Decisión de Ejecución (UE) 2020/1270 de la Comisión de 11 de septiembre de 2020 relativa a determinadas medidas provisionales de protección por lo que respecta a la peste porcina africana en Alemania [notificada con el número C(2020) 6326] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2020/1270@2020-09-11/es
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior, y en particular su artículo 9, apartado 3,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios dentro de la Unión de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior, y en particular su artículo 10, apartado 3,
Considerando lo siguiente:
(1) La peste porcina africana es una enfermedad vírica infecciosa que afecta a poblaciones de cerdos domésticos y salvajes, y puede incidir gravemente en la rentabilidad de la ganadería porcina, perturbando el comercio en el interior de la Unión y las exportaciones a terceros países.
(2) En caso de brote de peste porcina africana en cerdos salvajes, existe el riesgo de que el agente patógeno se propague a otras poblaciones de cerdos salvajes y a explotaciones porcinas.
(3) La Directiva 2002/60/CE del Consejo fija las medidas mínimas que deben aplicarse en la Unión para combatir la peste porcina africana. En particular, su artículo 15 prevé la adopción de determinadas medidas a raíz de la confirmación de uno o varios casos de peste porcina africana en cerdos salvajes.
(4) A raíz de la aparición de un caso de peste porcina africana en el Estado de Brandemburgo de dicho Estado miembro federal, Alemania ha informado a la Comisión de la situación actual con respecto a dicha enfermedad en su territorio y, de conformidad con el artículo 15 de la Directiva 2002/60/CE, ha adoptado una serie de medidas, incluido el establecimiento de una zona infectada en la que se aplican las medidas mencionadas en dicho artículo para evitar la propagación de dicha enfermedad.
(5) A fin de prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio en el seno de la Unión y evitar obstáculos injustificados al comercio por parte de terceros países, es necesario determinar, a nivel de la Unión y en colaboración con Alemania, la zona de dicho Estado miembro infectada de peste porcina africana.
(6) Dada la urgencia de la situación epidemiológica en la Unión por lo que respecta a la propagación de la peste porcina africana, es importante que la presente Decisión se adopte lo antes posible.
(7) Por tanto, a la espera de la próxima reunión del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, es preciso indicar en el anexo de la presente Decisión la zona de Alemania que está infectada y fijar la duración de la regionalización.
(8) La presente Decisión debe reexaminarse en la próxima reunión del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Alemania garantizará que la zona infectada que ha establecido, en la que se aplican las medidas previstas en el artículo 15 de la Directiva 2002/60/CE, comprende como mínimo las zonas enumeradas en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión será aplicable hasta el 30 de noviembre de 2020.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es la República Federal de Alemania.
Hecho en Bruselas, el 11 de septiembre de 2020. Por la Comisión Stella Kyriakides Miembro de la Comisión
ANNEX
ANEXO
Zonas establecidas como zona infectada en Alemania con arreglo al artículo 1 Fecha límite de aplicación Landkreis Oder-Spree 30 de noviembre de 2020 Landkreis Dahme-Spreewald 30 de noviembre de 2020 Landkreis Spree-Neiße 30 de noviembre de 2020
Gemeinde Grunow-Dammendorf
Gemeinde Mixdorf
Gemeinde Siehdichum
Gemeinde Schlaubetal
Gemeinde Neuzelle
Gemeinde Neißemünde
Gemeinde Lawitz
Gemeinde Eisenhüttenstadt
Gemeinde Vogelsang
Gemeinde Zeltendof
Gemeinde Wiesenau
Gemeinde Friedland mit den Gemarkungen Günthersdorf, Lindow, Weichensdorf, Groß Muckrow, Klein Muckrow, Chossewitz, Groß Briesen, Reudnitz, Oelsen
Gemeinde Jamlitz
Gemeinde Lieberose – mit den Gemarkungen Goschen, Blasdorf, Lieberose, Trebitz
Gemeinde Turow-Preilack mit der Gemarkung Preilack
Gemeinde Tauer
Gemeinde Schenkendöbern
Gemeinde Guben
Gemeinde Jänschwalde mit den Gemarkungen Jänschwalde, Drewitz
Gemeinde Peitz