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Decisión (UE) 2021/1732 del Consejo de 23 de septiembre de 2021 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE con respecto a la modificación del Protocolo 31 sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, anejo al Acuerdo EEE (Programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad) (Texto pertinente a efectos del EEE)

En vigorVersión 2021-09-23
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2021/1732@2021-09-23/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 165, apartado 4, su artículo 166, apartado 4, y su artículo 214, apartado 5, en relación con su artículo 218, apartado 9,

Visto el Reglamento (CE) n.o 2894/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y en particular su artículo 1, apartado 3,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE) entró en vigor el 1 de enero de 1994.

(2) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 98 del Acuerdo EEE, el Comité Mixto del EEE puede decidir modificar, entre otros, el Protocolo 31 sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (en lo sucesivo, Protocolo 31), anejo al Acuerdo EEE.

(3) El Reglamento (UE) 2021/888 del Parlamento Europeo y del Consejo debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(4) Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

(5) La posición de la Unión en el Comité Mixto del EEE debe basarse, por lo tanto, en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Mixto del EEE con respecto a la propuesta de modificación del Protocolo 31 sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, anejo al Acuerdo EEE, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2021. Por el Consejo El Presidente G. Dovžan

Versiones

  1. 2021-09-23