de subproductos y residuos inevitables que pueden utilizarse como áridos cuando se dan los incentivos comerciales adecuados.
(571) Las autoridades del Reino Unido sostienen que, incluso si hay un pequeño número de canteras que extraen deliberadamente material exento para su uso como árido, las exenciones siguen estando justificadas si permiten que sea factible adoptar mayores impuestos para otras empresas, lo que da lugar a una mejora general de la interiorización de los costes y proporciona incentivos adicionales para alcanzar el objetivo medioambiental del AGL.
(572) Las autoridades del Reino Unido aportaron argumentos en este sentido para el esquisto derivado de los residuos de minas de carbón.
Evaluación de la Comisión
(573) La Comisión ya ha establecido que el AGL es un impuesto con un objetivo medioambiental.
(574) Sin embargo, una exención general del esquisto parece socavar el objetivo medioambiental del AGL, ya que cabe la posibilidad de que fomente la extracción de esquisto y desechos de esquisto, como también determinó el Tribunal General.
(575) El esquisto es un material que puede utilizarse como árido, aunque en ocasiones algo limitadas como árido de baja calidad, y que se utiliza como árido y se extrae específicamente para su uso como árido, como demuestran las informaciones presentadas por los interesados y las pruebas recibidas por la Comisión. El esquisto extraído específicamente para su uso como árido es, de hecho, un material recién extraído y una exención simplemente incentiva una mayor extracción.
(576) Por lo tanto, habida cuenta de que la Comisión ha encontrado casos en que se extrae esquisto deliberadamente para su explotación comercial como árido, una exención general del esquisto solo hace que su extracción sea más competitiva y fomenta una mayor extracción.
(577) Además, el esquisto está exento en la actualidad cuando se extrae como un subproducto del material gravado con el impuesto (como gravilla, arenisca y piedra caliza). La Comisión ha señalado en el considerando 365 que la exención no diferencia entre el esquisto y otros materiales gravados con el impuesto, como otros subproductos de la extracción principal de gravilla, arenisca y piedra caliza. La Comisión también ha considerado si esa diferenciación fiscal podría estar justificada por el objetivo del AGL. Sin embargo, la Comisión no ha recibido prueba alguna de las autoridades del Reino Unido o de los interesados que demuestre que esta exención contribuye a alcanzar el objetivo del AGL, que es reducir la nueva extracción de material para su uso como áridos.
(578) Por otra parte, la exención no ayuda a reducir la acumulación de residuos en general, ya que simplemente sustituye la acumulación de montones de esquisto con la acumulación de montones de áridos de baja calidad gravados con el impuesto que ya no encuentran comprador.
(579) Las autoridades del Reino Unido afirman que la exención del esquisto hace que sea factible adoptar mayores impuestos para otras empresas; sin embargo, no han facilitado argumentos en favor de tal alegación para que la Comisión pueda tener en cuenta esta justificación en su evaluación. El único argumento presentado por las autoridades del Reino Unido en este sentido está relacionado con los residuos de minas de carbón, la exención de los cuales ya consideró la Comisión que no constituía una ayuda estatal.
(580) Las autoridades del Reino Unido afirman que, aunque la Comisión encontrara pruebas de que se extrae esquisto para su explotación comercial como árido, la exención seguiría teniendo una finalidad medioambiental debido a la cantidad limitada de extracción deliberada. Sin embargo, la Comisión ha constatado que solo las exenciones del AGL concedidas para el i) material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los residuos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos constituyen ayuda estatal y no en general la exención del esquisto y los desechos de la extracción de esquisto. Por lo tanto, la evaluación de la Comisión ya diferencia el esquisto en vista de su extracción deliberada para explotación comercial como áridos y no tiene en cuenta la gran cantidad de esquisto y desechos inevitables de esquisto cuando no se extraen deliberadamente para la explotación comercial como áridos. Por tanto, la justificación de las autoridades del Reino Unido basada en la explotación limitada como árido no puede servir de base para una evaluación común de todos los esquistos y todos los desechos de esquisto.
