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Decisión (PESC) 2021/1966 del Consejo de 11 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental

En vigorVersión 2021-11-11desde el 2021-11-13
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2021/1966@2021-11-11/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
  2. Artículo 1
  3. 1)
    1. Artículo 8
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  4. ANNEX
  5. ANEXO

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 11 de noviembre de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental.

(2) El Consejo ha revisado las medidas restrictivas establecidas en la Decisión (PESC) 2019/1894. Con arreglo a los resultados de esta revisión, es necesario prorrogar las citadas medidas hasta el 12 de noviembre de 2022 y actualizar las menciones de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo de dicha Decisión.

(3) Procede modificar la Decisión (PESC) 2019/1894 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión (PESC) 2019/1894 se modifica como sigue:

1) El artículo 8 se sustituye por el texto siguiente:

Artículo 1

1)

Artículo 8

La presente Decisión será aplicable hasta el 12 de noviembre de 2022 y estará sujeta a revisión continua. Se prorrogará o modificará, según proceda, si el Consejo estima que no se han cumplido sus objetivos..

Artículo 1

2) El anexo se modifica de acuerdo con lo establecido en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 11 de noviembre de 2021. Por el Consejo El Presidente Z. Počivalšek

ANNEX

ANEXO

En el anexo de la Decisión (PESC) 2019/1894, las menciones 1 y 2 se sustituyen por las siguientes: Nombre Información identificativa Motivos Fecha de inclusión 1. Mehmet Ferruh AKALIN Fecha de nacimiento: 9.12.1960 N.o de pasaporte o documento de identidad: 13571379758 Nacionalidad: turca Sexo: masculino Mehmet Ferruh Akalın es vicepresidente (director general adjunto) y miembro del Consejo de Administración de la Turkish Petroleum Corporation (TPAO). Dirige el Departamento de Prospección de la TPAO. Como vicepresidente y jefe del Departamento de Prospección de la TPAO, Mehmet Ferruh Akalın es el responsable de la planificación, dirección y ejecución de las actividades de prospección marina de hidrocarburos que realiza la TPAO. Entre tales actividades figuran las actividades de perforación de la TPAO, que no han sido autorizadas por la República de Chipre, indicadas a continuación. Estas actividades de perforación no autorizadas fueron realizadas por: 27.2.2020 2. Ali Coscun NAMOGLU Fecha de nacimiento: 27.11.1956 N.o de pasaporte o documento de identidad: 11096919534 Nacionalidad: turca Sexo: masculino Ali Coscun Namoglu es director adjunto del Departamento de Prospección de la Turkish Petroleum Corporation (TPAO). Como tal, Ali Coscun Namoglu participa en la planificación, dirección y ejecución de las actividades de prospección marina de hidrocarburos que realiza la TPAO. Entre tales actividades figuran las actividades de perforación de la TPAO, que no han sido autorizadas por la República de Chipre, indicadas a continuación. Estas actividades de perforación no autorizadas fueron realizadas por: 27.2.2020

a)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en el mar territorial de la República de Chipre, entre julio y septiembre de 2019;

b)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre octubre de 2019 y enero de 2020;

c)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, así como en un acuerdo con Israel, entre enero y abril de 2020;

d)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre abril y octubre de 2020;

e)

el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, muy cerca de su mar territorial, entre noviembre de 2019 y enero de 2020;

f)

el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte de la sección occidental de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, entre mayo y noviembre de 2019.

a)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en el mar territorial de la República de Chipre, entre julio y septiembre de 2019;

b)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre octubre de 2019 y enero de 2020;

c)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, así como en un acuerdo con Israel, entre enero y abril de 2020;

d)

el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre abril y octubre de 2020;

e)

el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, muy cerca de su mar territorial, entre noviembre de 2019 y enero de 2020;

f)

el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte de la sección occidental de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, entre mayo y noviembre de 2019.

Versiones

  1. 2021-11-11