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Reglamento de Ejecución (UE) 2023/890 del Consejo de 28 de abril de 2023 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

En vigorVersión 2023-04-28desde el 2023-05-03
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Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/2023/890@2023-04-28/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
  2. ANNEX
  3. ANEXO

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011, y en particular su artículo 32,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(2) A raíz de la sentencia del Tribunal General en el asunto T-426/21, debe suprimirse una entrada de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(3) Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 28 de abril de 2023. Por el Consejo La Presidenta J. Roswall

ANNEX

ANEXO

Se suprime la siguiente entrada de la lista establecida en el anexo II, sección A (Personas), del Reglamento (UE) n.o 36/2012:

36. Nizar AL-ASSAD.

Versiones

  1. 2023-04-28