(581) En consonancia con las conclusiones del Tribunal General, cuando hay canteras que extraen deliberadamente esquisto para su explotación comercial como áridos, ya no hay ninguna garantía de que la exención no genera más extracciones del material exento.
(582) Por lo tanto, la Comisión concluye que una exención general del esquisto y los desechos de esquisto socava el objetivo medioambiental general que se persigue con el AGL, ya que puede fomentar nuevas extracciones de dicho material.
PROPORCIONALIDAD
(583) Los impuestos sobre los áridos no se han armonizado a nivel de la Unión y, por lo tanto, la Comisión ha analizado la proporcionalidad de la medida propuesta a la luz del apartado 159 de las Directrices de 2008.
(584) Con respecto a la proporcionalidad, cada uno de los beneficiarios de la reducción o exención debe cumplir, de conformidad con el apartado 159 de las Directrices de 2008, uno de los siguientes criterios:
(584) a)
debe pagar una proporción del impuesto nacional que equivalga aproximadamente al rendimiento medioambiental de cada beneficiario individual en comparación con el rendimiento relacionado con la técnica más eficaz del EEE. El beneficiario puede obtener, como máximo, una reducción correspondiente al aumento de los costes de producción como consecuencia del impuesto, si se utiliza la técnica más eficaz y el aumento no se repercute en los clientes;
b)
debe pagar al menos el 20 % del impuesto nacional a menos que pueda justificarse un tipo inferior;
c)
puede suscribir acuerdos con el Estado miembro en que se comprometa a alcanzar los objetivos medioambientales con el mismo efecto que el que se lograría con arreglo a lo dispuesto en las letras a) o b), o si se aplicaran los mínimos de la Comunidad.
(585) Las autoridades del Reino Unido afirman que aunque las exenciones no garantizan que el beneficiario pague al menos el 20 % del impuesto nacional, una exención total puede justificarse por el limitado falseamiento de la competencia.
(586) Según las autoridades del Reino Unido, incluso combinados, los materiales exentos objeto de investigación solo constituyen una proporción muy pequeña del mercado de los áridos en el Reino Unido. Las autoridades del Reino Unido afirman, utilizando los datos disponibles de la Oficina de Estadísticas Nacionales, el Departamento de Comunidades Locales y Gobierno y el Departamento de Empresa, Innovación y Competencias, que del total de 205 millones de toneladas de áridos vendidos en Gran Bretaña cada año, solo 6 millones se derivan de los materiales objeto de investigación de la Comisión, de los cuales 3 millones se derivan de residuos de caolín y arcilla plástica, y según la Mineral Products Association, el mayor organismo de comercio para los productores de áridos en el Reino Unido, las exenciones objeto de investigación solo constituirían alrededor del 3 % del mercado de los áridos del Reino Unido.
(587) Las autoridades del Reino Unido afirman que el impacto sobre la competencia de los materiales exentos es limitado debido a los costes de transporte de los áridos. Sostienen que el coste de transporte asciende a 8,55 peniques por tonelada. Así, pues, como promedio, la exención del impuesto de 2 GBP por tonelada solo dará al productor del material exento una ventaja competitiva dentro de un radio de unos 37 km (23 millas). Según las autoridades del Reino Unido, en el caso de un viaje de ida y vuelta, la distancia de más a la que podrá transportarse el material exento será de unos 18,7 km (11,6 millas). Por otra parte, las autoridades del Reino Unido sostienen que las cantidades suministradas por lo general son muy pequeñas, ya que los materiales exentos solo son adecuados para áridos de baja calidad. Si se requieren áridos más tradicionales para un proyecto, no se producirá ningún falseamiento de la competencia.
Evaluación de la Comisión
(588) La información recibida por la Comisión revela que la exención del esquisto falsea la competencia de manera significativa.
