Gelex

Posición Común 2005/689/PESC del Consejo de 6 de octubre de 2005 por la que se prorroga la Posición Común 2004/694/PESC sobre otras medidas en apoyo de la aplicación efectiva del mandato del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY)

En vigorVersión 2005-10-06desde el 2005-10-11
Calificación B

trasladado del marcado del editor. Una calificación indica cómo se obtuvo la estructura de un documento, no lo fiable que es la ley.

Preguntar a Gelex sobre esta norma

Dirección https://gelex.eu/eli/EU/act/oj/L/2005/689@2005-10-06/es

Índice
  1. Preámbulo
    1. Artículo 1
    2. Artículo 2
    3. Artículo 3
    4. Artículo 4
  2. ANNEX

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El 11 de octubre de 2004 el Consejo adoptó la Posición Común 2004/694/PESC con objeto de congelar todos los fondos y recursos económicos pertenecientes a Radovan KARADZIC, Ratko MLADIC y Ante GOTOVINA. Mediante la Decisión 2004/767/PESC del Consejo, estas medidas se ampliaron a todas las personas públicamente acusadas por el TPIY de crímenes de guerra que no se encuentran detenidas a disposición del Tribunal.

(2) La Posición Común 2004/694/PESC es de aplicación hasta el 11 de octubre de 2005.

(3) El Consejo considera necesario prorrogar la Posición Común 2004/694/PESC durante otros doce meses. La lista que figura en el anexo de dicha Posición Común debe ser actualizada.

(4) Después del traslado de Sredoje LUKIC a las unidades de detención del TPIY, su nombre debe ser suprimido de la lista que figura en el anexo de dicha Posición Común.

(5) Es necesaria una acción de la Comunidad para aplicar estas medidas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Posición Común 2004/694/PESC queda prorrogada por otro período de doce meses.

Artículo 2

La lista establecida en el anexo de la Posición Común 2004/694/PESC se sustituye por la lista que figura en el anexo de la presente Posición Común.

Artículo 3

La presente Posición Común surtirá efecto el 11 de octubre de 2005. Será objeto de revisión constante. Se prorrogará o, en su caso, se modificará cuando el Consejo considere que no se han cumplido sus objetivos.

Artículo 4

La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 6 de octubre de 2005. Por el Consejo El Presidente A. Darling

ANNEX

Nombre: DJORDJEVIC Vlastimir Fecha de nacimiento: 1948 Lugar de nacimiento: Vladicin Han, Serbia y Montenegro Nacionalidad: Serbia y Montenegro

Nombre: GOTOVINA Ante Fecha de nacimiento: 12.10.1955 Lugar de nacimiento: Isla de Pasman, Municipio de Zadar, República de Croacia Nacionalidad: croata-francesa

Nombre: HADZIC Goran Fecha de nacimiento: 7.9.1958 Lugar de nacimiento: Vinkovci, República de Croacia Nacionalidad: Serbia y Montenegro

Nombre: KARADZIC Radovan Fecha de nacimiento: 19.6.1945 Lugar de nacimiento: Petnjica, Savnik, Montenegro, Serbia y Montenegro Nacionalidad: Bosnia y Herzegovina

Nombre: LUKIC Milan Fecha de nacimiento: 6.9.1967 Lugar de nacimiento: Visegrad, Bosnia y Herzegovina Nacionalidad: Bosnia y Herzegovina Posiblemente Serbia y Montenegro

Nombre: MLADIC Ratko Fecha de nacimiento: 12.3.1942 Lugar de nacimiento: Bozanovici, Municipio de Kalinovik, Bosnia y Herzegovina Nacionalidad: Bosnia y Herzegovina Posiblemente Serbia y Montenegro

Nombre: TOLIMIR Zdravko Fecha de nacimiento: 27.11.1948 Lugar de nacimiento: Nacionalidad: Bosnia y Herzegovina

Nombre: ZELENOVIC Dragan Fecha de nacimiento: 12.2.1961 Lugar de nacimiento: Foca, Bosnia y Herzegovina Nacionalidad: Bosnia y Herzegovina

Nombre: ZUPLJANIN Stojan Fecha de nacimiento: 22.9.1951 Lugar de nacimiento: Kotor Varos, Bosnia y Herzegovina Nacionalidad: Bosnia y Herzegovina.

Versiones

  1. 2005-10-06