(589) Muchos interesados alegaron que el esquisto se utiliza como árido y que tiene un impacto significativo en los mercados locales, especialmente en Irlanda del Norte. Supuestamente, en Irlanda del Norte ha habido cientos de miles de toneladas de esquisto importadas de Donegal, Irlanda. El esquisto de Irlanda se vende en los mercados de la construcción en todo el territorio de Irlanda del Norte. Los proyectos de construcción a lo largo de la frontera con Irlanda han utilizado áridos exentos de Irlanda clasificados como esquisto.
(590) Los interesados también señalaron un problema concreto con los depósitos de esquisto que se utilizan en grandes obras de construcción, especialmente a lo largo del corredor Glasgow-Edimburgo. Se ha utilizado alrededor de 1 millón de toneladas de esquisto para la construcción de carreteras. Esto ha afectado a la competencia entre distintas canteras y ha impedido que otras canteras vendan sus subproductos de bajo valor.
(591) Por otra parte, la Comisión observa que el mercado de áridos de esquisto es bastante local y que el mercado nacional de áridos en el Reino Unido no ofrece una buena base para la evaluación. Debido a los bajos precios de los áridos de esquisto y al alto coste del transporte, como también han señalado las autoridades del Reino Unido, solo pueden transportarse a una distancia limitada para suministrarse a los clientes y estar en condiciones de competir con otros productores de áridos de baja calidad. Por lo tanto, una evaluación de este tipo sería más pertinente a nivel local. La información recibida por la Comisión de los interesados apunta al hecho de que la exención del esquisto desplaza las ventas de áridos de baja calidad que están gravados con el impuesto con los que compite a nivel local.
(592) Por lo tanto, la Comisión concluye que una exención general del esquisto y los desechos de esquisto falsea la competencia en los mercados locales de los áridos. Los argumentos de las autoridades del Reino Unido en lo que se refiere al falseamiento limitado de la competencia de la exención del esquisto no pueden aceptarse. Por lo tanto, esa justificación no puede validar la exclusión del pago del 20 % del AGL.
(593) Por lo tanto, la medida no es proporcional, tal como se requiere el apartado 159 de las Directrices de 2008.
(594) La Comisión concluye, sin considerar que esté obligada a evaluar también la necesidad de la medida, que las exenciones del AGL para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos no son compatibles con el mercado interior sobre la base de las Directrices de 2008.
EVALUACIÓN ALTERNATIVA EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 107, APARTADO 3, LETRA b), DEL TFUE: AYUDA PARA FOMENTAR LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO IMPORTANTE DE INTERÉS COMÚN EUROPEO
(595) Como se ha mencionado anteriormente, las autoridades del Reino Unido sostienen que la exención de los productos compuestos principalmente de esquisto y desechos de esquisto podría considerarse compatible con el mercado interior sobre la base del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, ya que fomentaría la protección del medio ambiente como proyecto de interés común europeo. Las autoridades del Reino Unido no aportaron argumentos para la evaluación de la compatibilidad de las medidas sobre esta base.
(596) La Comisión ha establecido en el apartado 147 de las Directrices de 2008 las condiciones en las que consideraría que la ayuda puede considerarse compatible con el mercado común con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.
(597) Estas condiciones son las siguientes:
(597) a)
la propuesta de ayuda se referirá a un proyecto específico y claramente definido en cuanto a sus modalidades de ejecución, incluyendo sus participantes, sus objetivos y efectos y los medios para lograr dichos objetivos. La Comisión podrá también considerar un grupo de proyectos como un único proyecto;
b)
el proyecto deberá ser de interés común europeo: deberá contribuir de manera concreta, ejemplar e identificable al interés comunitario en el ámbito de la protección del medio ambiente, por ejemplo, por ser de gran importancia para la estrategia medioambiental de la Unión Europea. Las ventajas obtenidas a través del objetivo del proyecto no deberán limitarse al Estado o Estados miembros que lo lleven a cabo, sino beneficiar a la Comunidad en su conjunto. El proyecto deberá suponer una contribución sustantiva a los objetivos comunitarios. No basta con que el proyecto sea realizado por empresas de diferentes Estados miembros;
c)
la ayuda será necesaria y ofrecerá incentivos para la ejecución del proyecto, que deberá implicar un grado de riesgo elevado;
d)
el proyecto deberá ser de dimensión considerable en cuanto a su volumen: deberá tener un tamaño sustancial y producir efectos medioambientales significativos.
(598) Por otra parte, con el fin de permitir a la Comisión evaluar de manera adecuada este tipo de proyectos, debe demostrarse en términos prácticos el interés común europeo: por ejemplo, debe demostrarse que el proyecto permite lograr avances notables para alcanzar objetivos medioambientales específicos de la Comunidad (apartado 148 de las Directrices de 2008).
(599) La Comisión observa que, si bien el AGL sirve a una determinada política de un Estado miembro en particular, no parece tener relación con un proyecto y a fortiori no con un proyecto específico y claramente definido en cuanto a sus modalidades de ejecución.
(600) Por otra parte, no parece posible que la medida pueda calificarse de proyecto de interés común europeo, ya que sigue siendo una política de ámbito nacional.
(601) Además, ya que las exenciones del AGL concedidas para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos no parece que aporten ningún beneficio para el medio ambiente por sí mismas, ya que simplemente fomentan la extracción de este tipo de material, no se puede indicar cómo esas exenciones contribuyen a un aumento de la protección del medio ambiente.
(602) Asimismo, como el Tribunal General dejó en claro en los asuntos acumulados T-254/00, T-270/00 y T-277/00, Hotel Cipriani, una medida de ayuda solo puede acogerse a la excepción establecida por el [artículo 107, apartado 3, letra b) del Tratado] si no beneficia principalmente a las empresas de un Estado miembro, sino que representa un beneficio para la Comunidad en su conjunto. Este criterio no se cumple si el régimen de ayudas nacionales solo trata de mejorar la competitividad de las empresas de que se trate: en el caso que nos ocupa, para incentivar el uso de un tipo de árido.
(603) Por lo tanto, la Comisión considera que las exenciones del AGL concedidas para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los residuos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos no pueden ser consideradas compatibles con el mercado interior sobre la base del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE como impulsoras de la protección del medio ambiente como proyecto de interés común europeo.
EVALUACIÓN ALTERNATIVA EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 107, APARTADO 3, LETRA c), DEL TFUE: DESARROLLO DE DETERMINADAS ACTIVIDADES O DE DETERMINADAS REGIONES ECONÓMICAS
(604) Para evaluar la medida en virtud del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado, se debe examinar si la ayuda en cuestión:
(604) a)
responde a un objetivo de interés general claramente definido;
b)
es necesaria, apropiada y proporcionada para alcanzar ese objetivo;
c)
no altera la competencia y los intercambios entre Estados miembros en una medida contraria al interés común.
(605) Como observación preliminar, la Comisión señala que las medidas que implican una ayuda de funcionamiento son, en principio, incompatibles con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c).
(606) El AGL contribuye a la protección del medio ambiente, como ya ha quedado establecido en el considerando 87 en consonancia con las conclusiones del Tribunal General. La protección del medio ambiente podría considerarse un objetivo de interés común de la UE.
(607) Según las autoridades del Reino Unido, las exenciones del AGL concedidas a los productos compuestos entera o principalmente de esquisto y desechos de esquisto también persiguen el objetivo de la protección del medio ambiente al tratar de bascular la demanda de áridos recién extraídos hacia el esquisto (entera o principalmente) y los desechos de esquisto. Las autoridades del Reino Unido afirman que estos materiales no se extraen tradicionalmente para su uso como áridos y que no tienen ninguna indicación de que se extraigan de manera intencionada para su uso como áridos.
(608) Las autoridades del Reino Unido facilitaron información sobre el estado del sector de los áridos antes de la introducción del AGL y la necesidad de introducir un impuesto que redujera nuevas extracciones para su uso como áridos que ofreciera alternativas adecuadas.
(609) La Comisión observa que, en principio, las exenciones del AGL sirvieron como medios adicionales para cumplir su finalidad medioambiental.
(610) También hay indicios de que la misma disminución de la extracción de áridos no se podría haber logrado sin el AGL y sus exenciones. En este sentido, numerosas observaciones de los interesados señalan el hecho de que los materiales exentos en virtud del AGL han sustituido a los productos de áridos recién extraídos. Tanto los áridos de productos primarios de alta calidad como, sobre todo, los áridos secundarios de baja calidad han sido sustituidos por materiales exentos. Esto no incluye el i) material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, ni ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos.
(611) El esquisto parece tener varios usos como árido y también parece que se extrae específicamente para su uso como árido, tal como se explica en el considerando 341.
(612) Por lo tanto, una exención del esquisto y los desechos de esquisto extraído deliberadamente solo hace que su extracción sea más competitiva y corre el riesgo de fomentar más extracciones de esquisto. Como se explica en los considerandos 575 a 580, el esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido es similar a los materiales gravados con el impuesto recién extraídos para su uso como áridos y lo mismo es aplicable al esquisto que se extrae como subproducto de materiales gravados con el impuesto, que es lo mismo que otros subproductos de materiales gravados con el impuesto que están gravados con el impuesto. Las exenciones solo hacen que una categoría de material recién extraído (esquisto) sea menos cara que las otras. Esto puede fomentar la nueva extracción de esquisto. Esta conclusión está respaldada por las conclusiones del Tribunal General.
(613) El esquisto es una roca y su extracción tiene efectos medioambientales similares a la extracción de otros minerales de canteras. Las autoridades del Reino Unido no han presentado ninguna alegación con miras a demostrar que el esquisto es una alternativa más ecológica a otras fuentes de áridos incluso si se obtiene específicamente para su explotación comercial como árido. Los interesados también han argumentado que la exención del AGL daña el medio ambiente aun más que el proceso de extracción en sí mismo, ya que la exención permite transportar el esquisto más lejos y seguir compitiendo con otros materiales gravados con el impuesto. El transporte se realiza con camiones que contaminan el aire y dañan las carreteras debido a su peso. La Comisión señala que el coste del transporte representa una gran parte del coste de la venta de esquisto (véase el considerando 292), lo que significa que los productores de esquisto utilizan el margen ofrecido por el AGL para transportar el material más lejos de lo que habitualmente harían y competir en una zona más amplia con otras canteras.
(614) Por otra parte, aunque en general argumentan que la exención objeto de investigación tiene el objetivo de ayudar a reducir la acumulación de residuos, las autoridades del Reino Unido no han demostrado que las exenciones consideradas como ayuda estatal en lo que respecta al esquisto puedan contribuir de hecho a tales reducciones. La Comisión considera que estas exenciones simplemente sustituyen la acumulación de montones de desechos de la nueva extracción de esquisto para su uso como áridos y de esquisto como subproductos de la extracción de materiales gravados con el impuesto con la acumulación de montones de áridos de baja calidad sujetos al impuesto que ya no pueden encontrar comprador.
(615) Por lo tanto, la Comisión llega a la conclusión de que, aunque la protección del medio ambiente sea un objetivo de interés común, una exención general del esquisto y los desechos de esquisto recién extraídos como la que se aplica en la actualidad, en realidad puede ser contraproducente y no representa un instrumento adecuado para alcanzar ese objetivo.
(616) Por otra parte, la Comisión observa, como también se explica en los considerandos 589 y 590, el carácter altamente falseador de la ayuda de funcionamiento concedida a los productores de esquisto, que, según observan los interesados, ha expulsado del mercado a otros productores de áridos ha desplazado otros áridos de baja calidad que normalmente compiten con el esquisto, ya que no pueden competir con los bajos precios que pueden ofrecer los productores de esquisto.
(617) Dado que la Comisión consideró que la situación de hecho y Derecho para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los residuos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos es comparable a la de los áridos gravados en virtud del AGL, la exención fiscal de estos materiales solo podría justificarse de conformidad con los objetivos medioambientales del AGL si se pudiera demostrar que estos materiales pueden perseguir los objetivos medioambientales del AGL.
(618) Sin embargo, como se explica en los considerandos 611 a 615 y en consonancia con las conclusiones del Tribunal General, la Comisión considera que, dado que el esquisto se extrae específicamente para su explotación comercial como árido y que, puesto que no hay indicios de que vaya a ser más respetuoso con el medio ambiente que otros áridos, los objetivos medioambientales del AGL no pueden perseguirse por medio de exenciones para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extraiga deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido aquí el esquisto que se produzca como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, ni para ii) los desechos de esquisto que se extraigan deliberadamente para su explotación comercial como áridos.
(619) A la Comisión no se le ha aportado ningún motivo de compatibilidad de las autoridades del Reino Unido en lo que respecta al esquisto o a los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos que pudiera tener en cuenta en su evaluación de la compatibilidad de las mencionadas exenciones del AGL con el mercado interior.
(620) Por lo tanto, la Comisión concluye que las exenciones del AGL para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos no pueden ser consideradas compatibles con el mercado interior sobre la base del artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE.
CONCLUSIÓN Y RECUPERACIÓN
(621) La Comisión concluye que las exenciones del AGL concedidas para i) el material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto, y para ii) los desechos de esquisto que se extraen deliberadamente para su explotación comercial como áridos, que se han aplicado de manera ilegal, constituyen una ayuda estatal que es incompatible con el mercado interior.
(622) En virtud del Tratado y de jurisprudencia reiterada, la Comisión es competente para decidir que el Estado miembro de que se trate suprima o modifique una ayuda cuando se comprueba la incompatibilidad de la misma con el mercado interior. El Tribunal también ha mantenido sistemáticamente que la obligación de un Estado miembro de suprimir una ayuda que la Comisión haya considerado incompatible con el mercado interior tiene por objeto restablecer la situación existente anteriormente.
(623) En este contexto, el Tribunal ha establecido que este objetivo se alcanza una vez que el beneficiario ha reembolsado los importes concedidos en concepto de ayuda ilegal, perdiendo así la ventaja de que había disfrutado sobre sus competidores en el mercado, y se restaura la situación anterior a la concesión de la ayuda.
(624) En consonancia con la jurisprudencia, el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 659/1999 del Consejo establece que cuando se adopten decisiones negativas en casos de ayuda ilegal, la Comisión decidirá que el Estado miembro interesado tome todas las medidas necesarias para obtener del beneficiario la recuperación de la ayuda […].
(625) Por lo tanto, dado que las exenciones del AGL concedidas para el material especificado en el considerando 620 de la presente Decisión se aplicaron contraviniendo el artículo 108 del Tratado y que deben considerarse ayudas ilegales e incompatibles, deben ser recuperadas a fin de restablecer la situación que existía en el mercado antes de su concesión. La recuperación debe comprender el período de tiempo desde el momento en que la ayuda se puso a disposición del beneficiario (es decir, el día en que el beneficiario se habría visto obligado a pagar el AGL si las exenciones ilegales e incompatibles del AGL no existieran) hasta el día que la ventaja del beneficiario dejó de existir. Los importes que deben recuperarse generan intereses hasta la recuperación efectiva.
(626) Como las exenciones constituyen ingresos no percibidos por las autoridades del Reino Unido, la recuperación de la ayuda implica que los beneficiarios de las exenciones deben pagar el AGL, durante el período de su aplicación, junto con los intereses hasta la recuperación efectiva.
(627) La Comisión reconoce que el material de esquisto que i) se extrae como subproducto de la extracción de carbón, o ii) se utiliza en procesos cerámicos, o iii) se utiliza en lugar de arcilla, escoria u otros materiales como fuente de silicato de aluminio en la fabricación de cemento, o iv) se utiliza de otro modo y de manera demostrable para fines distintos de los áridos, no debe considerarse que se explote comercialmente como árido y, por tanto, debe excluirse de la recuperación.
(628) No debe haber obligación de recuperar la ayuda que se ha concedido en virtud del régimen que cumple todas las condiciones establecidas en un reglamento de minimis o en un reglamento de exención por categorías adoptado sobre la base de los artículos 1 y 2 del Reglamento (CE) n.o 994/98 del Consejo, pero que era aplicable el momento de la concesión de la ayuda.
(629) Como la acumulación queda excluida para los mismos costes subvencionables, cuando el importe total de las ayudas recibidas por un beneficiario sea de más de 200000 EUR, las autoridades del Reino Unido deben recuperarlas en su totalidad, ya que los reglamentos de minimis promulgados sobre la base del artículo 2 del Reglamento (CE) n.o 994/98 que estaban en vigor en el momento de la concesión de la ayuda no se pueden utilizar.
(630) A fin de definir los beneficiarios de la ayuda ilegal e incompatible y los respectivos importes de la ayuda, las autoridades del Reino Unido deben determinar en primer lugar todas las empresas que producían esquisto y productos compuestos principalmente de esquisto durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2002 y el presente (productores de esquisto). A continuación, las autoridades del Reino Unido, a partir de todas las fuentes de información disponibles, incluida la información pública y los registros tributarios confidenciales, deben establecer las cantidades del material de esquisto especificado en el considerando 621 de la presente Decisión explotadas comercialmente por estos productores de esquisto. De no ser posible establecer dichas cantidades sobre la base de la información disponible, las autoridades del Reino Unido deben pedir a los productores de esquisto que demuestren en qué medida el material de esquisto que producen es (y en qué medida no es) material del especificado en el considerando 621 de la presente Decisión.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
1. El régimen de ayudas que consiste en las exenciones del impuesto sobre los áridos establecidas en el artículo 17, apartado 4, letra a), y 17, apartado 3, letra f), inciso i), de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007, concedidas para: puestas en vigor por el Reino Unido en violación del artículo 108, apartado 3, del TFUE son incompatibles con el mercado interior.
a) material entera o principalmente compuesto de esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido, incluido el esquisto que se produce como subproducto de nuevas extracciones de otros materiales gravados con el impuesto;
b) áridos compuestos enteramente de desechos de cualquier proceso por el cual el esquisto que se extrae deliberadamente para su explotación comercial como árido se haya separado de otras rocas después de su extracción u obtención con las otras rocas;
2. Las exenciones fiscales, exclusiones fiscales y deducciones fiscales establecidas en las disposiciones siguientes de la Ley de Presupuestos de 2001, modificada por la Ley de Presupuestos de 2002 y la Ley de Presupuestos de 2007: no constituyen una ayuda estatal.
artículo 17, apartado 3, letra e), artículo 17, apartado 3, letra f), incisos i) y ii) (excepto los materiales que figuran en el artículo 1, apartado 1, de la presente Decisión),
artículo 17, apartado 4, letra a) (excepto los materiales que figuran en el artículo 1, apartado 1, de la presente Decisión), artículo 17, apartado 4, letra c), incisos i) y ii), el artículo 17, apartado 4, letra f) (en lo que se refiere a la arcilla),
apartado 18, apartado 2, letra b),
artículo 30, apartado 1, letra b) [si se refiere a un proceso exento a tenor del artículo 18, apartado 2, letra b)]
Artículo 2
El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte deberá suprimir el régimen de ayudas en lo que se refiere a los materiales a que se refiere el artículo 1, apartado 1.
Artículo 3
La ayuda individual concedida en el marco del régimen a que se refiere el artículo 1, apartado 1, no constituye ayuda si cumple las condiciones materiales establecidas por el reglamento adoptado en virtud del artículo 2 del Reglamento (CE) n.o 994/98 y aplicable en el momento de la concesión de la ayuda.
Artículo 4
La ayuda individual concedida en el marco del régimen a que se refiere el artículo 1, apartado 1, que cumpla las condiciones establecidas por un reglamento adoptado en virtud del artículo 1 del Reglamento (CE) n.o 994/98 y aplicable en el momento en que se concedió la ayuda, o por cualquier otro régimen de ayudas aprobado es compatible con el mercado interior.
Artículo 5
1. El Reino Unido procederá a recuperar de los beneficiarios la ayuda incompatible concedida en virtud del régimen mencionado en el artículo 1, apartado 1.
2. La ayuda pendiente de recuperación generará intereses desde la fecha en que se puso a disposición de los beneficiarios hasta la de su recuperación.
3. Los intereses se calcularán como interés compuesto de conformidad con el capítulo V del Reglamento (CE) n.o 794/2004 de la Comisión.
Artículo 6
1. La recuperación de la ayuda concedida en virtud del régimen mencionado en el artículo 1, apartado 1, será inmediata y efectiva.
2. El Reino Unido garantizará que la presente Decisión se aplique en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de su notificación.
Artículo 7
1. Dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la presente Decisión, el Reino Unido facilitará a la Comisión la información siguiente:
a) una lista de todas las entidades productoras del material a que se refiere el artículo 1, apartado 1, entre el 1 de abril de 2002 y la fecha de presentación de la lista;
b) de cada una de las entidades a que se refiere la letra a):
i) la cantidad total del material a que se refiere el artículo 1, apartado 1, explotado comercialmente desde el 1 de abril de 2002,
ii) el importe total (principal e intereses) que deba recuperarse de cada beneficiario;
c) una descripción detallada de las medidas ya adoptadas y previstas para el cumplimiento de la presente Decisión;
d) documentos que demuestren que se ha ordenado a los beneficiarios que reembolsen la ayuda.
2. El Reino Unido deberá utilizar todas las fuentes de información posibles para compilar la lista de productores de esquisto y la cantidad total de material a que se refiere el artículo 1, apartado 1, explotado comercialmente por ellos desde el 1 de abril de 2002, de fuentes públicas e información fiscal confidencial, como registros tributarios, de ventas y otros registros de las propias empresas, registros tributarios, incluidos registros de impuestos sobre los beneficios, el registro mercantil, los registros de la propiedad, datos estadísticos, licencias de obras, datos que obren en poder de las autoridades locales y los consejos de condado, incluidos, sin limitación, los datos de registro de Her Majesty's Revenue and Customs a los efectos del impuesto sobre los áridos antes y después del 1 de abril de 2014, los datos de las autoridades de planificación de minerales, de la encuesta Annual Minerals Raised Inquiry, de la base de datos BritPits y datos del British Geological Survey, del Anuario de minerales del Reino Unido y de la Cornish Building Stone and Slate Guide 2007.
3. Hasta la recuperación completa de las ayudas del régimen a las que se refiere el artículo 1, apartado 1, el Reino Unido mantendrá informada a la Comisión del estado en que se encuentren las medidas nacionales adoptadas para la aplicación de la presente Decisión. Presentará de inmediato a la Comisión, a petición de la Comisión, toda la información sobre las medidas ya adoptadas y previstas para el cumplimiento de la presente Decisión. También facilitará información detallada sobre los importes de la ayuda y los intereses recuperados de los beneficiarios.
Artículo 8
El destinatario de la presente Decisión es el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 2015. Por la Comisión Margrethe Vestager Miembro de la Comisión